El estimado colega Casimiro Vargas nos ha hecho llegar un nuevo artículo, esta vez sobre una inquietud que muchos se han formulado: ¿Deben presentar declaración en el Registro de Transparencia, las sociedades domiciliadas en el extranjero con cédula jurídica costarricense? —————————————————- La Ley 9416 (Ley para Mejorar la Lucha contra el Fraude Fiscal), fue la […]
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Obtuvo su grado de licenciatura en Derecho en el año 1985 y se incorporó al Colegio de Abogados de Costa Rica en noviembre de ese mismo año. Desde entonces ejerce el derecho en la Zona Sur de Costa Rica como su base operacional, aunque brinda sus servicios en múltiples lugares a nivel nacional. Cuenta pues con más de 34 años de experiencia en el ejercicio de su profesión tanto a nivel nacional como internacional. Fundador y socio del Bufete CVFIRM Abogados ubicado en San Isidro de El General, el cual es actualmente una firma legal orientada a, y altamente especializada en el mercado de Bienes Raíces, Derecho Corporativo, Debida Diligencia y Anti-Lavado de Dinero. Socio Fundador de la empresa E&T ESCROW & TRUST SOLUTIONS S. R. L, empresa pionera a nivel nacional en brindar servicios de “Escrow” y fideicomisos, entre otros, desde el año 1996. Es además socio fundador de las empresas ACCOUNTING & FINANCE CONSULTING PROVIDERS S. R. L. y CR PROJECT CONTROLLERS S. R. L., dedicadas a brindar servicios de contabilidad y auditoría a inversionistas de alto perfil. "
Concuerdo con Fernán Pacheco. Yo hice la prueba y efectivamente el sistema sí las incluye. Preferí declararlas, a que mis clientes se vean en riego de ser multados.
Totalmente de acuerdo con su interpretación. Me parece que este tipo de sociedades las están incluyendo -aunque la ley no lo requiere- por un aspecto meramente informático, es decir el Central Directo no puede distinguir cuando la sociedad extranjera es una sucursal y cuando no, esto por compartir el mismo formato de cédula jurídica. He gestionado cédulas jurídicas para sociedades extranjeras que ni siquiera tienen apoderados inscritos en el país al actuar mediante poderes especiales y aún así el sistema requiere que se declaren!
Carolina Kierszenson • 14 abril, 2020
Concuerdo con Fernán Pacheco. Yo hice la prueba y efectivamente el sistema sí las incluye. Preferí declararlas, a que mis clientes se vean en riego de ser multados.