¿Vence este 15 de junio el plazo para presentación de declaraciones patrimoniales?

Muchas sociedades inactivas que por primera vez deben cumplir con esta obligación,  se están haciendo esta pregunta. Como ya sabemos, en marzo pasado,  la Ley 10160 para la Simplificación de Trámites Tributarios para personas jurídicas sin actividad lucrativa, mediante la adición de un Transitorio VI a la Ley de Impuesto sobre la Renta,  amplió hasta […]

Para ver el texto completo se debe estar suscrito.

SEGUIR LEYENDO

Abogada y notaria. Especialista en administración de bases de datos de información jurídica, investigaciones jurisprudenciales y editora de contenidos legales. Consultora en proyectos de informática jurídica en la región centroamericana. Encargada de la administración y actualización de Tirant Cálculos Legales: timbres, honorarios profesionales, patentes, prestaciones laborales y otros. Moderadora del blog www.puntojuridico.com

2 de 2 Comentarios

  1. Kenneth Guzman • 08 junio, 2022

    Buenas tardes

    De casualidad no tienen el link para descargar el formulario D-101

    • Silvia Pacheco • 09 junio, 2022

      Si se refiere al formulario D-101 que es el que se utiliza para declarar el impuesto sobre la renta, entendemos que quienes tengan declaraciones pendientes deberán esperar que se solucione el problema de acceso a la plataforma ATV. A partir de ese momento, contarán con un plazo de 3 días hábiles para la presentación de las declaraciones pendientes.

      Si se refiere más bien al formulario D-110 denominado “Recibo oficial de pago” que es el que se utiliza para pagar impuestos, solamente puede ser completado utilizando el sistema Eddi-7 del Ministerio de Hacienda. Una vez completada la fórmula en dicho sistema, se imprime en tres tantos y se lleva a cualquiera de los bancos autorizados para recibir dicho recibo de pago.