Notarios saturan sistema de citas de afiliación a la CCSS

Consecuencia de la gran cantidad de notarios que han acudido en estos días a obtener su cita de afiliación como trabajadores independientes de la CCSS, nos informan que los horarios disponibles se encuentran saturados para los próximos meses, principalmente en las sucursales del Gran Area Metropolitana. Recuerde que el interesado debe necesariamente realizar el trámite en la […]

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Abogada y notaria. Especialista en administración de bases de datos de información jurídica, investigaciones jurisprudenciales y editora de contenidos legales. Consultora en proyectos de informática jurídica en la región centroamericana. Encargada de la administración y actualización de Tirant Cálculos Legales: timbres, honorarios profesionales, patentes, prestaciones laborales y otros. Moderadora del blog www.puntojuridico.com

14 de 14 Comentarios

  1. GILBERTH CALVO VALVERDE • 16 octubre, 2015

    Saludos cordiales. Sobre el ingreso mínimo de referencia, puedo comentar que la Caja lo fija cada seis mes mediante acuerdo de junta directiva. Normalmente es sobre la cotización mínima de referencia, en este momento anda rondando los doscientos mil colones, pueden las autoridades solicitar el monto exacto.

  2. Joe Montoya • 23 septiembre, 2015

    La reforma del año 2011 (Ley 8909 del 8 de febrero del 2011), al artículo #74 de la Ley Constitutiva de la CCSS, tiene más de 4 años de estar en vigencia y la “costumbre administrativa” de la Dirección de Notariado, además de lo que ya se ha indicado por los estimables colegas, tiene un efecto de interpretación e integración con dicha, como bien lo señala el artículo #7 de la LGAP #6227, por lo que no se puede venir a “legislar” con una interpretación jalada del pelo. Además, el pretender inhabilitar a un notario, con base en un criterio y en contra de los criterios que se han venido practicando, no es otra cosa que tratar de lesionar derechos adquiridos en su licencia para ejercer el notariado, sin tener que recurrir al proceso contencioso de lesividad. Y en todo caso, por si no se han dado cuenta, el departamento de cobro de la CCSS, anda inflando deudas, cobrando intereses ilegales de usureros, a los que no los autoriza ninguna ley y realizando toda clase de abusos y atropellos de todo tipo.

  3. Ana Victoria Sánchez Villalobos • 23 septiembre, 2015

    Consulto: Eso de la facturación de los últimos seis meses es para afiliarse. Los que ya estamos afiliados hace años como trabajadores independientes, ejerciendo como Notarios y como Abogados, no tenemos que hacer nada?
    Comento: A mí me parece que la afiliación debe ser con el salario mínimo establecido y que, como sucede con las planillas de los trabajadores, debamos presentar planillas mensuales reportando lo que ingresó cada mes. Me parece muy arbitrario que fijen a los que se están afiliando, bajo ese esquema, porque todos sabemos que el ejercicio del notariado es muy caprichoso. Como dijo alguien por ahí, puede que un semestre sea muy bueno, y el próximo ya no.

    • Hugo • 25 septiembre, 2015

      No.

  4. genie Alfaro Silva • 23 septiembre, 2015

    Me encuentro de acuerdo con el pago de seguro como trabajador independiente, pero siento un abuso en cuanto al monto o porcentaje que nos aplican pues para afiliarme me solicitaron las declaraciones de hacienda, porque con esos monto se le aplica el 12%. si la declaracion arroja un millon por mes se debe pagar 120.000 colones mensuales de seguro. Monto que va a quedar fijo para pagar mensualmente no siendo asi nuestro ingreso pues hay meses muy fructiferos y otros no tanto.

  5. Luis Fernando Moya Mata • 23 septiembre, 2015

    Que se aseguren los notarios que no cuentan con Seguro Social, que bien les servirá para su salud y en momentos difíciles. Posiblemente no les servirá para sacar citas médicas o hacer largas filas para ser atendidos, las cuales se incrementarían en unas catorce o dieciséis mil personas más. Yo, por mi parte, estoy inscrito en Seguridad Social como jubilado del Poder Judicial, pago mis cuotas , o sea, me las deducen de mi modesta jubilación y no pienso inscribirme en este otro régimen, el cual ahora está siendo cuestionado por el Colegio de Abogados y que a todas luces, es una imposición que tiene como principal motivo acrecentar las cuotas para la Caja que siente sus finanzas en muy mal estado financiero.

  6. Rosa Elena • 23 septiembre, 2015

    Buenas tardes! Saben que va a pasar con los que tenemos varios años de trabajar sin afiliarnos? Sería bueno que la DNN o el CA llegaran a un acuerdo para que no se nos castigue con multas por no habernos afiliado antes.

  7. MARIA LOURDES DELGADO JIMENEZ • 23 septiembre, 2015

    Buenas tardes, Lic. Pacheco, hay algun tiempo establecido para cumplir con la afiliacion, pues las diferentes oficinas de CCSS, el personal en afiliacion son muy escasos y manifiestan hacen x cantidad de afiliaciones al dia, y es mucho el volumen, me puede indicar o ayudar con mi inquietud.-

    • Silvia Pacheco • 23 septiembre, 2015

      EStimada María Lourdes. De hecho, en virtud de la saturación existente en este momento en los sistemas de afiliación, la DNN tomó el acuerdo de suspender la ejecución de la Directriz hasta tanto las autoridades de la CCSS establezcan mecanismos suficientes para atender en forma debida la suscripción masiva de notarios.

  8. Gino Cappella Molna • 23 septiembre, 2015

    Independientemente de que se deba estar inscrito como cotizante ante la CCSS e independientemente de que uno esté de acuerdo con la ley en este punto, lo cierto es que resulta una verdadera y abierta arbitrariedad e ilegalidad la exigencia de la DNN de ese extremo como requisito sine qua non para ejercer el notariado, so pena de suspensión, según entiendo, si se carece de tal requisito. Una cosa es cumplir con la legislación cuestionable sobre seguridad y previsión social, y otra bien distinta son los requisitos que la ley, no la administración pública, establece para ejercer una determinada actividad u ostentar una determinada autorización

  9. Lic. Marcelo Vega Acuña • 23 septiembre, 2015

    Estimada Lcda. Silvia Pacheco.
    Yo laboré por más de 32 años en el Registro Nacional. Soy pensionado por el Régimen, NO de la CCSS, sino por la Ley de Pensiones del Registro Nacional.
    Estoy ASEGURADO en la CCSS y a pesar de que no pago Invalidez, Vejez y Muerte, (no lo pago a la CCSS porque eso me lo rebaja el Fondo de Pensiones del Registro Nacional y que es un monto bastante alto).SÍ pago lo que es Enfermdad y Maternidad, y lo que me rebajan es también bastante alto.
    Mi consulta es si yo, a pesar de tener ya mi seguro, a pesar de que pago una alta suma por Enfermedad y Maternidad en la CCSS, tendré que “asegurarme también como trabajador independiente” en dicha Institución.
    De Usted, muy respetuosamente.

    • Silvia Pacheco • 23 septiembre, 2015

      Estimado don Marcelo. Vamos a consultar su caso con los funcionarios del Departamento de Inspección de la CCSS. Seguramente otros estimados suscriptores se encuentran en una situación similar a la suya, y podrán aprovechar la información que logremos averiguar. Esperamos tenerle una respuesta ma;ana a más tardar.

    • Silvia Pacheco • 24 septiembre, 2015

      Don Marcelo, acabamos de llamar al teléfono 2522-3013 del Departamento de Inspección de la CCSS. La funcionaria que nos atendió nos indica que en principio – a pesar de estar usted jubilado por ese régimen del Registro Nacional, igual tendría que cotizar como trabajador independiente a la CCSS, solo en lo concerniente al seguro de Enfermedad, y siempre que su ingreso como notario alcance un mínimo que define periódicamente la Junta Directiva de la CCSS. SIN EMBARGO, nos comentó que seguramente ANTES del próximo lunes, la CCSS en conjunto con la DNN emitirán un comunicado sobre la forma como serán tratados los distintos casos, entre ellos, notarios pensionados, o con ejercicio notarial esporádico o notarios ya asegurados como asalariados dentro de alguna relación de trabajo de dependencia. EStaremos entonces al pendiente para informarles tan pronto tengamos conocimiento de dicho comunicado.

    • Frank A. Góngora Baltodano • 24 septiembre, 2015

      Soy pensionado del Poder Judicial. Me siguen rebajando automáticamente para el Fondo Pensiones del Poder Judicial, e igualmente Seguro de Enfermedad y Maternidad, C.C.S.S. En este caso, mi consulta sería, tendría que asegurarme nuevamente, a pesar que me rebajan 102, 867.42 colones por seguro de Enfermedad y Maternidad?