Presentan proyecto para entrega del 50% del Fondo de Garantía Notarial

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El pasado viernes 3 de abril , el Lic. Erwen Masís presentó a la Asamblea Legislativa el Proyecto de Ley 21.916  con el objeto de que se entregue a los notarios el 50% de lo que tengan acumulado en el  Fondo de Garantía Notarial.   Ello en razón de la crisis que vive el país y que ha afectado a tantos notarios así como a los empleados y asistentes legales de sus oficinas y Bufetes.

Así por ejemplo, notarios que iniciaron su cotización en 1998 cuando se creó este Fondo y que al día de hoy tienen acumulado aproximadamente ₡6.300,000,  recibirían  ₡3.150.000  en 3 tractos mensuales.

Para su mejor conocimiento, nos permitimos transcribimos parte de la MOTIVACIÓN de esta iniciativa:

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«Ante la grave situación económica que vive Costa Rica por el Coronavirus y la cadena de difíciles decisiones que están tomando los agentes económicos de nuestro país, es fundamental buscar opciones para aquellas personas que, por su situación económica, tienen fondos propios, depositados o guardados como garantías, pensiones voluntarias y/o complementarias o mecanismos de ahorro a largo plazo. En este particular caso destacan el fondo que hoy administra la Dirección Nacional de Notariado para miles de Notarios Públicos que mes a mes pagan la cuota correspondiente al Fondo que hoy esta depositado en la Operadora de Pensiones del Banco de Costa Rica.

El Fondo de Garantía Notarial fue creado con la promulgación del Código Notarial que comenzó a regir en el año 1998. La Dirección Nacional de Notariado es la administradora de ese fondo, basado en la ley 7337 Ley del Régimen Privado de Pensiones Complementarias, reformada por la Ley No. 7983 Ley de Protección al Trabajador. Esta propuesta procura usar los fondos de profesionales en el notariado que son de su propiedad y simplemente están depositados para eventuales responsabilidades civiles en el ejercicio de la función pública, para nadie es un secreto que existen muchos proyectos de ley tendientes a brindar ayuda, soporte, prórrogas, exoneraciones para pagos de impuestos o ayudas económicas para la población más vulnerable, pero también es cierto que pocas iniciativas tienen a ayudar a los profesionales independientes, como es el caso de los notarios públicos, que en su más amplio esquema son patronos y por ende contratan a asistentes legales o notariales, secretarias o personal administrativo y muchos de ellos pagan a sus empleados seguridad social, alquileres y por supuesto salarios.

Este proyecto de ley además, no tiene ningún costo o esfuerzo fiscal adicional para el Estado costarricense, amén de que vivimos épocas fiscales convulsas y de mucha restricción económica y vendrán épocas aún más difíciles para la economía general.

La iniciativa promueve que la Dirección Nacional de Notariado devuelva el 50% de los fondos depositados en el Fondo de Garantía Notarial a los notarios públicos en al menos tres tractos. El efecto para cada notario puede estribar en mantener su oficina abierta, mantener sus empleados o socorrerlos en épocas difíciles, por cuanto corresponden a fondos propios. En el efecto macroeconómico se puede estimar en un impulso de ocho mil (8.000) millones de colones mensuales, rozando los veinticinco mil millones de colones en tres meses, lo anterior si calculamos un promedio de tres millones (equivalentes al cincuenta por ciento (50%) del monto total depositado, por notario que se calculan en ocho mil trescientos litigantes, sumando a ellos muchos otros notarios de planta de bancos, empresas y demás instituciones públicas y privadas.

Asimismo, en aras de que el fondo cumpla con el objetivo por cual fue creado, y continúe garantizando el ejercicio de la función notarial a los usuarios es que únicamente se le girarán los fondos a aquellos notarios que no tengan procedimientos abiertos por eventual responsabilidad en el ejercicio de la función notarial, con el objeto de salvaguardar a terceros de buena fe, en esos casos sólo se podrá autorizar el giro de los fondos hasta tanto acabe el procedimiento disciplinario sancionador con una eventual responsabilidad económica.»


Nos indican en la Asamblea Legislativa que este proyecto apenas fue presentado en su Secretaría el viernes pasado.  Encontrándose actualmente la Asamblea en sesiones extraordinarias, su tramitación iniciaría únicamente en caso de ser convocado por el Poder Ejecutivo, lo cual aún no se ha producido.  Idealmente que las agrupaciones gremiales le hicieran la excitativa al Presidente de la República para que convoque el proyecto.   Estaremos atentos para informarles sobre cualquier avance en su tramitación.

 

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Abogada y notaria. Especialista en administración de bases de datos de información jurídica, investigaciones jurisprudenciales y editora de contenidos legales. Consultora en proyectos de informática jurídica en la región centroamericana. Colaboradora del sitio www.leylaboral.com Encargada de la administración y actualización de Master Lex Cálculos Legales: timbres, honorarios profesionales, patentes, prestaciones laborales y otros. Moderadora del blog www.puntojuridico.com

16 de 16 Comentarios

  1. Francini Morales • 08 agosto, 2020

    Hasta la fecha o no hay jurisprufencia que fundamente en concreto, el por que DNN, indica que no se puede entrar ni un 5 del fondo, ante la crisis?

  2. Hector Rolando Vargas Sanchez • 04 mayo, 2020

    Estimada licenciada
    Gracias por este valioso espacio para expresar nuestra humilde y respetuosa opinion.

    Me parece increible ante esta coyontura de calamidad mundial que estamos viviendo a nivel nacional y mundial que en nuestro caso el señor Guillermo Sandi Baltodano se pronuncie casi de inmediato en forma negativa ante la propuesta del proyecto de ley que se presento y lo peor de todo es que basa su negativa en el mero tecnisismo juridico sin abrir la posibilidad al dialogo para encontrar un mecanismo que podria facilmente sustituir la NATURALEZA JURIDICA DE ESE FONDO, EL CUAL ES EL RESARCIMIENTO ECONOMICO ANTE UNA MAL PRAXIS JURIDICA COMETIDA POR UN NOTARIO EN EL EJERCICIO DE SU FUNCION.

    Todos sabemos que existen excelentes alternativas en ese sentido como lo son la suscripcion de UNA POLIZA DE FIDELIDAD COLECTIVA PARA EL GREMIO O UNA POLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL.

    LO UNICO QUE SE NECESITA ES VOLUNTAD POLITICA

    Solamente los que ejercemos la funcion notarial como profesionales independientes SABEMOS LA DIFICIL Y DRAMATICA situacion economica que atravesamos YA QUE EN MOMENTOS DE CRISIS LA PRIORIDAD PARA LAS PERSONAS SON LOS ALIMENTOS Y NO EL CONSUMO DE SERVICIOS LEGALES Y POR TAL RAZON NECESITAMOS SER ESCUCHADOS PARA QUE SE NOS DEVUELVA ESE DINERO QUE TANTO NECESITAMOS Y QUE ES MUY NUESTRO.

    NO PEDIMOS QUE NOS REGALEN NADA, SOLAMENTE QUE SE NOS ESCUCHE Y SE APLIQUE UNA SOLUCION QUE INCLUSO SE AJUSTA MEJOR A LA REALIDAD NACIONAL DE NUESTROS TIEMPOS.

  3. orlando baltodano • 12 abril, 2020

    ¡Nació muerto, la DNN, muy fiel a sus fines ya dio un NO rotundo!

  4. Carlos Humberto • 07 abril, 2020

    A decir verdad es lamentable que aún en estas penosas circunstancias el diputado Masís haga el show de » presentar » un proyecto que él mejor que nadie sabe que no va a ningún lado por estar ahora en sesiones extraordinarias y no tiene el peso para hacer que el ejecutivo lo incluya. No están los tiempos para bromitas parlamentarias o shows politiqueros. Para los efectos prácticos es como si lo hubiera presentado para reformar los 10 mandamientos, lo peor de todo es que nos ha cogido por inocentes dándonos una falsa expectativa. Gracias… de nada !

  5. William Parra Mora • 07 abril, 2020

    Esto del Fondo debería de resolverse de una vez y para siempre, este es un bien momento. Hace un tiempo se presento un proyecto de Ley para devolver la TOTALIDAD DEL FONDO y en su lugar suscribir una póliza de fidelidad. Estamos ante una coyuntura favorable para desempolvorar ese y otros proyectos como del de competencia desleal y las vacaciones, que duermen el sueño de los justos o ya se archivaron.

  6. Erika Jiménez • 06 abril, 2020

    Bueno, este tema del Fondo de Garantía para mí debe ir más allá, la pregunta del millón de pesos es si necesitamos un fondo de garantía, si no es mejor una póliza de fidelidad como existía antes con la Ley de Notariado.
    Sinceramente, si consideramos que a lo sumo quien tiene más ahorrado apenas llega a ¢ 6.300.000,00 en el evento de una mal praxis que amerita el pago, realmente no estamos bien cubiertos. Habría que ver si no es mejor una buena póliza que aunque nos cueste algo por años, nos cubra verdaderamente por una suma razonable.
    Sería interesantísimo más bien promover eso, volver a una póliza de fidelidad obligatoria o a una póliza de responsabilidad civil de cada profesional.

  7. Humberto • 06 abril, 2020

    Tiene doña Silvia razón en cuanto lo impropio que sería entregar el 100/100.

    Sin embargo, porqué el 50/100…y porqué en 3 tractos ?

    • Lic. Silvia Pacheco. Editora General • 06 abril, 2020

      No se explica en la Exposición de Motivos la razón de que se eligiera ese porcentaje del 50% ni tampoco el pago en tres tractos. Propiamente el texto de lo que se propone reformar del Código Notarial es muy suscinto:

      Artículo 1.- Agréguese un nuevo artículo transitorio a la Ley Número 7764 del 17 de abril de 1998, Código Notarial, para que diga:
      “Transitorio XII. Por una única vez y en un plazo máximo de 3 días hábiles, a partir de la publicación de esta ley, la Dirección Nacional de Notariado deberá instruir de forma obligatoria al Banco de Costa Rica para que devuelva el 50 por ciento del monto en administración que cada notario público mantenga al 29 de febrero de 2020, como producto del Fondo de Garantía Notarial en su plan de pensiones complementario, administrado por la Operadora de Pensiones del Banco de Costa Rica. Dicha devolución deberá hacerse hasta en tres tractos mensuales, iguales y consecutivos y no estarán sujetos a ningún impuesto, retención o cargas sociales.
      No se podrá autorizar la devolución del monto en administración a aquellos notarios que tengan procedimientos administrativos o judiciales abiertos por responsabilidad civil en la función notarial, ni a quienes se encuentren morosos en el pago de las cuotas de dicho fondo. Rige a partir de su publicación”

      • LUIS FELIPE MARTINEZ OBANDO • 06 abril, 2020

        Dice el proyecto que los notarios que cotizamos desde la creación del fondo tenemos acumulado aproximadamente ¢6300.000.00. Pero los estados de cuenta que me envía periódicamente el BCR y antes el BNCR hablan de que mi fondo es de algo más de tres millones. Cómo hago para saber cuál es la información correcta?

        • Lic. Silvia Pacheco. Editora General • 06 abril, 2020

          Estimado don Luis Felipe, en el estado de cuenta que últimamente nos ha estado enviando BCR PENSIONES se puede leer arriba al lado derecho un cuadro que indica: ¿Cuánto tengo en mi cuenta individual? y allí es donde se puede ver ese total acumulado , que en mi caso que tengo desde el año 1998 de estar cotizando, asciende a: 6,297,196.33 colones.

        • LUIS FELIPE MARTINEZ OBANDO • 06 abril, 2020

          Si doña Silvia, eso es lo que me llama la atención. Estuve con cese voluntario un tiempo, fue como 19 meses. Debería yo tener 245 cuotas, pero el BCR me dice que tengo 215 cuotas. Cómo y a quién debo pedir información sobre esas 30 cuotas que no me aparecen?

          • Lic. Silvia Pacheco. Editora General • 06 abril, 2020

            De acuerdo con la comunicación que la DNN nos envió a los notarios en octubre del año pasado cuando se hizo el cambio del Banco Nacional a BCR Pensiones, las dudas que pudieran surgir a partir de esta comunicación serán debidamente evacuadas a través de los medios habilitados a tal efecto. Esto es, en la DNN, llamando al teléfono: 2528-
            5756, a través de la página web de la DNN, en el apartado de «preguntas frecuentes». De igual forma, BCR Pensiones puso a su disposición la siguiente línea telefónica: 2211-1111, opción 3.

  8. Humberto • 06 abril, 2020

    Porquè el 50 /100 y en tractos si no existe procedimiento pendiente ?

    La DNN ya contestò la solicitud de la Lic Avila ?

    • Monica Ulett • 06 abril, 2020

      Es verdad por qué solo el 50% y no el 100%. Recuerdo que unas colegas habían presentado un procedimiento muy bien detallado donde abordaban el tema y el.derecho por ley que tendríamos los notarios públicos de solicitar ese dinero cada 5 años, entonces por qué piden solo que se nos de el 50% y en tractos
      Lamentablemente los que como yo trabajamos de forma independiente, nos hemos visto muy afectados. Agrego que de por sí ya la deslealtad en el gremio por cuestión de precios es bastante y nos desequiblibra a los que hacemos todo conforme y con precios de tabla, todavía viene la pandemia a darnos a mucho la estocada final.
      Qué pasa con la DNN? Por qué todo el mundo piensa que ser abogado notario es sinónimo de dinero? No entenderán que no todos tenemos un apellido y capital que nos respalde y nos de ese status alto y millonario que muchos sí tienen?

      • Lic. Silvia Pacheco. Editora General • 06 abril, 2020

        La gestión que las colegas iniciaron hace más de una semana ante la DNN tiene como propósito que se entreguen a los notarios los «rendimientos» que se generan a su favor en el Fondo de garantía Notarial (Ver nota en este mismo blog) . Ahora lo que se propone con este proyeto de Ley es la entrega, no de los rendimientos, sino del 50% del capital acumulado por cada Notario en el Fondo de Garantía notarial. Nos parece que no sería factible la entrega del 100% pues ello significaría la desaparición total de ese «colchón» que los notarios debemos tener en caso de causar perjuicio a alguna persona consecuencia de nuestro ejercicio notarial.

    • Lic. Silvia Pacheco. Editora General • 06 abril, 2020

      Las colegas que iniciaron la gestión ante la DNN para la entrega de los rendimientos del Fondo de Garantía Notarial todavía no nos comunican algún avance en su gestión. Es importante distinguir que ahora lo que se propone con el Fondo de Garantía Notarial es la entrega como tal del principal acumulado por cada notario, y no solamente de los rendimientos. Pensamos que por ello no sería factible que se entregue el 100% pues significaría la desaparición de ese fondo creado por Ley como respaldo en caso de perjuicios o daños causados por los notarios en su ejercicio profesional.