Acerca de la información errónea que está circulando sobre el cambio de placas

por Lic. Silvia Pacheco Alfaro (spacheco@masterlex.com) Desde la semana pasada se encuentra circulando por correo electrónico un calendario en el que supuestamente se establecen los meses en los que -dependiendo del último dígito de la placa- deberán los propietarios de vehículos automotores realizar el cambio de sus placas metálicas a fin de cumplir con lo dispuesto […]

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Abogada y notaria. Especialista en administración de bases de datos de información jurídica, investigaciones jurisprudenciales y editora de contenidos legales. Consultora en proyectos de informática jurídica en la región centroamericana. Encargada de la administración y actualización de Tirant Cálculos Legales: timbres, honorarios profesionales, patentes, prestaciones laborales y otros. Moderadora del blog www.puntojuridico.com

15 de 15 Comentarios

  1. Sergio Rojas Sanabria • 20 junio, 2013

    Una consulta, yo cambie mis placas en noviembre y me dieron el mismo numero pero con los nuevos dispositivos, yo no tengo que volver a cambiar placas , verdad?

    • Silvia Pacheco • 21 junio, 2013

      A don Sergio: quienes hayan cambiado o adquirido sus placas a partir de enero de 2012 no tienen que volver a gestionarlas pues ya las mismas cumplen con los últimos dispositivos de salud.

  2. rolando chacón • 20 marzo, 2013

    Deseo saber si estarán prestando este servicio los días lunes y martes de semana santa.

    • Silvia Pacheco • 20 marzo, 2013

      Durante la Semana Santa el Registro en todas sus sucursales permanecerá cerrado. Por consiguiente el trámite de reposición de placas no se brindará.

  3. José Luis Espinoza B. • 24 mayo, 2012

    Y, exactamente, en dónde debe uno ir a hacer el cambio de placas metálicas? Acaso es en el Registro Nacional?
    Gracias.
    J. Luis E. B.

    • Silvia Pacheco • 25 mayo, 2012

      A don José Luis Espinoza … le recomendamos leer nuestro comentario: http://www.puntojuridico.com/?p=1901 en el que le proveemos toda la información necesaria para la sustitución de las placas metálicas. El trámite se puede hacer en cualquiera de las sedes del Registro e incluso a través de las oficinas de Correos de Costa Rica.

  4. Mario A. Rivera Campos • 14 mayo, 2012

    Me parece importante la aclaración, el Registro debería hacer una campaña previa, con la antelación suficiente para que no pase lo de siempre el último día se cae el sistema y todos atrasados como malos ticos,

  5. minor • 11 mayo, 2012

    La aclaración es buena y oportuna. lo que no me parece es lo de la calca y uno la pega mal hay que pegar 15 mil otra vez a lo que entiendo. preferiría que en el registro le pegaran la calca a la placa, para que uno no corra ese riesgo de tener que pagarla nuevamente.

  6. Efraín López • 11 mayo, 2012

    María el trámite lo puede hacer el dueño registral del vehículo sin necesidad de un abogado.

    Si por cuestiones de tiempo no puede ir, entonces si.

    Saludos.

  7. Maria Mora • 11 mayo, 2012

    Buen dia estimados señores, no me queda claro si se debe acudir a un notario para que confeccione la escritura para la solicitud del cambio de placas por esta razón.

    • Silvia Pacheco • 11 mayo, 2012

      Efectivamente el trámite de reposición de placas lo debe hacer necesariamente el dueño registral del vehículo. De lo contrario, necesitará recurrir a un notario para otorgar poder especial a favor de la persona que realice el trámite. Es importante tomar en cuenta que el Registro exige en estos casos que el poder sea otorgado en escritura pública y que el documento se presente incluso con la boleta de seguridad correspondiente. Costo de honorarios por otorgamiento de poder según el Arancel es de 75,000 colones.

  8. Mauricio Alfaro • 11 mayo, 2012

    En caso de que se quiebre o se dañe el parabrisas por algun motivo, como se procederìa????

    • Silvia Pacheco • 11 mayo, 2012

      Nos parece entender que la duda de don Mauricio Alfaro se refiere al caso de que el parabrisas, en el que se adhiere la calcamonía de identificación adicional, sufra un daño, por lo que resulte necesario gestionar nuevamente la obtención de la misma. Nos parece que igualmente en este caso se obligará al interesado a gestionar la reposición total, tanto de las placas metálicas como de la calcamonía, toda vez que así se dispone en el inciso b) del Transitorio II del Reglamento, a saber: “Transitorio II.—Debe de entenderse que cuando se solicite cambiar las placas por alguna de las siguientes razones, deberá sustituirse tanto los soportes metálicos, como el dispositivo de seguridad adicional: (…) b)Cuando por deterioro, destrucción, robo o pérdida se haga necesario reponer una placa metálica o el documento de identificación adicional.

  9. Efrain Lopez Salazar • 10 mayo, 2012

    Yo ire mucho antes de que me corresponda, esa mala costumbre de dejar todo para el final…

  10. Lic. Carlos Enrique Leiva Rojas • 10 mayo, 2012

    Qué bueno que hicieron esta aclaración. Ya me parecía que solamente 1 mes para que todos los dueños de vehículos terminados en 1 y 2 cambien de placa era demasiadísimo poco tiempo. Estaba pensando en el caos que se iba a armar en el Registro. Más bien sabiendo que es posible realizar el cambio en forma voluntaria, pensaría que muchos vamos a optar por hacerlo antes de que la medida sea obligatoria. Gracias por la información.