Vence plazo para inscripción de sociedades inactivas en el RUT
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EL BLOG JURÍDICO DE COSTA RICA
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Estimado don Will, somos una empresa de información para notarios y abogados, no ejercemos el notariado. Debe acudir a un notario que le ayude con estas gestiones de disolución de sociedad. Idealmente que lograron hacerlo en lo que resta de este mes de diciembre, para que en enero ya no tenga que pagar el impuesto a las personas jurídicas.
Buenas tardes Sra. Silvia,
Espero se encuentre muy bien y muchas gracias por la oportunidad de hacer una pregunta.
Soy contadora de una empresa inactiva, la cual pagaba el impuesto Solidario. Hice una consulta de Situacion Tributaria y aparece inscrita de oficio y con domicilio fiscal registrado.
Hay algun otro tramite que deba realizar sobre esta empresa en cuanto a su debida inscripcion?
Muchas gracias y saludos cordiales.
Marielos Sanchez
Estimada doña Marielos, existe un poco de confusión sobre cuándo las empresas han cumplido o no con su debida inscripción en el RUT. Al entrar en vigencia el impuesto a las personas jurídicas en el 2017, siendo asumida au administración por parte del Ministerio de Hacienda, (y no por el Registro Nacional como había sucedido con el anterior impuesto que rigió del 2012 al 2015), fue necesario “registrar de oficio” a todas las sociedades inactivas para incorporarlas en la base de datos de Hacienda en calidad de contribuyentes de dicho impuesto. En aquel momento surgió por primera vez el llamado para que todas esas personas jurídicas completaran la información de sus representantes legales, emails, aportando incluso el dato de algún medidor de electricidad que pudiera servir para identificar su domicilio, etc. Se hicieron grandes filas en Tributación. Muchos cumplieron pero muchos, no. (Ver al respecto nuestra nota en este mismo blog) Este año se dio una segunda oportunidad para cumplir con ese “registro” que en realidad viene siendo una Actualización de Datos pues ya el registro de oficio lo realizó Hacienda como dijimos antes. Sabemos de sociedades que si bien cumplieron en el 2017-2018 con la actualización de sus datos, en este momento siguen apareciendo como si no lo hubieren hecho. La mejor forma de confirmar si su sociedad está o no al día con este requisito es ingresar al ATV , utilizando su usuario y clave, y confirmar directamente allí que se haya completado la D-140 de Actualización de Datos. En la Consulta de Situación Tributaria las sociedades aparecen inscritas de oficio, como sucede en el caso que nos comenta, pero esa “inscripción de oficio” no es garantía de que ya se haya cumplido con la fórmula Modificación de Datos del Registro de Contribuyentes D.140
Excelente
Will • 05 diciembre, 2020
Buenas Lic. Silvia hasta ahora me entero de esto no sabia que tenía que Hacer esa declaración que sea tenía tiempo hasta Mayo 2020, ahora que tengo que hacer tendré que pagar multa, me gustaría que me ayudara con el trámite y también disolver la Sociedad Inactiva como puedo contactarla, gracias