Protección del Derecho a la Salud: Trabajadora con síntomas de depresión
Agradecemos al Lic. Javier Madrigal su comentario sobre un interesante voto de la Sala Constitucional de diciembre pasado, como diríamos: «recién salido del horno».-
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«El presente Recurso de Amparo, reconoce a todos los habitantes, el derecho a la salud, como derivación del derecho fundamental a la vida. En lo que interesa, se expone el cuadro fáctico y lo dicho por el Máximo Tribunal Constitucional.
“Recurso de amparo interpuesto (…) contra el Ministerio de Educación Pública. (…) La recurrente afirma que ha estado en tratamiento psiquiátrico por trastorno obsesivo compulsivo y ansiedad, debido a un cuadro depresivo, procedió a presentar carta de renuncia, misma que después, solicitó que se dejara sin efecto al sentirse mejor. Así mismo presentó gestiones para que se le reinstalara en el puesto, pero estas le fueron negadas. Por tal motivo acude a la Sala, siendo que como prueba para mejor resolver, ordena al departamento de Medicina Legal del Organismo de Investigación Judicial, que examinará a la tutelada y mediante un examen mental retrospectivo, indicara si la recurrente se encontraba o no en su plena capacidad psíquica al momento de presentar su renuncia. Continúa señalando la Sala; (…): “ El trastorno de adaptación tipo reacción mixta de ansiedad y depresión), en sí mismo no se comporta como una incapacidad permanente, sino, como una crisis aguda. Por lo que, al realizar una regresión lineal de la evolución del cuadro presentado, se puede concluir que al momento de presentar su carta de renuncia, se encontraba con su capacidad cognitiva deteriorada y alteración de su capacidad volitiva, llevándole a ser altamente impulsiva, por lo que no se encontraba en su plena capacidad psíquica al momento de presentar su renuncia La depresión ha sido catalogada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) como un trastorno mental frecuente, que se caracteriza por la presencia de tristeza, pérdida de interés o placer, sentimientos de culpa o falta de autoestima, trastornos del sueño o del apetito, sensación de cansancio y falta de concentración. La depresión puede llegar a hacerse crónica o recurrente y dificultar sensiblemente el desempeño en el trabajo y la capacidad para afrontar la vida diaria. En su forma más grave, puede conducir al suicidio. Si es leve, se puede tratar sin necesidad de medicamentos, pero cuando tiene carácter moderado o grave se pueden necesitar medicamentos y psicoterapia profesional. En el caso específico, la Sala considera que se debe declarar con lugar el recurso de amparo. Como puede constatarse de los autos, en efecto, la causal de la pérdida de trabajo alegada por la recurrente es imputable de forma exclusiva a ella como servidora pública, pues fue ella quien presentó, voluntariamente, la renuncia a su puesto. Empero, de conformidad con lo expuesto en el considerando anterior, al encontrarse la recurrente en una condición de vulnerabilidad en el momento en el que presentó su renuncia, el ordenamiento constitucional está llamado a brindarle especial protección”.
Por ende acogió el Recurso, bajo la tesis de que al momento de su renuncia, se encontraba con su capacidad cognitiva deteriorada, llevándola a ser altamente impulsiva, por lo que no se encontraba en su plena capacidad psíquica al momento de presentar su renuncia. (…), ordenando la Sala: “el pleno reingreso a su antiguo puesto de trabajo. ( …). (Sala Constitucional voto Nº 2018-020818. San José, a las nueve horas veinte minutos del catorce de diciembre de dos mil dieciocho.)
Marelyn Jimenez Duran • 28 enero, 2019
Podrá facilitar el numero del voto por favor