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	Comentarios en: Sobre la nueva propuesta para controlar impuesto a las ganancias de capital	</title>
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	<description>EL BLOG JURÍDICO DE COSTA RICA</description>
	<lastBuildDate>Tue, 19 Apr 2022 01:24:13 +0000</lastBuildDate>
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		<title>
		Por: Ross		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/sobre-la-nueva-propuesta-de-hacienda-para-controlar-impuesto-a-las-ganancias-de-capital/#comment-76652</link>

		<dc:creator><![CDATA[Ross]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 19 Apr 2022 01:24:13 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://puntojuridico.com/sobre-la-nueva-propuesta-de-hacienda-para-controlar-impuesto-a-las-ganancias-de-capital/#comment-64049&quot;&gt;Lic. Silvia Pacheco. Editora General&lt;/a&gt;.

y que pasa en este caso con el impuesto a la ganancia de capital... la sociedad cedente debe pagarlo?]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://puntojuridico.com/sobre-la-nueva-propuesta-de-hacienda-para-controlar-impuesto-a-las-ganancias-de-capital/#comment-64049">Lic. Silvia Pacheco. Editora General</a>.</p>
<p>y que pasa en este caso con el impuesto a la ganancia de capital&#8230; la sociedad cedente debe pagarlo?</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Lic. Silvia Pacheco. Editora General		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/sobre-la-nueva-propuesta-de-hacienda-para-controlar-impuesto-a-las-ganancias-de-capital/#comment-70446</link>

		<dc:creator><![CDATA[Lic. Silvia Pacheco. Editora General]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 04 Dec 2020 12:42:20 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://puntojuridico.com/sobre-la-nueva-propuesta-de-hacienda-para-controlar-impuesto-a-las-ganancias-de-capital/#comment-70443&quot;&gt;Francisco Sánchez&lt;/a&gt;.

Sobre este particular hemos escuchado a algunos especialistas en materia tributaria aconsejar lo siguiente: Realizar el pago utilizando en el sistema Eddi-7, la declaración D-110 en su apartado de retenciones. Solamente de esta manera podrá el contribuyente pagar la tarifa de 2.5% que corresponde en los casos de traspasos de bienes pertenecientes a no domiciliados.   Lamentablemente, como usted bien lo indica, en el formulario D-162 no está prevista la tarifa de 2.5% correspondiente a los traspasos de bienes pertenecientes a no domiciliados.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://puntojuridico.com/sobre-la-nueva-propuesta-de-hacienda-para-controlar-impuesto-a-las-ganancias-de-capital/#comment-70443">Francisco Sánchez</a>.</p>
<p>Sobre este particular hemos escuchado a algunos especialistas en materia tributaria aconsejar lo siguiente: Realizar el pago utilizando en el sistema Eddi-7, la declaración D-110 en su apartado de retenciones. Solamente de esta manera podrá el contribuyente pagar la tarifa de 2.5% que corresponde en los casos de traspasos de bienes pertenecientes a no domiciliados.   Lamentablemente, como usted bien lo indica, en el formulario D-162 no está prevista la tarifa de 2.5% correspondiente a los traspasos de bienes pertenecientes a no domiciliados.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Francisco Sánchez		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/sobre-la-nueva-propuesta-de-hacienda-para-controlar-impuesto-a-las-ganancias-de-capital/#comment-70443</link>

		<dc:creator><![CDATA[Francisco Sánchez]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 04 Dec 2020 00:34:56 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[En que formulario liquido la retención del 2.5% si le compro una propiedad a un no domiciliado. Revisé el d-162 y no se puede.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En que formulario liquido la retención del 2.5% si le compro una propiedad a un no domiciliado. Revisé el d-162 y no se puede.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: MARIA LOURDES DELGADO JIMENEZ		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/sobre-la-nueva-propuesta-de-hacienda-para-controlar-impuesto-a-las-ganancias-de-capital/#comment-67208</link>

		<dc:creator><![CDATA[MARIA LOURDES DELGADO JIMENEZ]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 30 Jun 2020 00:00:45 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Licenciada buenas tardes, quisiera me aclarara si se esta considerando cuando la venta es de vehículos, que generalmente por la depreciación lejos el propietario de ganar, pierde.   Muchas gracias]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Licenciada buenas tardes, quisiera me aclarara si se esta considerando cuando la venta es de vehículos, que generalmente por la depreciación lejos el propietario de ganar, pierde.   Muchas gracias</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Lic. Silvia Pacheco. Editora General		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/sobre-la-nueva-propuesta-de-hacienda-para-controlar-impuesto-a-las-ganancias-de-capital/#comment-67206</link>

		<dc:creator><![CDATA[Lic. Silvia Pacheco. Editora General]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 29 Jun 2020 22:49:20 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://puntojuridico.com/sobre-la-nueva-propuesta-de-hacienda-para-controlar-impuesto-a-las-ganancias-de-capital/#comment-67146&quot;&gt;Kika&lt;/a&gt;.

A la fecha no se ha publicado la Resolución Conjunta de Hacienda y el Registro Nacional que vendría a controlar el pago de este impuesto a las ganancias de capital.  Si bien el Registro Nacional no lo está exigiendo como requisito para la inscripción de traspasos, ni en el caso de domiciliados, ni en el de los no domiciliados, se trata de una norma vigente que igualmente debería ser cumplida por los vendedores para evitar sanciones tributarias el día de mañana.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://puntojuridico.com/sobre-la-nueva-propuesta-de-hacienda-para-controlar-impuesto-a-las-ganancias-de-capital/#comment-67146">Kika</a>.</p>
<p>A la fecha no se ha publicado la Resolución Conjunta de Hacienda y el Registro Nacional que vendría a controlar el pago de este impuesto a las ganancias de capital.  Si bien el Registro Nacional no lo está exigiendo como requisito para la inscripción de traspasos, ni en el caso de domiciliados, ni en el de los no domiciliados, se trata de una norma vigente que igualmente debería ser cumplida por los vendedores para evitar sanciones tributarias el día de mañana.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Kika		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/sobre-la-nueva-propuesta-de-hacienda-para-controlar-impuesto-a-las-ganancias-de-capital/#comment-67146</link>

		<dc:creator><![CDATA[Kika]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 25 Jun 2020 00:26:43 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Hola
Me podrían informar en que estado está la propuesta de hacienda respecto a este tema? Se aprobó o no?
Está controlando el registro el pago del impuesto en casos de venta de bienes de domiciliados?  Los está obligando a la retención?]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Hola<br />
Me podrían informar en que estado está la propuesta de hacienda respecto a este tema? Se aprobó o no?<br />
Está controlando el registro el pago del impuesto en casos de venta de bienes de domiciliados?  Los está obligando a la retención?</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: JUAN CARLOS RUIZ		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/sobre-la-nueva-propuesta-de-hacienda-para-controlar-impuesto-a-las-ganancias-de-capital/#comment-64268</link>

		<dc:creator><![CDATA[JUAN CARLOS RUIZ]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 23 Jan 2020 15:10:27 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[A manera de ejemplo, si alquilo una casa en $1000 pero de ahí tengo que sacar la cuota de mantenimiento condominal que son $100. Debo declarar para cálculo de renta de capital inmobiliario los $1000 o $900?
Gracias]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>A manera de ejemplo, si alquilo una casa en $1000 pero de ahí tengo que sacar la cuota de mantenimiento condominal que son $100. Debo declarar para cálculo de renta de capital inmobiliario los $1000 o $900?<br />
Gracias</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Lic. Silvia Pacheco. Editora General		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/sobre-la-nueva-propuesta-de-hacienda-para-controlar-impuesto-a-las-ganancias-de-capital/#comment-64049</link>

		<dc:creator><![CDATA[Lic. Silvia Pacheco. Editora General]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 16 Jan 2020 02:58:59 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://puntojuridico.com/sobre-la-nueva-propuesta-de-hacienda-para-controlar-impuesto-a-las-ganancias-de-capital/#comment-63995&quot;&gt;Luis&lt;/a&gt;.

No somos expertos en la materia pero nos parece que solamente el propietario de un bien puede traspasarlo.  En el caso de las concesiones, entendemos, que los concesionarios no son propietarios, por consiguiente , en caso de cederse la concesión no podría considerarse que se esté produciendo un &quot;traspaso&quot; que deba ser gravado con el impuesto indirecto de traspaso.   Pero le recomendamos consultar mejor a la institución correspondiente que autorizó la Concesión.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://puntojuridico.com/sobre-la-nueva-propuesta-de-hacienda-para-controlar-impuesto-a-las-ganancias-de-capital/#comment-63995">Luis</a>.</p>
<p>No somos expertos en la materia pero nos parece que solamente el propietario de un bien puede traspasarlo.  En el caso de las concesiones, entendemos, que los concesionarios no son propietarios, por consiguiente , en caso de cederse la concesión no podría considerarse que se esté produciendo un &#8220;traspaso&#8221; que deba ser gravado con el impuesto indirecto de traspaso.   Pero le recomendamos consultar mejor a la institución correspondiente que autorizó la Concesión.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Luis		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/sobre-la-nueva-propuesta-de-hacienda-para-controlar-impuesto-a-las-ganancias-de-capital/#comment-63995</link>

		<dc:creator><![CDATA[Luis]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 14 Jan 2020 02:10:26 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://puntojuridico.com/sobre-la-nueva-propuesta-de-hacienda-para-controlar-impuesto-a-las-ganancias-de-capital/#comment-63894&quot;&gt;Lic. Silvia Pacheco. Editora General&lt;/a&gt;.

Que sucedería si el bien que posee la sociedad es un bien del estado dado en concesión(zmt) se debe pagar el impuesto indirecto de traspaso?

La ley de ZMT establece &quot;La concesión, entendida como el acto mediante el cual la Administración da a un particular el uso y disfrute de un terreno de la franja costera&quot;, pero la ley 6999 establece en su artículo 2 &quot;entenderá por traspaso todo negocio jurídico por el cual se transfiera, directa o indirectamente, un inmueble&quot;]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://puntojuridico.com/sobre-la-nueva-propuesta-de-hacienda-para-controlar-impuesto-a-las-ganancias-de-capital/#comment-63894">Lic. Silvia Pacheco. Editora General</a>.</p>
<p>Que sucedería si el bien que posee la sociedad es un bien del estado dado en concesión(zmt) se debe pagar el impuesto indirecto de traspaso?</p>
<p>La ley de ZMT establece &#8220;La concesión, entendida como el acto mediante el cual la Administración da a un particular el uso y disfrute de un terreno de la franja costera&#8221;, pero la ley 6999 establece en su artículo 2 &#8220;entenderá por traspaso todo negocio jurídico por el cual se transfiera, directa o indirectamente, un inmueble&#8221;</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Lic. Silvia Pacheco. Editora General		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/sobre-la-nueva-propuesta-de-hacienda-para-controlar-impuesto-a-las-ganancias-de-capital/#comment-63938</link>

		<dc:creator><![CDATA[Lic. Silvia Pacheco. Editora General]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 11 Jan 2020 16:00:11 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">https://www.puntojuridico.com/?p=11958#comment-63938</guid>

					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://puntojuridico.com/sobre-la-nueva-propuesta-de-hacienda-para-controlar-impuesto-a-las-ganancias-de-capital/#comment-63923&quot;&gt;Ivo Henfling&lt;/a&gt;.

En principio entendemos que si usted adquirió un bien en $100,000 y lo vende en $105,000 tendría efectivamente que pagar impuesto a las ganancias de capital sobre esa diferencia de $5000 en el valor.  No somos expertos y no podríamos decirle si existe esa posibilidad de &quot;compensar&quot; la ganancia en el valor del inmueble contra todo lo invertido en el negocio.   En cuanto a las pérdidas de capital,  sí se las contempla en la Ley.  No tiene, evidentemente, que pagarse impuesto a las ganancias de capital cuando más bien lo que se ha producido es una disminución en el valor.  Lo que dispone la Ley es que en estos casos se debe declarar esa &quot;pérdida de capital&quot; para poder utilizarlo como &quot;crédito&quot; o como &quot;abono&quot;  el día de mañana que ese mismo transmitente  se encuentre obligado al pago del impuesto a las ganancias de capital.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://puntojuridico.com/sobre-la-nueva-propuesta-de-hacienda-para-controlar-impuesto-a-las-ganancias-de-capital/#comment-63923">Ivo Henfling</a>.</p>
<p>En principio entendemos que si usted adquirió un bien en $100,000 y lo vende en $105,000 tendría efectivamente que pagar impuesto a las ganancias de capital sobre esa diferencia de $5000 en el valor.  No somos expertos y no podríamos decirle si existe esa posibilidad de &#8220;compensar&#8221; la ganancia en el valor del inmueble contra todo lo invertido en el negocio.   En cuanto a las pérdidas de capital,  sí se las contempla en la Ley.  No tiene, evidentemente, que pagarse impuesto a las ganancias de capital cuando más bien lo que se ha producido es una disminución en el valor.  Lo que dispone la Ley es que en estos casos se debe declarar esa &#8220;pérdida de capital&#8221; para poder utilizarlo como &#8220;crédito&#8221; o como &#8220;abono&#8221;  el día de mañana que ese mismo transmitente  se encuentre obligado al pago del impuesto a las ganancias de capital.</p>
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