Sobre los 275 de timbre del Colegio de Abogados
Para ver el texto completo se debe estar suscrito.
EL BLOG JURÍDICO DE COSTA RICA
Para ver el texto completo se debe estar suscrito.
Nos indicaban esta mañana en el Departamento de Aranceles del Colegio de Abogados que se están produciendo timbres de 25 colones a fin de que las personas que tienen especies de 250 puedan completar los 275 establecidos en el nuevo Arancel. Deberían salir a la venta a partir de la segunda quincena de marzo. La ambigüedad existente por los dos artículos replicados en el texto de este Arancel pareciera que sí será eliminada mediante la publicación de un nuevo decreto ejecutivo pero aún no se tiene conocimiento de la fecha exacta en la que se producirá. Sin embargo nos aclararon que en cuanto a las autenticaciones de firma, así como los certificados de prenda, sí se debe cumplir con la nueva tarifa de 275 colones pues el artículo 107 expresamente lo dispone y en cuanto al mismo, no existe alguna otra norma en la que se establezca el monto anterior de 250 colones. Lo transcribimos a continuación para su mejor conocimiento: Tarifa del timbre en las autenticaciones y prendas. Artículo 107.- En las autenticaciones de firmas en documentos de carácter privado y certificados de prenda, se pagará el timbre a razón de doscientos setenta y cinco colones por cada firma autenticada. En estos casos deberá el notario adquirir el entero bancario por 275 colones o bien solo por 25 colones para adicionarlo a los timbres de 250.
Yo desde hace tiempo pago TODOS los timbres de autenticaciones y certificaciones mediante entero bancario digital. NUNCA voy al Banco físicamente. Al pagar el entero, le pongo el número de folio de papel de seguridad en el espacio para el número de boleta (aunque no lleva, claro). Luego de pagado lo imprimo y lo firmo y sello. Se lo pego a la certificación y en la certificación doy fe de que los timbres se pagaron mediante el entero número tal que se adjunta. Listo. Lo hago hace como un año y no he tenido problemas en instituciones públicas. Para que lo valoren.
Estimado don Ignacio.- Nos parece una solución muy práctica la que nos comenta. Aplicaría, eso sí, a los actos notariales por la necesaria utilización del papel de seguridad. Idealmente que el Colegio de Abogados o la Dirección Nacional de Notariado respaldaran este “mecanismo” de anotar en los enteros digitales, el número de papel de seguridad , de manera que las instituciones acepten el pago electrónico de los timbres.
Don Ignacio, justamente eso es lo que yo quisiera hacer con toda tranquilidad.
El tema es que me preocupa y mucho que al no haber un criterio de la DNN sobre esta posibilidad, después nos salgan con un domingo siete.
En fin, sería lo ideal si la DNN saca una directriz autorizando esto.
Igual quedaría pendiente el tema por ejemplo de enteros para pagos de demandas, del timbre de abogados, o de autenticaciones de poderes especiales judiciales, donde se trata de actos de abogados y no de notario.
El problema que surge con esta situación es que al no existir la estampillas por ese valor ,vamos a tener que pagar ¢500 de timbres de abogado o comprar el entero bancario; porque aunque seamos abogados y sepamos que por analógica esa sea la solución más favorable que se debe aplicar, no creo que algún colega de forma responsable vaya a enviar un documento a alguna entidad pública en las que hay que hacer filas o sacar citas previas para un determinado trámite y que les devuelvan a nuestros clientes el documento por no contar con los timbres respectivos.
Me parece inaudito que a estas alturas del milenio estemos quebrándonos la cabeza con los condenados timbres.
Deberían eliminar las estampillas todas, y permitir que se pague todo por entero, generando eso sí un entero que permita la verificación por parte de cualquier particular y de cualquier institución que lo deba recibir y verificar. A qué me refiero?, a que el entero tenga un espacio para poner a qué se destina, ejemplo declaración de fulanito, o autenticación de firma de sutanito, o en el caso de timbres para demandas demanda de fulano contra sutano, y que lleve un número como el que tienen las certificaciones de registro que pueda ser verificado en un sistema del banco emisor para verificar que fue pagado, sistema consulta abierto a publico y verificable por la entidad destinataria o cualquier particular, donde le digan que ese entero fue pagado y le despliegue una copia, similar al que usa el Registro para verificar las certificaciones en línea.
Esto por cuanto el otro día me contaban unos colegas que en ciertos juzgados ya no están aceptando el pago de timbres por enteros pagados en línea, porque algunos abogados vivillos usan el mismo entero en varios juicios. Increíble!
Caramba, que mal estamos, tener que ir a hacer filas a un banco por un timbres de 275 pesos, o por timbres fiscales que no existen físicamente me parece una soberana estupidez! Todo se podría hacer en línea si le facilitaran a la autoridad destinataria formas de evitar esos abusos de unos cuantos, con una verificación del entero mismo que deba llevar indicado de modo expreso su destino específico.
Pero en este país vamos como el cangrejo!
pagar con entero en lugar de un timbre? una locura mijita… cómo se nota que haces fila en la de abogados del BCR del Registro. Y es ahí o ahí porque en otras agencias de ese ente no saben cómo hacer uno de esos.
Precisamente don Hugo, y no no hago fila en la del Colegio, cuando me toca hacerlos mando a la asistente con las tasaciones hechas en el sistema en línea, le imprimo el número de tasación para que vaya y las pague en cajas y le generen el entero en colilla y con sello del banco, porque como usted bien apunta, en las cajas del BCR no tienen ni idea de cómo hacer un entero. Para peores no permiten hacer más de diez transacciones por turno, es un desastre total.
Es increíble que no permitan generar en web un entero que pueda ser verificado, usado y bloqueado por la autoridad que lo recibe o que al menos tenga un espacio donde la parte que paga indique para qué se va a usar y evitar el uso de un entero para varios trámites, como lo sería un espacio para indicar el destino específico como decir Timbres Poder juicio No. …. o Timbres de Demanda Ordinaria de Fulano contra Sutano, o timbres para certificación de ABC S.A., etc
Colegas, yo no me caliento la cabeza con estas cosas, pues nadie está obligado a lo imposible.
¿No hay timbres de 275 colones? Pues pego el timbre de 250 que sí hay en existencia.
¿Que me cobran los 25 colones restantes? Pues le pego otro timbre de 250 colones y que los pague el cliente.
Sé que lo que digo es poco ético, es poco profesional, pero yo no tengo, y discúlpenme por esto, que andar buscando timbres, donde no existen.
Saludos cordiales.
Y en cuanto al timbre, me parece irracional que suban el monto para las certificaciones, porque: 1. De alguna forma “inutilizan” el “stock” de timbres de 250 que muchos tenemos comprado, a menos que comiencen a vender ahora un timbre de 25 colones para poder complementar el de 250. 2. Encarece aún más las certificaciones notariales, que ya de por sí no pueden competir con las registrales por su elevado costo (y sin mencionar la próxima inclusión del IVA). 3. El Colegio no ha podido demostrar que esté utilizando el monto recaudado por el timbre para el fondo de pensiones de los abogados y abogadas, siento no ha habido cuentas claras durante muchísimos años, ¿y así pretenden incrementar sus ingresos por ese rubro?.
Estos aumentos no siento que beneficien en nada a la mayor parte del gremio (y menos cuando en pocos meses habrá que sumar el 13% del IVA a nuestras facturas). Lo que va a incentivar es la competencia desleal (que NADIE controla). Cuando posibles nuevos clientes me piden cotizaciones para escrituras, por ejemplo, y les doy el monto mínimo que fija la tabla, normalmente NUNCA regresan porque encuentran colegas que les cobran menos. El Colegio de Abogados debería actuar en esos aspectos y no gestionando que modifiquen un arancel que muy poco se cumple.
Roberto Esquivel • 21 febrero, 2019
Estimada doña Silvia han emitido algo al respecto sobre los 275 para certificaciones y autenticaciones?