Tramitación registral de documentos de sociedades incumplidoras RTBF
Para ver el texto completo se debe estar suscrito.
EL BLOG JURÍDICO DE COSTA RICA
Para ver el texto completo se debe estar suscrito.
Es una excelente pregunta. Vamos a preguntarle a los encargados del RTBF cuál es el procedimiento para que se elimine el nombre de una sociedad del listado de incumplidoras. Normalmente responden muy rápido. Esperamos tener la contestación en estos próximos días para poderles informar.
Que pasa con las sociedades que presentaron una solicitud de disolución al Registro antes de Mayo 2020 pero aún no están inscritas, por algún defecto, deben cumplir con la inscripción en el Banco Central
Gracia
Sabemos que fueron eliminadas del Listado de Sociedades Incumplidoras, aquéllas que habían acumulado 3 o más períodos de morosidad en el pago del impuesto a las personas jurídicas, las cuales, ya deberían haber sido disueltas de oficio por el Ministerio de Hacienda. Sin embargo, sociedades en vías de disolución por otros motivos, que al 1 de mayo todavía aparecían inscritas en el Registro de Personas Jurídicas, entendemos que sí tendrían que cumplir con la presentación de la Declaracíon de accionistas correspondiente al periodo 2019.
Buenas tardes. Los notarios tendremos acceso a esa base de datos CES? GRACIAS!!
La herramienta que los notarios deben utilizar para confirmar si una sociedad está o no al día con el RTBF, se encuentra en la plataforma Central Directo, dentro del Módulo especial que únicamente los notarios pueden acceder utilizando su firma digital. Realmente sencillo de utilizar. Solamente se debe digitar el número de cédula jurídica de la sociedad y aparece un mensaje estableciendo si la sociedad cumplió o no con la presentación de la declaración 2019 del RTBF.
Gracias por el aporte!
Como se procede en el caso de traspasos de inmuebles, en sus diversas formas;
comprador S. A, vendedor persona física
comprador persona física, vendedor S. A.
Comprador S. A., vendedeor S.A.
Es una buena pregunta. Nos parece que en casos de compraventa, ya sea la sociedad incumplidora la que VENDE .. o la que COMPRA .. igual el Registro suspenderá la tramitación de la escritura, pues en cualquiera de las dos posiciones existe beneficio para ella. Distinto el caso de la DONACIÓN, en la cual pareciera que el beneficio únicamente lo recibiría la sociedad incumplidora que actúa como DONATARIA y no tanto si su posición es la de DONANTE. Pero no podríamos asegurarlo. En las circulares en comentario no se refieren a ninguno de estos actos en forma específica.
Fernán Pacheco • 17 mayo, 2020
Para dejar de ser incumplidora y poder continuar con la inscripción de una escritura, basta con presentar el reporte pendiente al RABF o también es necesario pagar la multa?