Tramitación registral de documentos de sociedades incumplidoras RTBF

En las circulares DRI-008-2020 y DRI-009-2020, el Registro Inmobiliario establece el procedimiento que seguirán a partir de ahora los señores registradores para la verificación del cumplimiento del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales (RTBF),  de las sociedades que aparezcan como partes en los instrumentos notariales en trámite. Se da cumplimiento de esta manera a lo […]

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Abogada y notaria. Especialista en administración de bases de datos de información jurídica, investigaciones jurisprudenciales y editora de contenidos legales. Consultora en proyectos de informática jurídica en la región centroamericana. Encargada de la administración y actualización de Tirant Cálculos Legales: timbres, honorarios profesionales, patentes, prestaciones laborales y otros. Moderadora del blog www.puntojuridico.com

9 de 9 Comentarios

  1. Fernán Pacheco • 17 mayo, 2020

    Para dejar de ser incumplidora y poder continuar con la inscripción de una escritura, basta con presentar el reporte pendiente al RABF o también es necesario pagar la multa?

    • Silvia Pacheco • 17 mayo, 2020

      Es una excelente pregunta. Vamos a preguntarle a los encargados del RTBF cuál es el procedimiento para que se elimine el nombre de una sociedad del listado de incumplidoras. Normalmente responden muy rápido. Esperamos tener la contestación en estos próximos días para poderles informar.

  2. Heidy • 12 mayo, 2020

    Que pasa con las sociedades que presentaron una solicitud de disolución al Registro antes de Mayo 2020 pero aún no están inscritas, por algún defecto, deben cumplir con la inscripción en el Banco Central
    Gracia

    • Silvia Pacheco • 13 mayo, 2020

      Sabemos que fueron eliminadas del Listado de Sociedades Incumplidoras, aquéllas que habían acumulado 3 o más períodos de morosidad en el pago del impuesto a las personas jurídicas, las cuales, ya deberían haber sido disueltas de oficio por el Ministerio de Hacienda. Sin embargo, sociedades en vías de disolución por otros motivos, que al 1 de mayo todavía aparecían inscritas en el Registro de Personas Jurídicas, entendemos que sí tendrían que cumplir con la presentación de la Declaracíon de accionistas correspondiente al periodo 2019.

  3. Ligia Quesada • 12 mayo, 2020

    Buenas tardes. Los notarios tendremos acceso a esa base de datos CES? GRACIAS!!

    • Silvia Pacheco • 12 mayo, 2020

      La herramienta que los notarios deben utilizar para confirmar si una sociedad está o no al día con el RTBF, se encuentra en la plataforma Central Directo, dentro del Módulo especial que únicamente los notarios pueden acceder utilizando su firma digital. Realmente sencillo de utilizar. Solamente se debe digitar el número de cédula jurídica de la sociedad y aparece un mensaje estableciendo si la sociedad cumplió o no con la presentación de la declaración 2019 del RTBF.

  4. MARIA MORA • 12 mayo, 2020

    Gracias por el aporte!

  5. Juan Ignacio Mata Centeno • 12 mayo, 2020

    Como se procede en el caso de traspasos de inmuebles, en sus diversas formas;
    comprador S. A, vendedor persona física
    comprador persona física, vendedor S. A.
    Comprador S. A., vendedeor S.A.

    • Silvia Pacheco • 12 mayo, 2020

      Es una buena pregunta. Nos parece que en casos de compraventa, ya sea la sociedad incumplidora la que VENDE .. o la que COMPRA .. igual el Registro suspenderá la tramitación de la escritura, pues en cualquiera de las dos posiciones existe beneficio para ella. Distinto el caso de la DONACIÓN, en la cual pareciera que el beneficio únicamente lo recibiría la sociedad incumplidora que actúa como DONATARIA y no tanto si su posición es la de DONANTE. Pero no podríamos asegurarlo. En las circulares en comentario no se refieren a ninguno de estos actos en forma específica.