Recomendación temporal para la estimación de traspasos de vehículo
Para ver el texto completo se debe estar suscrito.
EL BLOG JURÍDICO DE COSTA RICA
Para ver el texto completo se debe estar suscrito.
Lo mejor, sino se tiene el derecho de circulación a mano, es llamar a la línea gratuita del INS que se se llama TELEINS y preguntar el valor que aparece ahí, pues en la página de Hacienda según me dijeron es un valor estimado.
Yo tengo entendido que se paga sobre el mayor valor, sea de lo indicado en Tributacion Directa, Ministerio de Hacienda o sea de la informacion que indica el Registro Nacional de la Propiedad Mueble. Siempre es el mayor valor.
Efectivamente, de conformidad con la normas que regulan el impuesto de transferencia así como el Arancel del Registro Nacional, debe siempre pagarse sobre el mayor valor, entre el que aparece en el Registro Unico de Valores y el que convienen las partes en la respectiva escritura de traspaso. El problema es que sin advertir nada al respecto, los notarios siguieron utilizando como referencia el valor fiscal que aparece anotado en los asientos registrales de los vehículos, el cual – en este momento – es inferior al del Registro Unico de Valores del Ministerio de Hacienda. Nos parece que el Registro Nacional o el Ministerio de Hacienda debieron advertir de la situación para que los notarios tomasen las precauciones del caso, hasta tanto la base de datos del Registro se actualice con los nuevos valores de los automotores.
Yo fuí uno de los tantos afectados por este problema, ya que calculé los montos en base a la información del Registro y no del Ministerio de Hacienda, y ahora lo peor de todo es llamar al cliente y decirle que va a tener que esperar un tiempo más a que el vehículo quede a su nombre y además que por error le cobré menos!!! Tras de que desgraciadamente nosotros los abogados y notarios no tenemos buena fama y llegar donde un cliente y decirle que por error es necesario que pague más dinero, nada más imaginense lo que van a pensar. Que situación más desagradable.
Señores de Hacienda: Lo que interesa es que sus bases de datos expresen el valor fiscal del vehículo para el calculo correspondiente del arancel correspondiente.
No compliquen aún más las funciones del Notario con tanto requerimiento de información en la página al efecto.
Necesitamos digitar un número de placa y listo. Que la información sea ágil, expedita.
Sí necesitan más información del vehículo destinen sus funcionarios a ello y crucen información con las instituciones involucradas.
Mi comentario es que entendia que siempre cobraban sobre el mayor valor y ahora es el de tributacion. Se deberian coordinar entre autoridades antes de salir a la practica por la confucion, y la inseguridad para con nuestros clientes
Me parece sumamente irresponsable del registro y Hacienda, estén actuando de ésta manera, ya rayan los 30 días y conocedor el registro de ésto y no hace nada, no le parece que es mas caro para todos, tener documentos devueltos, que mediocridad.
Mientras no se actualicen, se pueden revisar en esta página web, que es el sistema de Autoconsulta del Ministerio de Hacienda utilizando la placa, porque es difícil a veces que la persona presente el derecho de circulación. Saludos.
Agradecemos a don Olman Aguilar el dato que nos suministra sobre esta página web del Ministerio de Hacienda. Vamos a incoporar la información directamente en el texto de nuestro comentario.
Esequias Lobo • 29 enero, 2013
No me cabe la mayor duda, que el Estado por todo lado quiere mas y mas plata, sin importarle quien lo pague, ya que ante la DNN el Notario siempre es el responsable, y para ello el notario tiene el deber y la obligación de verificar por todo lado, y lo peor, … no nos dan las herramientas…. la verdad, es que ejercer el Notariado cada vez se complica mas, mientras que en otros paises la situación es muy diferente… lastima que no aprendamos de paises desarrollados y mejoremos en el sistema informatico de algunas instituciones del Estado… gracias… Notario molesto ….