Responsabilidad solidaria en el Impuesto a las Personas Jurídicas

Sobre un tema que ha generado mucha inquietud con la publicación del Reglamento a la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas, en virtud de la existencia de varios numerales, que en ambas normativas,  tratan sobre las personas llamadas a responder ante el incumplimiento en el pago de este impuesto,  agradecemos a don José María […]

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Socio de Facio & Cañas, de su departamento de impuestos (Faycatax S.A.)y de www.impositus.com la comunidad tributaria. Profesor de Derecho Tributario en la Universidad de Costa Rica y en la Universidad Fundepos. Miembro de la International Fiscal Association (IFA) y del Instituto Costarricense de Estudios Fiscales (ICEF)

4 de 4 Comentarios

  1. Jenny • 06 octubre, 2017

    En relación a la responsabilidad solidaria de los socios me queda la duda: En sociedades pequeñas que los socios perdieron contacto, llevándose el socio mayoritario los libros fuera del país, como puede el socio minoritario renunciar a su condición de socio para no verse afectado?

  2. VICTORINO JIMENEZ RODIGUEZ • 05 junio, 2017

    Pregunto si ya existe un reglamento que regule el procedimiento para inscribir los socios en el BCCR

    • Silvia Pacheco • 06 junio, 2017

      Estimado don Victorino, Mediante Transitorio a la Ley para mejorar la lucha contra el Fraude Fiscal que entró a regir el año pasado, se le concedió al BCCR, al Ministerio de Hacienda y al Instituto Costarricense sobre Drogas un plazo hasta el 1 de enero de 2019 para que pongan a funcionar un sistema informático que cumpla con las medidas de seguridad y trazabilidad de la información, de conformidad con estándares internacionalmente aceptados de confidencialidad de la información. Será en ese momento que podrán las sociedades cumplir con su obligación de proporcionar anualmente la indicación de los accionistas y beneficiarios finales que tengan una participación sustantiva, o bien cada vez que se produzcan cambios en la tenencia de dichas acciones. No vemos que la Ley obligue expresamente a la emisión de algún reglamento pero probablemente así se hará pues será necesario definir muchos aspectos sobre el uso que las sociedades deberán hacer de ese nuevo sistema electrónico de Registro de Accionistas.

  3. MARIA LOURDES DELGADO JIMENEZ • 05 junio, 2017

    Buenas tardes. Es obvio que si los representantes legales que en sociedades pequeñas siempre son los socios habian renunciado antes del 2016, no harian los tramites de actualizar datos ante el BCCR.