Vigente reforma al art. 27 de la Ley Reguladora de la Propiedad en Condominio

La Ley 10229 publicada ayer en La Gaceta reformó el artículo 27 de la Ley 7933,  Ley Reguladora de la Propiedad en Condominio que a partir de ahora deberá leerse así: Artículo 27- La Asamblea actuará con base en los siguientes acuerdos: a) Solo por el acuerdo unánime de todos los propietarios se podrá: Modificar […]

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Abogada y notaria. Especialista en administración de bases de datos de información jurídica, investigaciones jurisprudenciales y editora de contenidos legales. Consultora en proyectos de informática jurídica en la región centroamericana. Colaboradora del sitio www.leylaboral.com Encargada de la administración y actualización de Master Lex Cálculos Legales: timbres, honorarios profesionales, patentes, prestaciones laborales y otros. Moderadora del blog www.puntojuridico.com

2 de 2 Comentarios

  1. AlonsoAguero • 26 agosto, 2022

    Tengo una duda con respecto a la aplicación de esta modificación. Si donde vivo en el acta constitutiva se indica que esas decisiones son por unanimidad. Aplica el set cambio o se debe realizar para na asamblea para cambiarlo

    • Silvia Pacheco • 31 agosto, 2022

      Muy interesante su consulta. Conversando con varios colegas surgieron dos posiciones: los que consideran que a pesar de que la norma de reforma no ordenó la “reforma tácita” de los reglamentos de todos los Condominios ya constituidos de manera que se entiendan aplicables los nuevos porcentajes para la toma de decisiones, debe privar el principio de la norma más favorable, aplicándose la reforma. Otros consideran que los reglamentos de los Condominios vienen siendo “acuerdos” entre las partes por lo que sí tendría que producirse la reforma previa de ellos antes de que puedan aplicarse las nuevas disposiciones.

      Nos inclinamos más por la primera postura de considerar que existiendo una Ley de la República que ordenó reducir la exigencia de unanimidad en la toma de ciertos acuerdos entre los condóminos, no sería posible en este momento que algunos condominios sigan requiriendo ese requisito. Sin embargo, intentaremos obtener el criterio más fundamentado de un especialista en la materia.