Sala IV CAMBIA DE CRITERIO: SEGURO PARA EXTRANJEROS CASADOS CON COSTARRICENSES
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Hola buen día tengo una pregunta yo soy extranjero e igual mi esposa nos casamos en nuestro país de origen, pero me dijeron en la caja de seguro q no puedo asegurar a mi esposa yo tengo 7 años de ser asegurado activo de la caja y necesito información al respecto.
A mi me han negado ese beneficio familiar por no tener la cedula de recidencia vigente pero ya solicite la renovacion de la misma para lo cual el unico requisito faltante es el seguro social. Tengo casi seis años de union libre con un costarricense con el cual hemos procreado una niña de cinco años y un niño de dos años. Soy nicaraguense. Migracion m exige el seguro social y en las oficinas del ebais de tirrases en curridabat no me aceptaron la solicitud de beneficio familiar aun presentando la resolucion de migracion y en las oficinas centrales de la caja solo me dan la opcion del seguro voluntario( aún con cedula de residencia vencida). Actualmente no estoy en capacidad de hacerme de una responsabilidad que al final no podre asumir y no quiero acumular deudas con la caja. Ademas si mi pareja esta asegurado por que yo no puedo beneficiarme de eso?
Buen dia!
Serian tan amables de indicarme si este voto es vinculante para todos los extranjeros, o solo para quien presentó el recurso.
Gracias.
Correcto. Tenemos entendido que efectivamente el voto es vinculante para todos los extranjeros en la misma situación contemplada en el fallo. Estábamos buscando el texto del art. 20 del Manual de Adscripción y Beneficio Familiar de la Caja Costarricense del Seguro Social, a fin de comprobar si tiene alguna referencia a este voto de la Sala Constitucional pero lamentablemente no logramos encontrarlo en la base de datos de la CCSS. Mejor será entonces que confirme directamente a alguna oficina de dicha institución. Muchas veces pasan meses antes de que los votos de la Sala IV sea publicados en el Boletín Judicial.
Muchísimas gracias licenciada. No creo que hayan anotado ese voto al artículo 20 de la CCSS, pues en los EBAIS siguen manteniendo ese mismo criterio.
Voy a seguir buscando… Le dejaré saber…
Le agradeceremos mucho cualquier información que nos pueda brindar sobre este tema tan importante.
Natalia • 19 agosto, 2021
Buenas Licenciada.
Yo soy costarricense y vivo en una relación de hecho con un costarricense también, él trató de asegurarme pero nos rechazaron porque yo aún me encuentro casada. Yo no he podido divorciarme porque esta persona NO se encuentra en el país desde hace muchos años y revisando el reglamento de CCSS dice que “ • Se puede incluir también a cónyuges separados con pensión alimentaria y
beneficiarios de pensión por sucesión” entonces en mi caso cómo se haría ? Muchas gracias por su valiosa ayuda.