Recomendación temporal para la estimación de traspasos de vehículo
Hemos recibido la llamada de bastantes colegas preocupados por la situación que se está presentando en este momento en relación con el valor del que se debe partir para estimar los gastos de traspaso de vehículos.
Según nos indicaban, les fueron devueltas las escrituras de traspaso con el defecto de falta de timbres e impuesto de transferencia, en virtud de que debieron partir para la estimación de los mismos del valor fiscal establecido en el Ministerio de Hacienda y no del valor fiscal que aparece en el asiento registral de los automotores.
Algunos estaban confundidos pensando que lo que había aumentado era el porcentaje del impuesto de tranferencia, a saber, el 2.5% que establece en el art. 13 de la Ley 7088, pero ya hemos confirmado que dicho porcentaje no ha sufrido ningún cambio.
Efectivamente sabemos que en noviembre pasado operó un aumento pero en las tarifas del impuesto a la propiedad de vehículo (no de traspaso) establecidas en el artículo 9 de la misma Ley 7088, lo que ha provocó una revaloración de los vehículos.
En consulta esta mañana con algunos coordinadores del Registro de Muebles, nos indicaban que se está a la espera de la actualización de valores en el sistema del Registro para equipararlos con los del Registro Unico de Valores del Ministerio de Hacienda. Incluso nos señalaron que se esperaba que este sábado pasado se hubiera producido ya dicha actualización. Sin embargo, hasta tanto la misma no se produzca, la recomendación es estimar los gastos de traspaso partiendo del valor que aparece en las tarjetas de Derecho de Circulación y no del que se muestra en la base de datos del Registro de Muebles.
Según nos acaba de referir el colega Olman Aguilar, también es posible conocer el valor fiscal de los vehículos en la siguiente página web del Ministerio de Hacienda http://www.hacienda.go.cr/autohacienda/AutoConsulta.aspx
Estaremos al pendiente para informarles el momento en que se produzca la actualización de valores de esta base de datos a fin de suspender esta medida temporal de verificación del valor en las tarjetas del derecho de circulación.
Esequias Lobo • 29 enero, 2013
No me cabe la mayor duda, que el Estado por todo lado quiere mas y mas plata, sin importarle quien lo pague, ya que ante la DNN el Notario siempre es el responsable, y para ello el notario tiene el deber y la obligación de verificar por todo lado, y lo peor, … no nos dan las herramientas…. la verdad, es que ejercer el Notariado cada vez se complica mas, mientras que en otros paises la situación es muy diferente… lastima que no aprendamos de paises desarrollados y mejoremos en el sistema informatico de algunas instituciones del Estado… gracias… Notario molesto ….