Sobre la resolución conjunta para solicitar cese de disolución de sociedades
Si bien no aparece hoy en La Gaceta, circuló ayer en redes sociales, lo que pareciera ser la versión definitiva de esta resolución que tanto han esperado las sociedades interesadas en solicitar el cese de su disolución por morosidad en el impuesto a las personas jurídicas. Podría ser que en el transcurso del día se produzca la publicación en algún Alcance del diario oficial.
Se trata de la Resolución DGT-R-26-2022 denominada: Aplicación del Transitorio II de la Ley del Impuesto a las Personas Jurídicas, N°9428, reformado por Ley N°10220. Vemos que aparecen en el documento, las rúbricas digitales de los directores de la Dirección General de Tributación y del Registro Nacional, señores Mario Ramos Martínez y Agustín Meléndez García, respectivamente.
Estaremos atentos para informarles tan pronto se produzca la publicación oficial en La Gaceta. Conviene esperar hasta ese momento antes de presentar al Diario, solicitudes de cese de disolución para evitar que pueda serles cancelada la presentación como nos han informado varios colegas que les ha ocurrido en trámites que intentaron realizar estos días.
Si desea conocer el texto del documento que circuló ayer en redes sociales puede descargarlo aquí : Resolución DGT-R-26-2022
Confiemos ahora sí que la entrada en vigencia de estas regulaciones se produzca en cualquier momento.
MARIA LOURDES DELGADO JIMENEZ • 03 octubre, 2022
Buenas tardes Licenciada, si no se ha dado la publicación no se puede presentar el cese de disolución de la sociedad, pues le cancelarían la presentación, cierto???