Publican nuevos tramos para pago del impuesto a las viviendas de lujo

Mediante Decreto Ejecutivo No. 41478-H publicado ayer por la tarde en el Alcance No. 07 a La Gaceta, el Ministerio de Hacienda estableció los nuevos tramos de la escala que según el artículo 5 de la Ley 8683, mejor conocida como Ley de Impuesto a las Casas de Lujo, rigen para el pago de este tributo en […]

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Abogada y notaria. Especialista en administración de bases de datos de información jurídica, investigaciones jurisprudenciales y editora de contenidos legales. Consultora en proyectos de informática jurídica en la región centroamericana. Colaboradora del sitio www.leylaboral.com Encargada de la administración y actualización de Master Lex Cálculos Legales: timbres, honorarios profesionales, patentes, prestaciones laborales y otros. Moderadora del blog www.puntojuridico.com

2 de 2 Comentarios

  1. Carlos Alb Vargas Guevara • 15 enero, 2019

    Buenas tardes doña Silvia.
    Mil disculpas por la molestia. Quiero consultarle quien “establece” el valor de la casa de habitación ?, porque las personas normalmente no somos conocedores de tales valores. Servirá como medio informativo, la declaración de Bienes Inmuebles cuyos valores los establece con más facilidad la misma Municipalidad ?
    Esto por cuanto; cuando se declara ante la Municipalidad, ya ellos poseen los valores del Órgano de Normalización Técnica. Muchas gracias.

    • Silvia Pacheco • 16 enero, 2019

      Estimado don Carlos, El valor de los inmuebles para efectos del cobro del impuesto solidario se declara ante Tributación, no ante la municipalidad. La declaración debe realizarse en el sistema ATV. El propio sistema le va requiriendo ciertos datos como área y edad de construcción, tipo de materiales, servicios, etc, y finalmente produce un valor, que es el que sirve de parámetro para aplicar las tarifas escalonadas del impuesto.