Valores fiscales a utilizar en los traspasos de muebles las próximas semanas
Para ver el texto completo se debe estar suscrito.
EL BLOG JURÍDICO DE COSTA RICA
Para ver el texto completo se debe estar suscrito.
Y es factible conseguir el dato del valor fiscal del vehículo antes de la actualización?
Muy interesante su consulta. Nos parece que una vez que el nuevo valor fiscal que rige cada año a partir del 1 de diciembre se encuentre actualizado en el sistema del Registro Nacional (www.rnpdigital.com) , la única forma de obtener el dato del valor fiscal que rigió antes de ese momento, será obteniéndolo del Marchamo del año correspondiente. Por ejemplo, si estuviéramos en enero del 2021, y fuera necesario conocer el valor fiscal que rigió para un vehículo en noviembre de este año 2020, la forma más sencilla de obtenerlo sería solicitándole al dueño del vehículo el comprobante del Marchamo de este 2020 donde podríamos obtener ese valor fiscal que rigió del 1 de diciembre de 2019 al 30 de noviembre de este 2020. Desconocemos si en algún sistema podrá elegirse el año para conocer el valor fiscal que un vehículo tuvo en ese período. Tal vez algún otro participante de este blog nos pueda ilustrar.
Gracias por su respuesta aunque como el asunto es sólo por este mes no habrá problemas, sin embargo, si en el 2021 se necesitara el valor fiscal del vehículo en el 2020, es probable que el propietario ya no tenga el marchamo del año anterior, pues por lo menos yo, cuando tengo el nuevo derecho de circulación, me deshago del anterior.
Entonces para efectos de traspasos deberia poderse segregar el impuesto del resto de los rubros del marchamo, pues es una limitación al derecho de propiedad y de certeza jurídica el hecho de que se deben pagar otros rubros, además incluidos en el marchamo,
Considero que como notarios debemos solicitar esta posibilidad, pues no existe relación entre el traspaso del bien y los seguros u otros impuestos que no deben afectar la inscripción refistral y generan la imposibilidad del cambio de dueño y por ende propician la inseguridad jurídica de las partes involucradas en negocios, además, de un sinnúmero de problemas por anotaciones o gravámenes sobrevivientes ocasionados por no poderse hacer la actualización refistral.
Yo tuve la misma duda y fui a la oficina del Registro en Alajuela. El asunto es que me indicaron que el vehículo el cual se traspasaría ya presentaba el valor fiscal inferior y que sobre éste se debía pagar los timbres e impuestos…y yo me confié. Ya ni en ellos, se puede creer..mi culpa por confiado.
Algunos años atrás .. cuando el valor fiscal del año siguiente era menor al cotizado durante el año en curso
Procedía a ir a Tributación a conseguir una constancia de autovalor sellada y firmada… la adjuntaba a la escritura publica y el registrador no podía alegar que debía impuestos y timbres.
obviamente esto se hacía antes de que empezara la regla del primero de diciembre y marchamo pago.
Eduardo Sánchez M • 15 noviembre, 2020
Buenos días. Tengo un cliente que me consulta lo siguiente:
“En el financiero salió una noticia de que Tributación empezó a fiscalizar los bienes de las personas inscritas como contribuyentes según el DGT-R-69-2019. Él consulta porque hasta hace un año y resto era asalariado, muy ordenado en sus finanzas a lo cual pudo comprar carro del año de contado y una casita que adquirió hace 18 años aproximadamente.
Hace un año se inscribió como contribuyente de Renta en Tributación porque se quedó sin trabajo,pero lo que esta facturando es muy poco, porque no le ha ido bien como empresario. Su inquietud radica en que:
¿Si Tributación puede indagar sobre su carro y casa adquiridos antes de inscribirse como contribuyente o mas bien dicha auditoria va desde que se inscribió como contribuyente por servicios profesionales, si él llegase a cambiar el carro o la casa?
Porque según me comenta la casita la adquirió hace mucho y no tiene recibos de pago, ya que todo eso lo botó hace años.
Yo añadiría: ¿a que se refiere Tributación exactamente con esta fiscalización?