Registro Nacional regresa hoy a su horario regular

A partir de hoy, 11 de mayo, el Registro Nacional, tanto en su sede central como en todas las regionales,  laborará nuevamente en su horario regular. De lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 3.30 p.m. en jornada continua. Diario:  De lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 3:00 p.m. en jornada continua. Regionales de […]

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Abogada y notaria. Especialista en administración de bases de datos de información jurídica, investigaciones jurisprudenciales y editora de contenidos legales. Consultora en proyectos de informática jurídica en la región centroamericana. Encargada de la administración y actualización de Tirant Cálculos Legales: timbres, honorarios profesionales, patentes, prestaciones laborales y otros. Moderadora del blog www.puntojuridico.com

5 de 5 Comentarios

  1. Antonella Gucci • 23 mayo, 2020

    Por favor que se puede hacer si no se está de açuerdo con el liquidador de una sociedad q tiene un bien. Inmueble
    El liquidador dice que hay que vender primero el terreno y luego repartir la ganancia como corresponde,y yo quiero me de la parte de tierra a la cual tengo derecho. Además se nombró liquidador con un abogado y yo ni me enteré hasta hoy.
    Muchas gracias.3NpS

  2. Jeanneth • 13 mayo, 2020

    Saludos, me gustaría saber que requisitos necesito para inactivar una sociedad, ya que todavía no la podemos cerrar?

    • Silvia Pacheco • 15 mayo, 2020

      Una sociedad que ya no tiene actividad comercial debe declararse así dentro del sistema ATV del Ministerio de Hacienda. A partir de ese momento es claro que no podrá dicha sociedad emitir más facturas. Luego ya podrían proceder a la disolución de la sociedad a nivel registral para lo cual es necesario que los accionistas celebren una Asamblea acordando dicha disolución. Un notario público debe protocoliza el acta y se presenta al REgistro de Personas Jurídicas. Se requiere además la publicación de una aviso en La Gaceta.

  3. Rosaura • 12 mayo, 2020

    Buenas me gustaría saber precio para desincribir una Sociedad Anonima

    • Silvia Pacheco • 15 mayo, 2020

      La disolución de una sociedad anónima en el Registro de Personas Jurídicas conlleva el pago de timbres por una suma de 47,500 aproximadamente. Los honorarios del Notario ascienden a 102,500. Además debe pagarse la publicación de un aviso en La Gaceta por una suma aproximada de 4,000.