Sobre el incremento en el timbre de Educación y Cultura

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Comunicamos hace unos días el aumento en la tarifa a pagar del timbre de Educación y Cultura en documentos inscribibles en el Registro de Personas Jurídicas pasando de la suma fija de ¢750 a ¢5,000

Importante tomar en cuenta que las tarifas que anualmente deben pagar las sociedades mercantiles por concepto de este impuesto también aumentaron, por lo que a partir del próximo mes de enero corresponderán las siguientes:

  • Sociedades cuyo capital neto no exceda de quinientos mil colones (¢500.000,00) pagarán cinco mil colones (¢5.000,00).
  • Sociedades cuyo capital neto exceda de quinientos mil colones (¢500.000,00) pero que no pase de dos millones de colones (¢2.000.000,00) pagarán seis mil colones (¢6.000,00).
  • Sociedades cuyo capital neto  exceda de dos millones de colones (¢2.000.000,00) pero que no pase de cuatro millones de colones (¢4.000.000,00) pagarán doce mil colones (¢12.000,00).
  • Sociedades con capital neto superior a cuatro millones de colones (¢4.000.000,00) pagarán dieciocho mil colones (¢18.000,00).

El Ministerio de Hacienda podrá ajustar tanto los montos a pagar como la base imponible cada tres años y según los incrementos en el índice de inflación promedio de los tres años anteriores al ajuste. Los ajustes quedarán vigentes una vez publicados en el diario oficial La Gaceta.

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Abogada y notaria. Especialista en administración de bases de datos de información jurídica, investigaciones jurisprudenciales y editora de contenidos legales. Consultora en proyectos de informática jurídica en la región centroamericana. Colaboradora del sitio www.leylaboral.com Encargada de la administración y actualización de Master Lex Cálculos Legales: timbres, honorarios profesionales, patentes, prestaciones laborales y otros. Moderadora del blog www.puntojuridico.com

9 de 9 Comentarios

  1. Danilo Cortés Delgado • 11 octubre, 2021

    Hola…
    Hacienda no sabe ni que cobrar y los montos reportados al BNCR son distintos.
    Pueden cobrar Timbre de Educación y Cultura con más de 4 años o están prescritos…???
    Saludos.

    • Lic. Silvia Pacheco. Editora General • 11 octubre, 2021

      Vemos que el art. 4 de la Ley de Creación del Timbre de Educación y Cultura establece lo siguiente: «El no pago, a su debido tiempo, de este timbre será causa para que se le apliquen las disposiciones que al efecto establece el Código de Normas y Procedimientos Tributarios. A lo no previsto en este Código, se le aplicarán las disposiciones que establezcan otras leyes tributarias.»

      Nos parece entonces que efectivamente aplicaría la prescripción de deudas que tengan cuatro años sin que la Autoridad Tributaria haya iniciado acciones cobratorias. Así lo vemos establecido en el art. 74 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios:

      Artículo 74.- Plazo de prescripción. El derecho de aplicar sanciones prescribe en el plazo de cuatro años, contado a partir del día siguiente a la fecha en que se cometió la infracción.

  2. Will • 06 diciembre, 2020

    Buenas Lic. Silvia una pregunta las Sociedades Inactivas tienen que pagar el Timbres Educación y Cultura y desde que fecha

    • Lic. Silvia Pacheco. Editora General • 10 diciembre, 2020

      Efectivamente la obligación de pagar el timbre de Educación y Cultura para las sociedades inactivas existe desde el año 1976 cuando se promulgó la Ley 5923. Así lo encontramos dispuesto en el artículo 2:

      Artículo 2.- Toda sociedad mercantil que esté inscrita o que se inscriba y toda subsidiaria de una sociedad extranjera que esté inscrita o se inscriba en la Sección Mercantil del Registro Público de la Propiedad, deberán pagar, de conformidad con la tabla que señala el artículo 8º, un timbre para la Educación y Cultura», así como en todos sus actos registrables, en esa Sección.

      Por muchos años el importe fue muy poco significativo, apenas 750 colones por año. A partir de enero del presente año, la tarifa depende del capital social, entre 5,000 y 18,000 por año. PUede leer más al respecto en nuestra nota en este mismo blog: https://puntojuridico.com/sobre-el-incremento-en-el-timbre-de-educacion-y-cultura/

  3. Karol C • 09 marzo, 2020

    Buenas Tardes

    Tengo dos cobros del Timbre de Educación y Cultura de los años 2012/2013.

    Entiendo que estos cobros están prescritos, me pueden indicar qué debo hacer para removerlos.

    Gracias!

  4. Luis Guillermo Rodríguez Chacón • 07 enero, 2020

    Estimada Licda Silvia: me gustaría saber si el incremento en el timbre de Educación y Cultura fue publicado en la Gaceta ya que en el Banco me apareció un monto de ¢ 18.000.oo y en los sistemas informáticos de Tributación tengo un saldo de ¢9.000,oo y me dijeron que no han cambiado. Gracias.

    • Lic. Silvia Pacheco. Editora General • 07 enero, 2020

      Efectivamente el aumento en las tarifas que anualmente deben pagar las sociedades de timbre de Educación y Cultura se publicó de acuerdo con la Ley No. 9643 del 16 de febrero de 2019. ALCANCE # 153 a La Gaceta# 123 del 02 de julio de 2019.

  5. Sofia Ramirez • 03 diciembre, 2019