Recordatorio: Abogados-Notarios pueden protocolizar piezas en procesos de cobro judicial
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¿Qué pasa con las notificaciones cuando el notario también es el abogado del proceso?
De conformidad con lo dispuesto en el art. 62 bis de los Lineamientos para el Ejercicio y Control del Servicio Notarial, nos parece que no es aceptado que el abogado que lleva adelante un proceso sea comisionado para realizar alguna notificación notarial dentro de la misma litis. Destacamos el punto de interés en el texto a continuación:
Artículo 62 Bis.- Notificaciones Notariales.)
Los Notarios Públicos en ejercicio pleno podrán realizar notificaciones notariales dentro de los procesos judiciales a las personas físicas, ya sea que se realicen de manera personal, en su domicilio contractual o en su casa de habitación, y a las personas jurídicas ya sea que se realicen de manera personal o en su casa de habitación al representante legal, en el domicilio contractual o en el domicilio real, y surtirán los mismos efectos de las notificaciones judiciales.
Los Notarios confeccionarán dichas notificaciones mediante acta notarial extra protocolar, utilizando para dicho acto notarial el papel de seguridad correspondiente. El Notario no podrá tener interés en el proceso, de conformidad con las regulaciones del Código Notarial.
Lic. Christian Vásquez R. • 26 octubre, 2021
Buenas noches, me salta la duda si es de igual manera posible para el abogado notario hacer la protocolización de un sucesorio que tramita judicialmente a efectos de inscripción de las adjudicaciones? Gracias.