Sigue apareciendo al cobro impuesto a las personas jurídicas en CrearEmpresa y en Tasaban
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EL BLOG JURÍDICO DE COSTA RICA
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Estimado don Milton. Efectivamente el Registro Nacional publicó varias regulaciones a la Ley 9024. La posibilidad de cobrarle en forma solidaria a los representantes legales está claramente estipulada en el último párrafo del art. 4 de la Ley: “Los representantes legales de las sociedades mercantiles, empresas individuales de responsabilidad limitada y sucursales de una sociedad extranjera o su representante, serán solidariamente responsables con esta por el no pago del impuesto establecido en la presente ley.” Lamentablemente la acción de inconstitucionalidad que se declaró parcialmente con lugar en contra de la norma no abarcó en nada este tema de la responsabilidad solidaria de los representanes legales.
Doña Silvia listo, un gusto poder colaborar en su blog.
Listo se ha corregido en ambos sitios favor pasar la noticia a los demás colegas
Muchas gracias don José por su aporte. Vamos a comunicarlo para la tranquilidad de todos los usuarios de Tasabán y de CrearEmpresa.
!QUE INEPTITUD!! Cómo puede ser que los encargados NO ACTUALICEN a tiempo estos sistemas. Y los pagos que se realicen con este error??? Espero que los reintegros sean fáciles de gestionar y no después de 10 meses!!
Milton Arias Castrillo • 05 enero, 2016
Publicaron el reglamento a la ley 9024 y de no ser así, pueden llegar hasta el cobro judicial a los apoderados generalísimos, dada su condición de solidaridad ?