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	Comentarios en: Sociedades civiles vs sociedades mercantiles	</title>
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	<description>EL BLOG JURÍDICO DE COSTA RICA</description>
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		<title>
		Por: Lic. Silvia Pacheco. Editora General		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/sociedades-civiles-vs-sociedades-mercantiles-2/#comment-70873</link>

		<dc:creator><![CDATA[Lic. Silvia Pacheco. Editora General]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 16 Jan 2021 00:01:16 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://puntojuridico.com/sociedades-civiles-vs-sociedades-mercantiles-2/#comment-70872&quot;&gt;Yaki&lt;/a&gt;.

Las sociedades civiles no deben pagar efectivamente el impuesto a las personas jurídicas, el cual únicamente debe ser cancelado por sociedades mercantiles.  Sin embargo, si tienen que presentar las declaraciones del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales (Registro de Accionistas) lo mismo que las declaraciones patrimoniales (activos, pasivos, capital social.) al Ministerio de Hacienda.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://puntojuridico.com/sociedades-civiles-vs-sociedades-mercantiles-2/#comment-70872">Yaki</a>.</p>
<p>Las sociedades civiles no deben pagar efectivamente el impuesto a las personas jurídicas, el cual únicamente debe ser cancelado por sociedades mercantiles.  Sin embargo, si tienen que presentar las declaraciones del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales (Registro de Accionistas) lo mismo que las declaraciones patrimoniales (activos, pasivos, capital social.) al Ministerio de Hacienda.</p>
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		<title>
		Por: Yaki		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/sociedades-civiles-vs-sociedades-mercantiles-2/#comment-70872</link>

		<dc:creator><![CDATA[Yaki]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 15 Jan 2021 22:53:13 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Qué hay de verdad en que la SOCIEDAD CIVIL no paga impuesto a las sociedades ni debe realizar la declaración de accionistas?
Para alguien que como usted lo indica, quiere la sociedad para proteger un bien, es recomendable cambiar de una SA a una Sociedad Civil?
Gracias!]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Qué hay de verdad en que la SOCIEDAD CIVIL no paga impuesto a las sociedades ni debe realizar la declaración de accionistas?<br />
Para alguien que como usted lo indica, quiere la sociedad para proteger un bien, es recomendable cambiar de una SA a una Sociedad Civil?<br />
Gracias!</p>
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			</item>
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		<title>
		Por: María Tenorio		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/sociedades-civiles-vs-sociedades-mercantiles-2/#comment-68640</link>

		<dc:creator><![CDATA[María Tenorio]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 09 Oct 2020 02:25:55 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Buenas Noches, una consulta: En que actividad se inscribe una Sociedad Civil en la D140?????]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Buenas Noches, una consulta: En que actividad se inscribe una Sociedad Civil en la D140?????</p>
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		<title>
		Por: Lic. Silvia Pacheco. Editora General		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/sociedades-civiles-vs-sociedades-mercantiles-2/#comment-68496</link>

		<dc:creator><![CDATA[Lic. Silvia Pacheco. Editora General]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 27 Sep 2020 14:29:11 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://puntojuridico.com/sociedades-civiles-vs-sociedades-mercantiles-2/#comment-68490&quot;&gt;Sergio&lt;/a&gt;.

Estimado don Sergio,  No somos expertos en materia tributaria, pero podemos sugerir que las obligaciones que tienen a cargo en este momento las sociedades civiles son las siguientes:

1.- Presentar el Formulario de Actualización de Dato D-140 en el RUT (Registro Unico Tributario) pues aunque fueron inscritas de oficio por la Dirección General de Tributación, deben completar a través de este formulario datos de contacto básicos de la sociedad y su representante legal.
2.- Cumplir con la Declaración 2019 del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales.  Por presentar dicha declaración se les tendrá por cumplida también la correspondiente al presente año 2020.  En abril del próximo año correspondería presentar la Declaración 2021
3.-  Presentar entre el 1 de enero y el 15 de marzo del próximo año 2021, el Formulario D.135 denominado  Declaración Patrimonial para Personas Jurídicas Inactivas que será puesto a disposición de los interesados oportunamente en el sistema de la Administración Virtual Tributaria (ATV). Las sociedades declararán sus activos, pasivos y capital social. Dicha información servirá como insumo para los diferentes procesos de control y fiscalización que lleva a cabo la Administración Tributaria.

Puede leer más sobre estas obligación en nuestras notas en este mismo blog:  &lt;a href=&quot;https://puntojuridico.com/sociedades-inactivas-presentaran-declaracion-patrimonial-a-hacienda/&quot; rel=&quot;noopener noreferrer&quot; target=&quot;_blank&quot;&gt;https://puntojuridico.com/sociedades-inactivas-presentaran-declaracion-patrimonial-a-hacienda/&lt;/a&gt;

&lt;a href=&quot;https://puntojuridico.com/?s=sociedades+inactivas&quot; rel=&quot;noopener noreferrer&quot; target=&quot;_blank&quot;&gt;https://puntojuridico.com/?s=sociedades+inactivas&lt;/a&gt;

&lt;a href=&quot;https://puntojuridico.com/hacienda-asigna-de-oficio-nuevo-codigo-a-sociedades-inactivas/&quot; rel=&quot;noopener noreferrer&quot; target=&quot;_blank&quot;&gt;https://puntojuridico.com/hacienda-asigna-de-oficio-nuevo-codigo-a-sociedades-inactivas/&lt;/a&gt;]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://puntojuridico.com/sociedades-civiles-vs-sociedades-mercantiles-2/#comment-68490">Sergio</a>.</p>
<p>Estimado don Sergio,  No somos expertos en materia tributaria, pero podemos sugerir que las obligaciones que tienen a cargo en este momento las sociedades civiles son las siguientes:</p>
<p>1.- Presentar el Formulario de Actualización de Dato D-140 en el RUT (Registro Unico Tributario) pues aunque fueron inscritas de oficio por la Dirección General de Tributación, deben completar a través de este formulario datos de contacto básicos de la sociedad y su representante legal.<br />
2.- Cumplir con la Declaración 2019 del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales.  Por presentar dicha declaración se les tendrá por cumplida también la correspondiente al presente año 2020.  En abril del próximo año correspondería presentar la Declaración 2021<br />
3.-  Presentar entre el 1 de enero y el 15 de marzo del próximo año 2021, el Formulario D.135 denominado  Declaración Patrimonial para Personas Jurídicas Inactivas que será puesto a disposición de los interesados oportunamente en el sistema de la Administración Virtual Tributaria (ATV). Las sociedades declararán sus activos, pasivos y capital social. Dicha información servirá como insumo para los diferentes procesos de control y fiscalización que lleva a cabo la Administración Tributaria.</p>
<p>Puede leer más sobre estas obligación en nuestras notas en este mismo blog:  <a href="https://puntojuridico.com/sociedades-inactivas-presentaran-declaracion-patrimonial-a-hacienda/" rel="noopener noreferrer" target="_blank">https://puntojuridico.com/sociedades-inactivas-presentaran-declaracion-patrimonial-a-hacienda/</a></p>
<p><a href="https://puntojuridico.com/?s=sociedades+inactivas" rel="noopener noreferrer" target="_blank">https://puntojuridico.com/?s=sociedades+inactivas</a></p>
<p><a href="https://puntojuridico.com/hacienda-asigna-de-oficio-nuevo-codigo-a-sociedades-inactivas/" rel="noopener noreferrer" target="_blank">https://puntojuridico.com/hacienda-asigna-de-oficio-nuevo-codigo-a-sociedades-inactivas/</a></p>
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		<title>
		Por: Sergio		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/sociedades-civiles-vs-sociedades-mercantiles-2/#comment-68490</link>

		<dc:creator><![CDATA[Sergio]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 26 Sep 2020 18:40:17 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Cuales son las obligaciones tributarias de las sociedades Civiles_]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Cuales son las obligaciones tributarias de las sociedades Civiles_</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Lic. Silvia Pacheco. Editora General		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/sociedades-civiles-vs-sociedades-mercantiles-2/#comment-66336</link>

		<dc:creator><![CDATA[Lic. Silvia Pacheco. Editora General]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 20 Apr 2020 21:15:28 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://puntojuridico.com/sociedades-civiles-vs-sociedades-mercantiles-2/#comment-66305&quot;&gt;Maria Tenorio&lt;/a&gt;.

Si en vida el esposo traspasó las acciones que le correspondían en la sociedad a favor de su esposa, al morir él , efectivamente la esposa, como única accionista sería la  propietaria de todos los bienes inscritos a nombre de la  sociedad; pero si el señor fallece sin haber traspasado sus acciones, tendría que abrirse un proceso sucesorio para que con ayuda de un notario o en sede judicial se determine quiénes son los herederos de las acciones del esposo.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://puntojuridico.com/sociedades-civiles-vs-sociedades-mercantiles-2/#comment-66305">Maria Tenorio</a>.</p>
<p>Si en vida el esposo traspasó las acciones que le correspondían en la sociedad a favor de su esposa, al morir él , efectivamente la esposa, como única accionista sería la  propietaria de todos los bienes inscritos a nombre de la  sociedad; pero si el señor fallece sin haber traspasado sus acciones, tendría que abrirse un proceso sucesorio para que con ayuda de un notario o en sede judicial se determine quiénes son los herederos de las acciones del esposo.</p>
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		<item>
		<title>
		Por: Maria Tenorio		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/sociedades-civiles-vs-sociedades-mercantiles-2/#comment-66305</link>

		<dc:creator><![CDATA[Maria Tenorio]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 18 Apr 2020 15:49:51 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Buenas Días, en una Sociedad Civil creada por un matrimonio, inicialmente la sociedad se crea con aporte de dinero 10.000 colones, cinco mil colones cada uno; Si luego de esto uno de los socios dona todos sus bienes a la Sociedad Civil, que pasa cuando este socio que dono todos sus bienes muere???? estos bienes automáticamente pasan a ser propiedad de la esposa siendo ella ahora la única accionista??? o bien esos bienes deben de ser discutidos en un proceso sucesorio?????]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Buenas Días, en una Sociedad Civil creada por un matrimonio, inicialmente la sociedad se crea con aporte de dinero 10.000 colones, cinco mil colones cada uno; Si luego de esto uno de los socios dona todos sus bienes a la Sociedad Civil, que pasa cuando este socio que dono todos sus bienes muere???? estos bienes automáticamente pasan a ser propiedad de la esposa siendo ella ahora la única accionista??? o bien esos bienes deben de ser discutidos en un proceso sucesorio?????</p>
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		Por: Brayan Amaya Madriz		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/sociedades-civiles-vs-sociedades-mercantiles-2/#comment-66100</link>

		<dc:creator><![CDATA[Brayan Amaya Madriz]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 08 Apr 2020 17:18:03 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Una consulta; me parece quedar claro que en caso de daños causados por la sociedad civil también responde el capital de los socios esto a diferencia de la mercantil, sin embargo en el caso de un daño a título personal de uno de los socios también respondería el capital de las sociedades civiles donde tenga participación?]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Una consulta; me parece quedar claro que en caso de daños causados por la sociedad civil también responde el capital de los socios esto a diferencia de la mercantil, sin embargo en el caso de un daño a título personal de uno de los socios también respondería el capital de las sociedades civiles donde tenga participación?</p>
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			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Lic. Silvia Pacheco. Editora General		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/sociedades-civiles-vs-sociedades-mercantiles-2/#comment-61856</link>

		<dc:creator><![CDATA[Lic. Silvia Pacheco. Editora General]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 14 Oct 2019 17:28:49 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://puntojuridico.com/sociedades-civiles-vs-sociedades-mercantiles-2/#comment-61853&quot;&gt;Ju S&lt;/a&gt;.

El Registro de Personas Jurídicas comprende las siguientes secciones: mercantil, personas, asociaciones civiles, medios de difusión y agencias de publicidad y asociaciones deportivas.   Nos parece que si su sociedad es de naturaleza CIVIL definitivamente no tiene que pagar impuesto a las personas jurídicas, ni ningún otro tributo.  Lo que sí va a tener que hacer es cumplir con el REGISTRO DE ACCIONISTAS que en estos días se está conversando mucho, pero en una segunda etapa.   Se avisará probablemente en los medios de comunicación,  el momento a partir del cual las sociedades civiles y otro tipo de asociaciones sin fines de lucro, fundaciones, etc deberán cumplir con la presentación de las declaraciones de beneficiarios finales en ese REgistro de Accionistas ubicado en la plataforma Central Directo del BCCR.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://puntojuridico.com/sociedades-civiles-vs-sociedades-mercantiles-2/#comment-61853">Ju S</a>.</p>
<p>El Registro de Personas Jurídicas comprende las siguientes secciones: mercantil, personas, asociaciones civiles, medios de difusión y agencias de publicidad y asociaciones deportivas.   Nos parece que si su sociedad es de naturaleza CIVIL definitivamente no tiene que pagar impuesto a las personas jurídicas, ni ningún otro tributo.  Lo que sí va a tener que hacer es cumplir con el REGISTRO DE ACCIONISTAS que en estos días se está conversando mucho, pero en una segunda etapa.   Se avisará probablemente en los medios de comunicación,  el momento a partir del cual las sociedades civiles y otro tipo de asociaciones sin fines de lucro, fundaciones, etc deberán cumplir con la presentación de las declaraciones de beneficiarios finales en ese REgistro de Accionistas ubicado en la plataforma Central Directo del BCCR.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Ju S		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/sociedades-civiles-vs-sociedades-mercantiles-2/#comment-61853</link>

		<dc:creator><![CDATA[Ju S]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 14 Oct 2019 14:18:18 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Hola.  Cuando abri mi sociedad, le explique CLARAMENTE al abogado que la sociedad no es para fines comerciales sino solo para registrar mis bienes por lo tanto queria inscribirla de manera que NO TUVIERA que cancelar los impuestos ante hacienda, sin embargo veo que el Mi sociedad CIVIL dice que esta inscrita en el Registro en la seccion MERCANTIL. Esto me obliga a pagar impuestos? Si es asi, como lo modifico? Claramente le dije al abogado que NO ES PARA FINES COMERCIALES por enden mi interes en adquierir una sociedad civil.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Hola.  Cuando abri mi sociedad, le explique CLARAMENTE al abogado que la sociedad no es para fines comerciales sino solo para registrar mis bienes por lo tanto queria inscribirla de manera que NO TUVIERA que cancelar los impuestos ante hacienda, sin embargo veo que el Mi sociedad CIVIL dice que esta inscrita en el Registro en la seccion MERCANTIL. Esto me obliga a pagar impuestos? Si es asi, como lo modifico? Claramente le dije al abogado que NO ES PARA FINES COMERCIALES por enden mi interes en adquierir una sociedad civil.</p>
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