Sindicato de profesionales en Derecho tramita también reforma al Código Notarial

El Lic. Guillermo Avila Vega,  Presidente del Sindicato de Profesionales en Ciencias Jurídicas y Notarios Públicos de Costa Rica (SIPROCIJUNO) nos solicita la divulgación de la siguiente nota relativa a un proyecto de reforma de algunos artículos del Código Notarial, actualmente en trámite ante la Asamblea Legislativa. Para conocer el texto completo de este proyecto […]

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Abogada y notaria. Especialista en administración de bases de datos de información jurídica, investigaciones jurisprudenciales y editora de contenidos legales. Consultora en proyectos de informática jurídica en la región centroamericana. Colaboradora del sitio www.leylaboral.com Encargada de la administración y actualización de Master Lex Cálculos Legales: timbres, honorarios profesionales, patentes, prestaciones laborales y otros. Moderadora del blog www.puntojuridico.com

17 de 17 Comentarios

  1. Lic. Guillermo Avila Vega • 22 octubre, 2018

    Buenas tardes doña Silvia.
    Efectivamente seguimos trabajando en el proyecto de ley de Reforma al Código Notarial, en el año 2015 y años sucesivos, no encontramos el apoyo necesario por parte del Colegio de Abogados que exigían algunos diputados para respaldsr este proyecto de ley. Hoy en día, hemos encontrado un gran apoyo de parte tanto de la Junta directiva del C A, como de la fiscaliza, que han resultado en ponernos de acuerdo para sin mayor trámite, presentar a la corriente legislativa dicho instrumento para su aprobación. Dios mediante nos reuniremos este miércoles para finalizar detalles.

  2. Lic. Lyzett Cordero • 21 octubre, 2018

    Estimada Lic. Silvia Pacheco, sabe usted algo al respecto de en que paró esta reforma? sabe usted si quedó estancado en la Asamblea Legislativa? o si lo retomó la Comisión de Competencia Desleal del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica?

    saludos cordiales.

    • Silvia Pacheco • 22 octubre, 2018

      No hemos tenido más noticias sobre este proyecto de reforma del Código notarial. Vamos a enviarle un correo al colega Guillermo Avila, quien fue el que nos solicitó en aquel momento la divulgación del texto para el conocimiento de todo el gremio notarial. En cuanto obtengamos una respuesta de parte de don Guillermo, se las haremos saber por este medio.

  3. carlos alberto valverde bonilla • 30 octubre, 2015

    Cuando a nosotros se nos fijó, hace unos años, por parte de la DNN de entonces, de gratísima memoria, decía se nos fijó, el monto de la cuota a pagar al fondo notarial vigente, bastante alta en ese entonces para los que no somos abogados y notarios pudientes o de clase acomodada, se nos dijo como debía ser el sello blanco, que debía decir y hasta donde ir a encargarlo, donde debíamos comprar el papel de notariado, todo eso sin que se nos tomara el mínimo de consenso sobre las medidas que se implantaban; el representante del gremio brilló por su ausencia, y nosotros como borregos no nos quedó más remedio que acatar todas las disposiciones, más recientemente se nos ha obligado a usar X tipo de letra, X tipo de tinta en la impresora y solo faltó que se nos dijera la marca de la impresora a usar. Y nosotros, como el tango de Carlitos Gardel – silencio en la noche -… a propósito y en base a una demanda que interpuso un colega se ha dispuesto que a partir de enero se deberá de pagar una cuota de X colones por mes al fondo notarial, suma que en el caso mío que estoy de retirada es mas onerosa de lo que podría pagar pregunto ¿ ese va ser el monto de cuota que por cierto hay que pagar por mes adelantado? Y nosotros como borreguitos a pagar esa cuota así porque así. Me adelanto a lo que podrían decirme algunos colegas, “ Ydiay coleguita, si no le sirve… nadie lo obliga va jalando entonces…” A lo que yo respondería ¿para eso fue que estudie en la U de C R por espacio de ocho años? Y trabajado por mas de veinticinco años…¿Para que en el cenit de mi edad se me diga “ si no está de acuerdo, ¿ por que no se va?.

  4. Roy Rodríguez A • 30 octubre, 2015

    1-Que los nombramientos de la DNN deben salir del seno o agremiados convocados en Asamblea a tal efecto.
    2-Que la permanencia o no en el Fondo de Garantía Notarial sea una libre autodeterminanción.
    3-Que se exija la poliza de fidelidad ante INS.
    4-Que la mayor competencia desleal viene del mismo notariado institucional del Estado, se regule y se sanciones, así como a empresas como toyota, nissan que tienen a los notarios con salario.
    5-Que el día internacional del notariado no tiene porque ser declarado día no laborable.
    6-No permitir el financiamiento o pagos con fondos de los agremiados viajes, becas, seminarios, congresos, etc

  5. MARIA LOURDES • 30 octubre, 2015

    Mi estimado Julio Rojas, lo que pasa es que al usuario-cliente le sirve pagar menos aunque le hagan cochinadas, eso no es lo grave, es que cuando uno se ajusta al arancel y evidentemente cobra mas es un LADRON. Por eso es que se dice que los abogados son unos ladrones, no es asi es que los ladrones somos los que nos ajustamos a derecho, los demas son unos aprovachados, y como no es posible se regule, no existe animo ni deseo de hacer las cosas bien, pienso que esto viene desde las universidades mediocres que egresan profesionales mediocres, que como no les ha costado nada.

    Me alegra que el examen de incorporacion sea un colador, alli se ve la clase de formacion que tienen.-

  6. Julio Rojas • 30 octubre, 2015

    Es una pena que un usuario elija ejecutar un acto notarial con otro notario que le cobro hasta 80 % por debajo de los honorarios minimos, literalmete es “despellejar” al colega, regalarse o prostituirse. Pueden haber muchas buenas intenciones de reforma, pero lo que falta es CONTROL.

  7. Freddy Hoffmann • 30 octubre, 2015

    Sería interesante también, que quiten el timbre del Colegio de Abogados, ya que en las escrituras nos toca pagarlos a los notarios y no el cliente. Los montos en ocasiones son muy altos, y todos esos dineros se van al Colegio, que no hace nada por defender el gremio notarial, ya que para ellos solo existen los Abogados y nada más. Además, esos dineros estaban destinados por Ley desde su origen al Fondo de Retiro de los Abogados y Notarios; pero esos dineros se los han gastado en agasajos y otros, sin que exista dinero alguno a la fecha para cubrir nuestra pensión.

  8. Mariana • 30 octubre, 2015

    Jiménez, el miedo suyo no es infundado, trabajé como fiscala, los criterios de escogencia de notarios a inspeccionar son antojadizos, no los tienen claros, se escoge por cualquier cosa, los fiscales en su mayoría no tienen idoneidad, no reciben capacitación del director y para entrar como fiscal como en mi caso solo tuve que tener una buena presencia, enagua para arriba de la rodilla y listo, y hasta un puesto superior me ofrecieron, como en mi caso los fiscales en su mayoría no saben registral ni notarial tampoco redactar una documento notarial si no es copiando de alguna parte. Para qué todo esto, para que los notarios pidamos cuentas en manos de quienes estamos siendo inspeccionados.

  9. jotajota • 29 octubre, 2015

    Saludo a la bandera, el artículo 166 a mi humilde parecer esta redactado erróneamente, y probablemente va a encontrar problemas de legalidad, en tres puntos al menos, otorgarle la obligación a un notario de conocer el valor real de un inmueble, esto le corresponde a un perito y responde a un proceso, (el valor real de el inmueble para efectos notariales, deberá ser el mas alto entre el tributario y el reportado por las partes, no es obligación de el notario entrar a valorar bienes ) además de no poder embargar los depósitos excepto por pensión alimenticia, esto en dos sentidos, primero la orden del juez de pensiones podría embargar los impuestos de traspaso, y segundo las obligaciones civiles de los notarios estaría protegidas en estas cuentas, hechos que a todas luces se puede prestar para abusos; la tercera barrera es que los bancos pasaría a ser un tipo de notario no oficial, que podría tener problemas a la hora de valorar la validez o no de un traspaso al momento de aceptar los honorarios y timbres, por ejemplo tendría que entrar a valorar la ganaciabilidad de los bienes, o el visado municipal en el plano, por citar algunos ejemplos, no creo que el banco este de acuerdo en esto, sin cobrar su justa comisión. Finalmente no me imagino a un par de clientes míos haciendo fila en el banco para explicar y pagar estos montos.
    La propuesta debe ir en un sentido un poco diferente, ya que este control se debe ejercer después de que los comparecientes han firmado y pagado al notario, el notario al momento de pagar los impuestos de traspaso deberá también aportar el respectivo recibo timbrado por los honorarios correspondientes, y será OBLIGACIÓN DE LA DNN, verificar que los mismos correspondan a los honorarios correctos, una vez revisado este aspecto el registro procederá a la valoración de el documento, para este proceso el registro y la DNN deberán compartir la base de datos, al menos de el escaneo de los recibos de honorarios, y la DNN deberá tener un código de aprobación o de rechazo, el mismo deberá se usado por la DNN máximo una hora después de escaneado el documento. No debemos atribuirle nuevas obligaciones a los bancos ni a el registro, ya que ellos no estarían anuentes, pero la DNN si tiene en su fundamento legal esta obligación.

  10. Luis Diego Hernàndez Nùñez • 29 octubre, 2015

    Ciertamente, una de las grandes problemáticas en el ejercicio notarial son: manejo de dineros, competencia desleal y pago del impuesto de renta. Lamentablemente, pareciera que la gran oferta de servicios y la poca demanda, resultan de provecho para quienes requieren de los servicios notariales, quienes de una de de otra forma cotizan los servicios, escogiendo al profesional, en muchas ocasiones, no por su capacidad o seriedad, sino por el precio. Por ese motivo debe exigirse también a los usuarios de los servicios notariales, que el pago de honorarios constituya un requisito de eficacia del acto notarial, lo cual puede lograrse mediante un entero bancario (BCR); como si se tratara de un timbre mas. El Banco depositaria el pago de honorarios a una cuenta del notario creada para tal efecto, de manera que todo acto notarial: Autenticaciones, certificaciones, actas, escrituras de venta, etc, deben llevar un entero bancario donde se registre el pago de honorarios, con esto se resuelve la competencia desleal y el problema de renta, así como la retención de dineros por parte de los notarios, ya que con dicha medida, el gremio contarían con mejores ingresos para solventar sus necesidades personales.

  11. MARIA LOURDES • 29 octubre, 2015

    Muy buena la iniciativa, mis felicitaciones, debo con todo respeto sugerir:
    1.) HE INSISTIDO en que los notarios debemos de tener acceso a la plataforma del Tribunal Supremo de Elecciones, para corroborar la veracidad de la identidad del cliente.
    2.) Podra negociarse que de la poliza que estaremos obligados a pagarla como hasta ahora el FONDO DE GARANTIA, se asigne una parte de esta para una futura pension para la vejez de los notarios, esto por cuanto la competencia desleal, la multitud de notarios, gastos fijos, poco queda para un ahorro para la vejez.

    Quisiera ser parte de este grupo de valientes que desean enaltecer esta profesion tan digna, y que hemos permitido de manera cobarde que algunos pocos la pisoten, y degraden a cobros risible, en heredia hay notarios que cobran entre 5000 y 10000, por cualquier acto notarial y los despachos estan llenos, los honestos sus despachos estan vacios.

    Para mi es un honor y orgullo de ser una abogada y notaria honesta, me ajusto al arancel.-

  12. Jose Juan Sanchez • 29 octubre, 2015

    Muy buenas ideas que deben ser apoyadas sin mas complicaciones: que se depositen los honorarios al BCR junto con los timbres, el fondo del BN Vital es una burla y la poliza defidelidad del INS con garantia real o personal va a dar lo que los usuarios merecen: seguridad juridica.

  13. Ronald Soto • 29 octubre, 2015

    Muy buena iniciativa… Me parece que hasta he soñado con una norma similar al numeral 166 que se menciona, con respecto a un método de pago de honorarios que nos impida a los notarios cartulantes cobrar montos menores a los mínimos de ley.

  14. Jiménez • 29 octubre, 2015

    Cómo me gustaría que el nuevo Código dijera que la DNN APOYARÁ a los Notarios, resolverá sus consultas y defenderá sus intereses, en vez de dar más poder para sepultarnos. Yo, obvio estoy en contra de la competencia desleal, y me he metido a veces en problemas por la dignidad del ejercicio del Notario, pero no puedo apoyar que vuelva una DNN como la de Alicia Bogarín, que desató cacerías de brujas simplemente por el placer de fastidiar. Colegas uno necesita paz y seguridad jurídica para trabajar. Es necesario distinguir entre un Notario decente, responsable, honrado y trabajador; y un Notario que es un delincuente. Si hay un sindicato, por favor que luche por mejores condiciones, menos persecución y una normativa clara y sin miles de detallitos para resbalarse. Que se persiga la conducta delictiva y QUE SE NOS DEJE TRABAJAR EN PAZ, PROTEGIDOS Y NO PERENNEMENTE ATACADOS.

    • Danilo Alberto Salinas Chaves • 04 noviembre, 2015

      Comparto en todo lo expresado por el señor Jiménez, la verdad que los pequeños, que no tenemos grandes ganancias ni trabajamos con las instituciones del Estado siempre salimos perdiendo y somos quienes tributamos en todo y pagamos todo, lamentablemente nadie hace nada por el de abajo, el que viene luchando por salir adelante honradamente, ya basta de persecución, hasta por una coma se sanciona al Notario honrado, es el colmo, y los que hacen su “fiesta” los “grandess”no son requeridos núnca!