Respuesta del Registro sobre revocatoria del Reglamento a la Ley de Impuesto a las sociedades
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EL BLOG JURÍDICO DE COSTA RICA
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Estimado don Henry.- Sobre el recurso de aclaración y adición que en su momento se formuló contra el voto de la Sala Constitucional relativo a la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas publicamos una nota en este blog. Puede entrar a ella haciendo clic sobre el siguiente vínculo: http://www.puntojuridico.com/resuelven-solicitud-de-aclaracion-y-adicion-de-voto-que-declaro-inconstitucional-ley-de-impuesto-a-las-personas-juridicas/
La Sala no quiso entrar a aclarar la ambigüedad creada por los señores diputados con la Ley 9024. Se debe ir a pura integración con otras normas.
Y mantuvo las obligaciones del pago del impuesto.
La nueva versión de Ley viene con las mismas carencias en lo relativo a la aplicación de sanciones por incumplimientos y sobre como conectar las normas que dejó vigentes en el tiempo la Sala Constitucional.
Henry • 10 noviembre, 2016
Buenos días
Seguimos mal, cómo es posible que una ley que es declarada inconstitucional mantenga efectos jurídicos y económicos, eso es algo que va en contra de lo más elemental, propio de un curso básico introductorio de Derecho. Sin embargo, estos Señores Magistrados, por responder a fines políticos creen que cómo dice Pedro Haba, se encuentran en una especie de dimensión inaccesible para el resto de los mortales en donde yacen fundamentos teóricos tan elevados que sustentan sus conclusiones y que nunca entenderíamos.
Aprovecho para consultarle a la Lic. Silvia Pacheco sobre la solicitud de aclaración y ampliación que se solicitó con respecto al fallo de inconstitucionalidad sobre los 3 artículos de la Ley del Impuesto a las Sociedades, con la particularidad que uno de esos artículos es el de su creación, ya que en lo particular no supe al respecto. Gracias.