Registro de Personas Jurídicas exige porcentaje mínimo de mujeres en Junta Directivas de Asociaciones

El 27 de diciembre pasado, se publicó en La Gaceta, la Ley No. 8901 denominada “Porcentaje mínimo de mujeres que deben integrar las Directivas de Asociaciones, Sindicatos y Asociaciones Solidaristas”, la cual reformó el inciso 1 del artículo 10 de la Ley de Asociaciones No 218, el art. 42 de la Asociación Solidaristas No. 6970 […]

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Abogada y notaria. Especialista en administración de bases de datos de información jurídica, investigaciones jurisprudenciales y editora de contenidos legales. Consultora en proyectos de informática jurídica en la región centroamericana. Colaboradora del sitio www.leylaboral.com Encargada de la administración y actualización de Master Lex Cálculos Legales: timbres, honorarios profesionales, patentes, prestaciones laborales y otros. Moderadora del blog www.puntojuridico.com

13 de 13 Comentarios

  1. Diego Gonz{alez Calvo • 19 julio, 2012

    en realidad esta imposicion es más que absurda, no pór no querer involucrar al otro género sino por que hay actividaes específicas de cada género( hombre ó mujer ), como por ejemplo “las damas vicentinas”, “asociaciones contra el maltrato a la mujer”,” asociacion nacional de tiro al blanco” y cosas por el estilo, y no todas las personas van a estar interesadas a participar en algo que no les interesa!!!

    gracias doña Gloria Valerin!!

  2. Mario Calvo M. • 27 marzo, 2011

    Ya sabemos que esa absurda ley es todo un problema, pero lo que me interesa saber es ¿qué se puede hacer?… ¿acaso hay que poner un “salacuartazo” para que esto se arregle?

  3. Kendall David Ruiz Jimenez • 18 marzo, 2011

    Señores ademas d elo ya aportado no entiendo como crean esta “equidad de genero” a la fuerza… Es un absurdo y lo peor esta afectando a más de una Asociación y lo digo con conocimiento de causa….

  4. Rafael Umaña Miranda • 13 febrero, 2011

    Hola que tal, soy estudiante de bachiller en derecho, deceo opinar que esto es muy absurdo, no se que piensan nuestros legisladores, no pensaron en nuestro derecho de libre asosiación, ya que muchas veces las personas, hombres o mujeres no decean formar en una junta de asociación independientemente de la cantidad que la conforman.

  5. Noelia De Leon • 28 enero, 2011

    El espiritu de la ley debio ser mejorar la participacion de la mujer en juntas directivas del sector publico,en el sector privado la participacion es voluntaria,las organizaciones creadas con el fin de trabajar por y para las mujeres,ahora deberemos buscar hombres que quieran ayudar?
    Como dice un dicho “No me defiendas comadre”
    A donde quedo el derecho a la libre asociacion?

  6. VIVIANA • 25 enero, 2011

    Mi pregunta es que sucede si en una Asociación, las mujeres NO QUIEREN ACEPTAR CARGOS, de hecho ayer fui a una Asamblea de un acueducto en la cual, las mujeres presentes NO ACEPTARON CARGOS, Y LA JUNTA SE CONFORMO SOLO CON HOMBRES, HAY QUE OBLIGARLAS O SIMPLEMENTE QUE NO SE NOMBRE JUNTA, ME PARECE EXTREMADA LA NORMA, por favor, averiguar que hacer en este caso. Gracias

  7. Ariel Montero Blanco • 21 enero, 2011

    que pasa…? que sucede…? como se hace si…? lamentablemente los personajes encargados de legislar, regular, regalmentar, etc no piensan en estas preguntas antes de sacarse alguna genialidad de estas debajo de la manga, y por su puesto tampoco piensan en las limitaciones y retrasos que le ocacionan a un sector importante de la poblacion.

  8. Víctor Mata Soto • 21 enero, 2011

    ¿Que pasaría si en una Asamble Solidarista esta nombra solamente hombres o en su efecto 1 u 2 mujeres, esto por cuanto es esta asambles la que elige sus directores, en este caso que pasaría, la declaran nula, un asociado la podría inpugnar?

  9. Monica Zamora • 20 enero, 2011

    Qué absurda imposición de “equidad de género”, es totalmente inconstitucional, y una empresa como muchas en que por su giro, sólo tienen peones de construcción y un par de ingeniero, y únicamente la secretaria? Entonces, se les niega el derecho de constituir su asociación solidarista???? Es absolutamente inconstitucional.

  10. Gerardo J. Echeverría Hernández • 20 enero, 2011

    Como dijo Ligia Quesada, hay asociaciones de solo hombres o solo mujeres. También las hay en que la proporción de cada sexo no es suficiente para cumplir con el ridículo requisito legal…¿Que se hace entonces?
    Aunque no es asunto de asociaciones, por este camino, pronto nos rechazaran la inscripción de un documento por no usar el calificativo de género en forma correcta, según el criterio de un registrador: Por ejemplo, yo utilizo “Finca matrícula trescientas…” y alguno me puede decir que es “Finca matrícula trescientos…”
    Estamos llevando las cosas a extremos muy ridículos.

  11. Ligia Quesada • 20 enero, 2011

    No pensaron los legisladores que hay asociaciones conformadas solamente por hombres o solamente por mujeres. Tengo el caso de una asociación de religiosos en la que solamente pueden ser miembros de la misma los sacerdotes de la orden y los estudiantes del Seminario, hombres también lógicamente. Los integrantes de la Junta Directiva tienen que se asociados, ¿qué hacemos entonces?

  12. Lic. Juan Carlos Solano García • 20 enero, 2011

    Me preocupa en los caso en donde la Asamblea ya escogió la junta directiva, previo a la directríz. Muchas están en proceso de protocolización o autenticación y apenas se stán presentando al Registro.

    También el caso concreto de las asociaciones fundadadas y en proceso de trámites para su unscripción como el de las Asociaciones deportivas.

    Por último que pasa con las asociaciones de género “hombres de negocios” “damas voluntarias” etc.

  13. Roy Rodríguez • 20 enero, 2011

    ¿Qué pasa con las Asociaciones que se reunieron en Asamblea y eligieron nueva junta directiva antes de la publicación de la Ley y de las que todavía no se tramitan los cambios ante el Registro? ¿Deberá estar el trámite iniciado para que no le aplique la directriz o se tomará como punto de partida la publicación de la Ley independientemente del inicio del trámite? Y Esta reforma es tan o más ridícula que pretender cambiar la letra del Himno Nacional. Serían tan amables de hacer la consulta al Registro por favor.