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	Comentarios en: Gestionan devolución a los notarios de rendimientos del Fondo de Garantía Notarial	</title>
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	<description>EL BLOG JURÍDICO DE COSTA RICA</description>
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		<title>
		Por: Lic. Silvia Pacheco. Editora General		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/fondo-de-garantia-notarial-devolucion-rendimientos/#comment-66376</link>

		<dc:creator><![CDATA[Lic. Silvia Pacheco. Editora General]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 22 Apr 2020 20:08:21 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://puntojuridico.com/fondo-de-garantia-notarial-devolucion-rendimientos/#comment-66375&quot;&gt;ALAN GARRO&lt;/a&gt;.

Sí por favor don Allan.  Le agradecemos facilitarnos esa información que tiene sobre esta posibilidad de solicitar el pago por adelantado del 50% del Fondo del Colegio e Abogados.  Mi correo electrónico es spacheco@masterlex.com]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://puntojuridico.com/fondo-de-garantia-notarial-devolucion-rendimientos/#comment-66375">ALAN GARRO</a>.</p>
<p>Sí por favor don Allan.  Le agradecemos facilitarnos esa información que tiene sobre esta posibilidad de solicitar el pago por adelantado del 50% del Fondo del Colegio e Abogados.  Mi correo electrónico es <a href="mailto:spacheco@masterlex.com">spacheco@masterlex.com</a></p>
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		<title>
		Por: ALAN GARRO		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/fondo-de-garantia-notarial-devolucion-rendimientos/#comment-66375</link>

		<dc:creator><![CDATA[ALAN GARRO]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 22 Apr 2020 17:43:52 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Buenos días. Mi comentario va dirigido a doña Silvia: es posible que puedan revisar y confirmar esta información: El Colegio de Abogados dispuso un procedimiento de PAGO ADELANTADO DE FONDO DE RETIRO BÁSICO a colegiados MENORES de 60 años (creo que los que tengan al menos 10 años de colegiatura) permitiendo el retiro del 50% del acumulado registrado, esto entre el 13 de abril y el 12 de junio de 2020. No obstante, se dispone que sólo podrán solicitarlo aquellos que demuestren ESTADO DE CALAMIDAD ECONÓMICA, en cuyo caso dicha &quot;ayuda&quot; se volvería ilusoria. Primero el concepto genérico, ¿cómo se interpreta? ¿Que debe llegar el colega descalzo? Y qué sucede con un agremiado que solicita ese fondo para pagar el alquiler de su oficina o intentar no despedir a su secretaria? Califica como &quot;fuera de situación calamitosa&quot; y por ende será rechazado? Con gusto le remito el documento que tengo acerca del PROCEDIMIENTO para retiro anticipado indicado. Saludos,]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Buenos días. Mi comentario va dirigido a doña Silvia: es posible que puedan revisar y confirmar esta información: El Colegio de Abogados dispuso un procedimiento de PAGO ADELANTADO DE FONDO DE RETIRO BÁSICO a colegiados MENORES de 60 años (creo que los que tengan al menos 10 años de colegiatura) permitiendo el retiro del 50% del acumulado registrado, esto entre el 13 de abril y el 12 de junio de 2020. No obstante, se dispone que sólo podrán solicitarlo aquellos que demuestren ESTADO DE CALAMIDAD ECONÓMICA, en cuyo caso dicha &#8220;ayuda&#8221; se volvería ilusoria. Primero el concepto genérico, ¿cómo se interpreta? ¿Que debe llegar el colega descalzo? Y qué sucede con un agremiado que solicita ese fondo para pagar el alquiler de su oficina o intentar no despedir a su secretaria? Califica como &#8220;fuera de situación calamitosa&#8221; y por ende será rechazado? Con gusto le remito el documento que tengo acerca del PROCEDIMIENTO para retiro anticipado indicado. Saludos,</p>
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		<title>
		Por: Carlos Mauricio		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/fondo-de-garantia-notarial-devolucion-rendimientos/#comment-66361</link>

		<dc:creator><![CDATA[Carlos Mauricio]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 22 Apr 2020 05:21:22 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Sálvese quien pueda !

He seguido con interés este asunto desde que por primera vez apareció en este blog. ( 25 de marzo )     
  Tengo para mí que no va a pasar absolutamente nada y me sorprendería mucho si la DNN siquiera conoce y responde la iniciativa de las distinguidas colegas.   Esperar algo del Colegio de Abogados ?, pues tampoco, pues fué mucho el débil apoyo que hizo en favor de la solicitud .( recuérdese que un representante está en el Consejo Superior Notarial )   . Hace un año también el Colegio &quot; inició&quot; gestiones para modificar la aplicación de la ley a los profesionales independientes y los cobros excesivos por parte de la CCSS y ya vemos....nada. 
  
    Igual el reciente &quot;proyecto&quot;  del diputado Masís.....nada. ( presentado como gran cosa en la Secretarìa de la Asamblea,....en extraordinarias !!!! ) 
   Así que estimados colegas, tengan la seguridad de que no pasará NADA, no creo que devuelvan el 50 %, ni rendimientos  ni intereses, ni nada.  Y ahora con este virus, sálvese quien pueda, que nuestros problemas, urgentes y desesperados como son, y peores serán, no cuentan para nadie, ni para el Colegio y menos para la DNN.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Sálvese quien pueda !</p>
<p>He seguido con interés este asunto desde que por primera vez apareció en este blog. ( 25 de marzo )<br />
  Tengo para mí que no va a pasar absolutamente nada y me sorprendería mucho si la DNN siquiera conoce y responde la iniciativa de las distinguidas colegas.   Esperar algo del Colegio de Abogados ?, pues tampoco, pues fué mucho el débil apoyo que hizo en favor de la solicitud .( recuérdese que un representante está en el Consejo Superior Notarial )   . Hace un año también el Colegio &#8221; inició&#8221; gestiones para modificar la aplicación de la ley a los profesionales independientes y los cobros excesivos por parte de la CCSS y ya vemos&#8230;.nada. </p>
<p>    Igual el reciente &#8220;proyecto&#8221;  del diputado Masís&#8230;..nada. ( presentado como gran cosa en la Secretarìa de la Asamblea,&#8230;.en extraordinarias !!!! )<br />
   Así que estimados colegas, tengan la seguridad de que no pasará NADA, no creo que devuelvan el 50 %, ni rendimientos  ni intereses, ni nada.  Y ahora con este virus, sálvese quien pueda, que nuestros problemas, urgentes y desesperados como son, y peores serán, no cuentan para nadie, ni para el Colegio y menos para la DNN.</p>
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		<title>
		Por: Danilo Araya		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/fondo-de-garantia-notarial-devolucion-rendimientos/#comment-66355</link>

		<dc:creator><![CDATA[Danilo Araya]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 21 Apr 2020 22:18:54 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Buenas tardes para todas y todos los Colegas tambien quiero aprovechar todo esto de los Dineros que nos tienen pendiente de devolver segun parece los Rendimientos antes mencionados.  Solo quiero saber si alguno sabe algo en concreto de nuestra FUTURA Pension por parte del Colegio de ABOGADOS ,  yo insto a todas y todos que nos unamos y nos empapemos en este Tema , yo aun no me pensiono tengo 52 años y mas de 20 de ejercer , pero me parece completamente RIDICULO por no decir otra cosa lo que estaba proponiendo un reglamento que decia que nos darian una Pension por un monto unico a un AÑO o sea doce cuotas de algo asi como 100 mil colones .  Da verguenza que nos vean la cara por eso UNAMONOS POR un reglamento que sea acorde y no que nos den una Limosna  son miles de millones lo que aportamos con los timbres y con  nuestro trabajo  Colegas avispemonosssss. Perdonen mi expresion . Les invito a que conformemos un Equipo o una asociacion de ABOGADOS Y NOTARIOS INDEPENDIENTES , donde talvez asi una gran mayoria unida talvez tengamos voz, por que eso es lo que somos TRABAJADORES  INDEPENDIENTES  recolectores de tributos sin paga . Mi correo es arayadanilo@yahoo.es.  Saludos y bendiciones .]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Buenas tardes para todas y todos los Colegas tambien quiero aprovechar todo esto de los Dineros que nos tienen pendiente de devolver segun parece los Rendimientos antes mencionados.  Solo quiero saber si alguno sabe algo en concreto de nuestra FUTURA Pension por parte del Colegio de ABOGADOS ,  yo insto a todas y todos que nos unamos y nos empapemos en este Tema , yo aun no me pensiono tengo 52 años y mas de 20 de ejercer , pero me parece completamente RIDICULO por no decir otra cosa lo que estaba proponiendo un reglamento que decia que nos darian una Pension por un monto unico a un AÑO o sea doce cuotas de algo asi como 100 mil colones .  Da verguenza que nos vean la cara por eso UNAMONOS POR un reglamento que sea acorde y no que nos den una Limosna  son miles de millones lo que aportamos con los timbres y con  nuestro trabajo  Colegas avispemonosssss. Perdonen mi expresion . Les invito a que conformemos un Equipo o una asociacion de ABOGADOS Y NOTARIOS INDEPENDIENTES , donde talvez asi una gran mayoria unida talvez tengamos voz, por que eso es lo que somos TRABAJADORES  INDEPENDIENTES  recolectores de tributos sin paga . Mi correo es <a href="mailto:arayadanilo@yahoo.es">arayadanilo@yahoo.es</a>.  Saludos y bendiciones .</p>
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		<title>
		Por: Danilo Araya		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/fondo-de-garantia-notarial-devolucion-rendimientos/#comment-66354</link>

		<dc:creator><![CDATA[Danilo Araya]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 21 Apr 2020 21:57:26 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Buenas tardes de mi parte Felicito Grandemente  a las Colegas Sara Montero y Celina Gonzalez quienes de manera Magistral explican los detalles y nos ponen a todos  los demas Notarios al tanto de tan importantisima solicitud . Me adhiero completamente a su peticion de solicitud de devolucion de los Rendimientos . Me queda un para de preguntas que les pido que me ayuden a entender . Primera es que desde que fecha se hizo la solicitud ya que no logre ver fecha en el documento y asi poder saber cuando esperar respuesta con base en los Diez dias. Segunda pregunta o inquietud es que no se si entendi mal o si esR  Real que el Consejo Superior tomo por unanimidad el Acuerdo DE devolver cada Cinco años estos Rendimientos , me parece que asi lo entendi deacuerdo a la informacion dentro del mismo docunmento. Tambien vi que hablaba de una reforma en el 2013 y que seria apartir de esa fecha y su publicacion que cada Cinco años devolverian los Rendimientos a nosotrso los Noarios. Asi que me pregunto y que de los rendimientos anteriores al 2013, en mi caso yo tengo mas de 20 años de ser notario. Les agradezco mucho su SOLICITUD y la antencion y ayuda a poder entender los que mencione. Saludos y bendiciones.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Buenas tardes de mi parte Felicito Grandemente  a las Colegas Sara Montero y Celina Gonzalez quienes de manera Magistral explican los detalles y nos ponen a todos  los demas Notarios al tanto de tan importantisima solicitud . Me adhiero completamente a su peticion de solicitud de devolucion de los Rendimientos . Me queda un para de preguntas que les pido que me ayuden a entender . Primera es que desde que fecha se hizo la solicitud ya que no logre ver fecha en el documento y asi poder saber cuando esperar respuesta con base en los Diez dias. Segunda pregunta o inquietud es que no se si entendi mal o si esR  Real que el Consejo Superior tomo por unanimidad el Acuerdo DE devolver cada Cinco años estos Rendimientos , me parece que asi lo entendi deacuerdo a la informacion dentro del mismo docunmento. Tambien vi que hablaba de una reforma en el 2013 y que seria apartir de esa fecha y su publicacion que cada Cinco años devolverian los Rendimientos a nosotrso los Noarios. Asi que me pregunto y que de los rendimientos anteriores al 2013, en mi caso yo tengo mas de 20 años de ser notario. Les agradezco mucho su SOLICITUD y la antencion y ayuda a poder entender los que mencione. Saludos y bendiciones.</p>
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		<title>
		Por: Carlos Mauricio		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/fondo-de-garantia-notarial-devolucion-rendimientos/#comment-66337</link>

		<dc:creator><![CDATA[Carlos Mauricio]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 20 Apr 2020 21:29:41 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://puntojuridico.com/fondo-de-garantia-notarial-devolucion-rendimientos/#comment-65669&quot;&gt;JUDITH ROCIO VALLE TELLEZ&lt;/a&gt;.

Acaso se ha dignado ya el Consejo Superior Notarial a dar respuesta a las colegas Lics. Montero y González, y por medio de ellas al gremio de notarios de Costa Rica ?]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://puntojuridico.com/fondo-de-garantia-notarial-devolucion-rendimientos/#comment-65669">JUDITH ROCIO VALLE TELLEZ</a>.</p>
<p>Acaso se ha dignado ya el Consejo Superior Notarial a dar respuesta a las colegas Lics. Montero y González, y por medio de ellas al gremio de notarios de Costa Rica ?</p>
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			</item>
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		<title>
		Por: Natalia Rojas		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/fondo-de-garantia-notarial-devolucion-rendimientos/#comment-66335</link>

		<dc:creator><![CDATA[Natalia Rojas]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 20 Apr 2020 21:11:59 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Hola estimados, alguien sabe alguna actualización respecto a esta solicitud?. Saludos]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Hola estimados, alguien sabe alguna actualización respecto a esta solicitud?. Saludos</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Humberto		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/fondo-de-garantia-notarial-devolucion-rendimientos/#comment-66218</link>

		<dc:creator><![CDATA[Humberto]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 14 Apr 2020 04:08:10 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Me llama la atención el comentario del colega Guillermo.

No creo que ni la economía y por ende el notariado vayan a volver a una situación &quot; pre virus &quot;, en el futuro cercano,  de manera que la inhabilitaciòn voluntaria no deja de ser una opción interesante. 

Lo de esperar cinco años o restituir lo retirado,  al final puede resultar la mejor opción con los vientos que corren que no creo amainen en ese perìodo cinco años.

Resulta por demás curiosa la disposición de retribuir lo retirado siendo que se estarìa  &quot;empezando de nuevo &quot;, pero bueno, eso sería tema para discutir después.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Me llama la atención el comentario del colega Guillermo.</p>
<p>No creo que ni la economía y por ende el notariado vayan a volver a una situación &#8221; pre virus &#8220;, en el futuro cercano,  de manera que la inhabilitaciòn voluntaria no deja de ser una opción interesante. </p>
<p>Lo de esperar cinco años o restituir lo retirado,  al final puede resultar la mejor opción con los vientos que corren que no creo amainen en ese perìodo cinco años.</p>
<p>Resulta por demás curiosa la disposición de retribuir lo retirado siendo que se estarìa  &#8220;empezando de nuevo &#8220;, pero bueno, eso sería tema para discutir después.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Lic. Silvia Pacheco. Editora General		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/fondo-de-garantia-notarial-devolucion-rendimientos/#comment-66216</link>

		<dc:creator><![CDATA[Lic. Silvia Pacheco. Editora General]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 14 Apr 2020 02:33:32 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://puntojuridico.com/fondo-de-garantia-notarial-devolucion-rendimientos/#comment-66211&quot;&gt;Mauricio&lt;/a&gt;.

A la fecha no se ha producido una respuesta.   Las colegas quedaron en avisarnos tan pronto recibieran la contestación por parte de la DNN.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://puntojuridico.com/fondo-de-garantia-notarial-devolucion-rendimientos/#comment-66211">Mauricio</a>.</p>
<p>A la fecha no se ha producido una respuesta.   Las colegas quedaron en avisarnos tan pronto recibieran la contestación por parte de la DNN.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Lic. Silvia Pacheco. Editora General		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/fondo-de-garantia-notarial-devolucion-rendimientos/#comment-66215</link>

		<dc:creator><![CDATA[Lic. Silvia Pacheco. Editora General]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 14 Apr 2020 02:31:53 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">https://www.puntojuridico.com/?p=12311#comment-66215</guid>

					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://puntojuridico.com/fondo-de-garantia-notarial-devolucion-rendimientos/#comment-66214&quot;&gt;Guillermo H&lt;/a&gt;.

En el art. 116 de los Lineamientos para el Ejercicio y Control del Servicio Notarial encontramos la siguiente disposición sobre la posibilidad de los notarios de requerir la rehabilitación después de haber cesado voluntariamente en el ejercicio del notariado:

&lt;strong&gt;Artículo 116. Reintegro de cotizaciones y rehabilitación.&lt;/strong&gt; 
El notario que sea inhabilitado voluntaria o forzosamente, o suspendido en el ejercicio del notariado y retire los aportes efectuados al Fondo de Garantía Notarial, si quisiera ser habilitado nuevamente, sin que hayan transcurrido cinco años desde su inhabilitación, deberá reintegrar el monto que le fue devuelto (aportes más rendimientos) y si existieren, los saldos en descubierto.

En la página web de la Dirección Nacional de Notariado se encuentran los siguientes dos formularios para solicitar el cese voluntario y devolución de las cuotas acumuladas en el Fondo de Garantía Notarial.  Importante tomar en cuenta que si el Notario quisiera rehabilitarse antes de cumplir cinco años de haber cesado en el ejercicio notarial, tendría que reintegrar al Fondo, el total que le fue entregado más los rendimientos:

&lt;a href=&quot;https://www.dnn.go.cr/sites/default/files/2020-01/CESE%20VOLUNTARIO%20CON%20DEVOLUCION%20DE%20CUOTAS.pdf&quot; target=&quot;_blank&quot; rel=&quot;noopener noreferrer nofollow&quot;&gt;https://www.dnn.go.cr/sites/default/files/2020-01/CESE%20VOLUNTARIO%20CON%20DEVOLUCION%20DE%20CUOTAS.pdf&lt;/a&gt;

&lt;a href=&quot;https://www.dnn.go.cr/sites/default/files/2018-11/MO1%29%20Modelo%20declaracion%20jurada%20devolucion%20fondo%20garantia%20notarial_0.pdf&quot; target=&quot;_blank&quot; rel=&quot;noopener noreferrer nofollow&quot;&gt;https://www.dnn.go.cr/sites/default/files/2018-11/MO1%29%20Modelo%20declaracion%20jurada%20devolucion%20fondo%20garantia%20notarial_0.pdf&lt;/a&gt;]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://puntojuridico.com/fondo-de-garantia-notarial-devolucion-rendimientos/#comment-66214">Guillermo H</a>.</p>
<p>En el art. 116 de los Lineamientos para el Ejercicio y Control del Servicio Notarial encontramos la siguiente disposición sobre la posibilidad de los notarios de requerir la rehabilitación después de haber cesado voluntariamente en el ejercicio del notariado:</p>
<p><strong>Artículo 116. Reintegro de cotizaciones y rehabilitación.</strong><br />
El notario que sea inhabilitado voluntaria o forzosamente, o suspendido en el ejercicio del notariado y retire los aportes efectuados al Fondo de Garantía Notarial, si quisiera ser habilitado nuevamente, sin que hayan transcurrido cinco años desde su inhabilitación, deberá reintegrar el monto que le fue devuelto (aportes más rendimientos) y si existieren, los saldos en descubierto.</p>
<p>En la página web de la Dirección Nacional de Notariado se encuentran los siguientes dos formularios para solicitar el cese voluntario y devolución de las cuotas acumuladas en el Fondo de Garantía Notarial.  Importante tomar en cuenta que si el Notario quisiera rehabilitarse antes de cumplir cinco años de haber cesado en el ejercicio notarial, tendría que reintegrar al Fondo, el total que le fue entregado más los rendimientos:</p>
<p><a href="https://www.dnn.go.cr/sites/default/files/2020-01/CESE%20VOLUNTARIO%20CON%20DEVOLUCION%20DE%20CUOTAS.pdf" target="_blank" rel="noopener noreferrer nofollow">https://www.dnn.go.cr/sites/default/files/2020-01/CESE%20VOLUNTARIO%20CON%20DEVOLUCION%20DE%20CUOTAS.pdf</a></p>
<p><a href="https://www.dnn.go.cr/sites/default/files/2018-11/MO1%29%20Modelo%20declaracion%20jurada%20devolucion%20fondo%20garantia%20notarial_0.pdf" target="_blank" rel="noopener noreferrer nofollow">https://www.dnn.go.cr/sites/default/files/2018-11/MO1%29%20Modelo%20declaracion%20jurada%20devolucion%20fondo%20garantia%20notarial_0.pdf</a></p>
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