Prórroga automática de Juntas Directivas y Fiscalías en Asociaciones

Ya se encuentra vigente la Ley No. 9844 que prorroga en forma automática los períodos de nombramiento de las Juntas Directivas y órganos fiscales de las Asociaciones, Federaciones y Confederaciones inscritas en el Registro de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas.  La prórroga será hasta por seis meses  y aplicará a todas las juntas directivas […]

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Abogada y notaria. Especialista en administración de bases de datos de información jurídica, investigaciones jurisprudenciales y editora de contenidos legales. Consultora en proyectos de informática jurídica en la región centroamericana. Colaboradora del sitio www.leylaboral.com Encargada de la administración y actualización de Master Lex Cálculos Legales: timbres, honorarios profesionales, patentes, prestaciones laborales y otros. Moderadora del blog www.puntojuridico.com

17 de 17 Comentarios

  1. Joseph Cortez • 05 febrero, 2021

    Lic. Silvia Pacheco.
    En la Asamblea General de Propietarios en condominios presencial, se debe cumplir con aforo del 50%, al menos 1.8 distanciamiento social. Mas, propuestas que necesitan el 100 % de votos probablemente quedarian fuera.
    Que pasaria si no se cumple?Se puede contestar dicha Asamblea por ese hecho.
    Gracias.

  2. Beatriz Piza • 30 enero, 2021

    Doña Silvia, muchas gracias por este espacio. Si las Personerías de una Asociación sin fines de lucro se vencieron, incluso con la prórroga, sin poder realizar Asamblea, puede igual convocarse Asamblea para nombrar nueva Junta Directiva? Muchas gracias de antemano.

    • Silvia Pacheco • 04 febrero, 2021

      Efectivamente se mantiene la posibilidad para las Asociaciones que lo prefieran convocar a Asamblea a fin de realizar los nombramientos respectivos. En ese sentido la prórroga no es obligatoria para aquéllas que consideren posible realizar las asambleas con todos los cuidados necesarios recomendados por el Ministerio de Salud ante la situación de crisis sanitaria que vive el país.

  3. Allan Moreira • 22 enero, 2021

    Buenas tardes señora Silvia:

    En marzo de 2021 nos vence el nombramiento del cargo de Vicepresidente en la Junta Directiva de la Asociación y tenemos la duda de que si en virtud del período, que cobija la Ley en comentario, Cruz Roja podría interpretar que se prorroga el plazo automáticamente para ampliar de oficio el nombramiento de ese cargo, al menos, por seis meses más.

    ¿Podríamos interpretarlo de esa manera a efectos de garantizar la continuidad de ese cargo y el quorum estructural de la Junta Directiva?

    En caso afirmativo ¿Cuál sería el trámite a seguir?

    Mil gracias por su ayuda.

    Allan Moreira

    • Silvia Pacheco • 24 enero, 2021

      La semana pasada consultamos telefónicamente en la Dirección del Registro de Personas Jurídicas y nos indicaron que hasta este momento no se ha producido la emisión de alguna nueva directriz prorrogando los nombramientos que venzan en este año 2021. En principio entonces sí tendrían que llevarse a cabo las Asambleas para renovación de las Juntas Directivas durante este año. Estaremos al pendiente de la publicación de algún cambio al respecto para informarles de inmediato.

  4. José Zamora • 07 diciembre, 2020

    En el caso en que se celebre la asamblea y se nombre Junta Directiva, no aplica esta excepción y se inscribe la nueva junta directiva por el periodo correspondiente.?

    • Silvia Pacheco • 08 diciembre, 2020

      Exactamente, las asociaciones que lo prefieran pueden celebrar Asambleas y realizar los nombramientos por el período correspondiente. En ese sentido, la prórroga no es de carácter obligatorio.

  5. Elisabeth Cook • 17 septiembre, 2020

    Una consulta. Nuestros 6 meses se vencen en noviembre. ¿Debemos tener asamblea para nombrar nueva Junta o hay algún aviso de extensión de esta medida?
    Gracias.

    • Silvia Pacheco • 21 septiembre, 2020

      Se estableció en la norma que si las medidas sanitarias definidas por el Ministerio de Salud volvieran a a impedir la realización de asambleas o juntas generales, podría incluso ampliarse la prórroga en los nombramientos por un plazo adicional de seis meses. Nos parece que tendremos que esperar unas semanas más para ver si corresponde considerar esta nueva prórroga por un semestre más, o si por el contrario, a partir de diciembre se considerará que deben las Asociaciones realizar las asambleas para cumplir con el nombramiento de sus directores.

  6. gerardo venegas vargas • 13 julio, 2020

    Hola,Silvia buenos días, esto incluye a las asadas

  7. Álvaro Antonio Fallas segura • 23 junio, 2020

    Saludos quisiera saber si las juntas administrativas de colegios y centros educativos del ministerio de educación publica, así como las juntas de Educación están contempladas en esta ley. Gracias.

    • Silvia Pacheco • 24 junio, 2020

      En esta norma no se contemplan las juntas administrativas de colegios, ni centros educativos del MEP, o juntas de educación.

  8. Laura Coto Rojas • 12 mayo, 2020

    Hola

    Quisiera saber si esta prorroga se puede aplicar a los nombramientos de los Administradores o Juntas Administradoras de Condominios

    • Silvia Pacheco • 12 mayo, 2020

      Expresamente se establece que la prórroga de los nombramientos será para los órganos directivos y fiscalías de las Asociaciones constituidas de acuerdo con la Ley de Asociaciones, No. 218. No estarían incluidos en esta prórroga los Condominios.