Prorrogan nombramientos en sociedades mercantiles, fundaciones y otras organizaciones
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EL BLOG JURÍDICO DE COSTA RICA
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No conocemos la naturaleza jurídica de Caja de Ande. Si se trata de una asociación cooperativa sí estaría incluída dentro de la norma, pudiendo prorrogarse los nombramientos de sus directores.
Buenas existe algún pronunciamiento en relación con los nombramientos de Administrador de Condominios, ya que no esta contemplado en esta ley y hay casos muy particulares de condominios grandes de mas de 400 filiales, que por la emergencia nacional no se ha podido realizar ya que la asistencia a las asambleas son de mas de 150 personas.
me ayudan con la duda…
saludos…
Efectivamente la Ley prevé la prórroga automática en el nombramiento de los directores y administradores de los Condominios, justamente para estos casos en los que resulta muy difícil cumplir con las normas de distanciamiento social en Asambleas de tantos condóminos.
Una Asociacion de transportistas de estudiantes, que realizamos nombramiento de junta año a año, nos podemos acoger a esta directriz nuestra cedula es 3-002-726265
Saben si está prórroga se puede aplicar a una sociedad que se le venció su plazo social a finales de junio y que por el tema del Covid 19, no pudo realizar la Asamblea para renovar su plazo Social.
Los socios desean extender su plazo social.
Agradezco sus comentarios
La prórroga solamente rige para los nombramientos de los directores y personeros, no aplica para el vencimiento en el plazo de existencia de las sociedades.
AL indicar que se trata de hacer asamblea , donde el estatuto indica la presenciabilidad y donde el costo de la asamblea virtualemente sale de lo acordado en el presupuesto anterior pueden ser causas sustentables. para un colegio profesional
La Ley No. 9866 contempla expresamente a los colegios profesionales entre los entes a los que puede aplicarse la prórroga automática por un año en el nombramiento de sus directores, siempre y cuando la imposibilidad de realizar las respectivas Asambleas sea consecuencia directa de la declaratoria de emergencia por COVID-19 y las medidas sanitarias dictadas por el Ministerio de Salud.
Importante tomar en cuenta que para que pueda realizarse la asamblea por medios virtuales debe encontrarse expresamente establecido en los estatutos. En caso de que sí lo esté, habría que sopesar si el elevado costo de realizar la asamblea por medios virtuales es suficiente justificación para aplicar mejor la prórroga establecida por ley, posponiendo hasta el próximo año la celebración de la Asamblea para el cambio de directores. Dada la situación de crisis económica que también se vive en el país, nos parece que sí sería suficiente justificación.
Buen dia.
Las ONG, Asociaciones de bienestar social quedan dentro de esta prorroga. no me quedo claro.
Muchas Gracias por la atencion
Propiamente como categoría, no se menciona en forma específica a las Organizaciones No Gubernamentales dentro de la presente Ley de prórroga. Si algunas de dichas organizaciones en su estructura jurídica fueran de las incluidas en el listado, por ejemplo Fundaciones constituidas de acuerdo con la Ley de Fundaciones No. 5338 o bien de acuerdo con la Ley sobre el Desarrollo de la Comunidad,Ley 3859, pensaríamos que sí podría considerar que les aplicar la prórroga en el nombramiento de sus directores.
¿Buenas noches, sobre las Sociedades de Usuarios (SUA), rige la prorroga?
Muchas Gracias.
Las Sociedades de Usuarios constituidas con base en la Ley de Aguas No. 276 no se encuentran expresamente prevista en la presente Ley de prórroga de nombramientos.
Hola Ángela Villegas. La Ley de Aguas resuelve el tema en las normas referente a las SUA: Hay una prórroga que opera en casos ” extraordinarios” y para mí, es de recibo. Saludos
En el caso de Asociaciones Deportivas también aplica?…nosotros teníamos Asamblea el pasado 23 de marzo, pero no se pudo realizar por el tema de la emergencia por la Pandemia.
Nos parece que sí se puede considerar prorrogado el plazo de nombramiento de los directores de las Asociaciones Deportivas con base en la Ley 9844 que se publicó en mayo pasado. Ver al respecto nuestra nota en este mismo blog: https://puntojuridico.com/prorrogan-hasta-por-seis-meses-nombramientos-en-asociaciones/
¿Qué pasa con las Juntas Directivas y Fiscalía de las organizaciones amparadas por la Ley 218? v,gr.: ASADAS
Propiamente en la Ley 9866 publicada la semana pasada no se contemplan las Juntas Directivas, ni Fiscalías de las ASADAS. Quizás se esté pensando publicar una nueva norma que se las incluya pero de momento no tenemos conocimiento de ella.
Buenos días. En qué Gaceta se publicó la Ley?
La Ley 9866 denominado Autorización de prórroga en los nombramientos de juntas directivas y otros órganos en las organizaciones civiles, los cuales vencen en el año 2020, para que este plazo sea extendido al año 2021 de manera automática, ante la declaratoria de emergencia nacional por el COVID-19 se publicó ayer en el ALCANCE 149 La Gaceta 146 publicada el 19 de junio de 2020. Puede ingresar a ella haciendo clic en el siguiente link: https://www.masterlex.com/ResumenesDiarios/Gaceta/2020/Junio/ALCA149_19_06_2020.pdf#page=2
Hola esta prórroga se aplica a las juntas administrativas y juntas de educación de los centros educativos públicos
No se encuentran contempladas en la presente norma las prórrogas de las juntas administrativas, ni juntas de educación de Centros Educativos Públicos.
Buenas noches, que saben de prorrogas de Administradores de Condominios
Efectivamente quedan prorrogados los nombramientos de los administradores de los Condominios según se establece en el punto c) ” Juntas directivas constituidas de conformidad con la Ley 7933, Ley Reguladora de la Propiedad en Condominio, de 28 de octubre de 1999, y sus administradores.“
RANDALL EDUARDO BONILLA QUIROS • 07 agosto, 2020
buenas tardes, aplica esta ley para las cajas como caja ande? y otras?, muchas gracias.