Exigen especificar fecha y hora de en el engrose de los testimonios registrales
Varios estimados usuarios de nuestro sistema Gestor Notarial nos han estado llamando para comentarnos sobre el defecto que les anotaron en sus testimonios tramitados en Ventanilla Digital. En dos casos, incluso les fue cancelada totalmente la presentación al Diario. Aparentemente la razón de ello fue la omisión de establecer en el engrose, la hora y fecha exactas de expedición del testimonio.
Sabemos que tradicionalmente lo que se ha estilado indicar es que se trata de un primer testimonio, expedido en el mismo acto de otorgarse la matriz.
Estamos tratando de obtener información directamente en el Registro Nacional sobre alguna circular o directriz en la que se detallen las razones de esta posible nueva exigencia.
Algunos colegas consideran que como ahora quedan claramente evidenciados dentro de la «firma digital» con la que el notario autoriza los testimonios electrónicos, la hora y día exactos de su expedición, los registradores tienen la posibilidad de confirmar si en efecto coinciden con la hora y fecha de otorgamiento de la escritura matriz.
Al respecto leemos lo siguiente en el art. 115 del Código Notarial: «El engrose debe hacer constar que se reproduce el instrumento matriz, identificándolo con su número, la página donde se inicia y el tomo del protocolo donde consta; la conformidad de la confrontación con el original; además, si se trata del primer testimonio o del ulterior y en qué momento se expide, así como el lugar, la hora y la fecha, si se extiende con posterioridad a la autorización de la matriz. En la reproducción parcial debe expresarse esta circunstancia.» (Lo subrayado no es del original)
Siempre hemos entendido que la obligación de indicar la hora y fecha de expedición de los testimonios solamente aplica tratándose de «ulteriores testimonios»; no así cuando lo que se tramita es el primer testimonio.
Registralmente, estos datos son importantes a fin de que los señores registradores puedan verificar que el notario se encontraba debidamente habilitado para ejercer el notariado tanto en el momento de otorgarse la matriz como con la expedición del testimonio.
Apenas tengamos más información al respecto, se las compartiremos por este medio. Estamos pensando también elevar la consulta a la Dirección Nacional de Notariado para que puedan ayudarnos a interpretar debidamente el art. 115 antes indicado.
De momento, estimados usuarios de nuestro sistema Gestor Notarial que deseen establecer la hora y fecha exacta de expedición de sus testimonios deben ingresar a la cejilla de CONFIGURACIÓN y allí elegir MARGENES e ingresar donde aparece el término ENGROSE en el margen superior como aparece en la siguiente imagen:
Allí el sistema le permitirá editar el texto que se desee introducir en el engrose.
Kathia Marcela Garro M • 10 enero, 2022
Buenas noches licenciada. Hay alguna novedad sobre este tema?
Saludos