Rectificación de datos de personeros podrá hacerse mediante protocolización de acta
El Registro de Personas Jurídicas estableció en su directriz DPJ-002-2016, el procedimiento para la rectificación de datos de los personeros de entidades jurídicas. Anteriormente existía el lineamiento en cuanto a que dichas modificaciones solamente podían realizarse mediante la comparecencia directa del personero interesado ante un notario.
En esta nueva directriz, el Registro dispone que según el artículo 152 del Código de Comercio, todas las facultades que la ley o la escritura social no atribuyan a otro órgano de la sociedad, serán de la competencia de la asamblea de accionistas, y conforme con lo estipulado en el artículo 27 de la Ley sobre Inscripción de Documentos en el Registro Público y el artículo 34 del Reglamento del Registro Público, Decreto Ejecutivo N° 26771-J, el registrador no debe cuestionar la validez y eficacia del documento en calificación.«… con la finalidad de agilizar el proceso de inscripción de documentos y siendo que la rectificación no constituye una nueva inscripción, sino que es una simple corrección de datos erróneos con la finalidad de brindar una mayor exactitud en la publicidad registral, se dispone: Cuando se realice la rectificación de datos personales y de identificación de alguno de los personeros de una entidad jurídica mediante la protocolización de actas de asamblea, siempre que el notario de fe de que se trata de la misma persona, dando así validez y procedencia de tales rectificaciones, no resulta procedente la consignación de defecto alguno en ese sentido. Igualmente es procedente la rectificación de datos por medio de escritura pública, mediante comparecencia directa del afectado y la fe notarial siempre deberá constar en dicho instrumento.»
De esta forma resulta mucho más fácil ahora la rectificación de datos de extranjeros, quienes requieren muchas veces actualizar sus números de pasaportes o sus cédulas de residencia, por cuanto ya no será exigida su comparecencia directa ante notario, siendo posible realizarlo mediante la protocolización de acta.
Para ver el texto completo de la directriz en comentario haga clic a continuación: VER DIRECTRIZ DPJ-002-2016
Jorge Castillo Arias • 14 marzo, 2018
¿Podrían decirme si es posible hacer la modificación del documento de identidad del representante de varias sociedades en un solo documento? Gracias.