Rechazan solicitud de devolución de rendimientos del Fondo Notarial
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EL BLOG JURÍDICO DE COSTA RICA
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La DNN sirve solo para imponer los notarios tareas y obligaciones.
Como ellos no se ven perjudicados por la situación del país por ser abogados ya posicionados, reconocidos y con trabajo fijo pues el resto del gremio les vale.
Qué lástima.que solo les interesa sacarle dinero.a.los notarios porque ni las mensualidades perdonan.
Recuerdo lo entusiasmada y orgullosa que estuve hace unos años atrás después de la juramentación para ejercer como notaria ahora me jalo el pelo porque los que se suponen velan por justicia son los que masacran los derechos de sus agremiados.
Llegué a la conclusión que en lugar de haber gastado años y cerebro estudiando derecho hubiera invertido en otra carrera y así estar en otro gremio con mayor posibilidad de trabajo y con menos ambición de dinero como ocurre en nuestra carrera 😡😡😡😡.
Gracias a los que presentaron la propuesta. Ojalá existiera forma de pelearlo.
En todo caso me pongo a disposición y sé que mucho otros que por habernos incorporadp después del 2010 y por tanto no tener ningún beneficio por parte del Colegio de Abogados estamos dispuestos a defender ese dinero que digan lo digan es nuestro.
Leo que la resolución de la DNN fué adoptada por unanimidad.
Si mal no recuerdo inicialmente el Colegio de Abogados se manifestó – tibiamente – a favor del pedido de devolución de los rendimientos.
Quiere esto decir que ni el representante del Colegio en la DNN votó a favor ?
DICE LA DNN..
.” No es un fondo privado, ni es propiedad del notario….” ” No pertenece al notario pùblico, es de la sociedad o del estado ” Es de carácter obligatorio y no voluntario como lo sería el régimen de pensiones complementarias ” ” “Se regirá por la ley del Régimen Privado de Pensiones Complementarias”…
A pesar de no ser propiedad del notario se le puede “devolver ” y se rige por la ley de Pensiones complementarias….
Creo que con esta argumentaciòn la DNN ha convocado a los funerales del Fondo de Garantía Notarial “, ahora más que nunca se deben iniciar esfuerzos tendientes a su disolución dado lo enclenque de su naturaleza jurídica.
Discrepo mucho con la argumentación de la DNN. Sobretodo en el apartado de características. En el punto 3 del mismo indican y citó textualmente: “No es un fondo privado, ni es propiedad del notario y, por lo tanto, no es un fondo privado de pensiones complementarias”. Si no es un fondo privado porque lo controla una operadora de pensiones y se rige por la ley dencreacion de las mismas. Si no es propiedad del Notario (a), porqué esta a nombre del notario y cuando deja de ejercer como notario se le devuelve. Eso a grosso modo, en una de las pocas cosas sin sentido que indica la DNN. Y digo sin sentido xk aparte de redundante, no da ningún argumento legal para indicar que el fondo no es del notario, o no es público.
Dentro de lo alegado y contestado por la DNN, no mencionan, en ninguno de sus apartados, la relación del fondo de garantía notarial con las OPC, siendo que precisamente es esa relación la que convierte en legal y procedente la devolución de los rendimientos que dicho fondo puede generar. Ni en estos momentos de pandemia nos consideran a los profesionales independientes. Que tristeza.
Mario Jimenez Vasquez • 02 mayo, 2020
Me siento agnóstico…pero de la DNN como el ser supremo! Espaldarazo total a sus creyentes! A qué sabe la grosura notarial?