Pronto a publicarse: nuevos Lineamientos para el Ejercicio Notarial
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EL BLOG JURÍDICO DE COSTA RICA
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Creo que es muy importante que dicten lineamientos pero por favor que de una vez por todas se aplique rigurosamnete la tabla de honorarios ya que muchos Colegas cobran hasta por debajo de la tabla, que sea de acatamiento de ley y la DNN, este vigilante a que se cumpla.
Disculpen mi pesimismo, pero creo que es mas de lo mismo. No hay reglas claras en cuanto a la competencia desleal, como digo mas de lo mismo.
Ojala la DNN hubiera dado un mayor acceso para conocer estos líneamientos y para cuando se públique estar bien enterados de sus alcances, espero que los líneamientos se ajusten a una realidad notarial y que en lugar de dificultar nuestra función mas bien sea una herramienta para el adecuado y buen ejercicio notarial.
Creo muy importante en en estos nuevos lineamintos próximo a publicarse, que se defina taxativamente cuales actos está autorizado el Notario Institucional o de Planta, a realizar.
Por mi parte me parece saludable que la DNN, emita lineamientos, siempre y cuando tengan los mecanismos de control para que se cumplan, ya que solo los emiten y no los hacen cumplir, y ademas que nos den instrumentos para poder ejercer nuestra labor conforme a derecho. Ejemplo seria que podamos tener acceso al Registro Civil, no como ahora una pagina que del todo no es confiable, y que se regule sin discriminar el cobro de honorarios
Totalmente de acuerdo con el Lic. Vega Acuña en su comentario.
Es cierto lo que dice don Hernán. Por ejemplo, al identificar al cliente, que acudamos al Registro Civil para corroborar en forma fehaciente.
Pues, como decían nuestros abuelos, voy a dejar que se aclaren los nublados del día para poder estudiar y analizar cuáles van a ser esos lineamientos para el buen ejercicio notarial.
Ojalá no sean sólo restricciones a nuestra ya maltratada labor, sino que venga a darnos a nosotros los Notarios, el lugar que verdaderamente debemos ocupar en la sociedad.
Y sería muy bueno, que se termine y de una vez por todas se castigue duramente, la deslealtad de algunos colegas, en cuanto al cobro de honorarios.
E Jiménez • 21 mayo, 2013
Y qué me dicen del tema de los abogados de planta de los bancos?? Acaso no es el más obvio caso de 1) Competencia Desleal porque no cobran honorarios sino salario, y 2) Falta de objetividad, pues son los propios empleados bancarios quienes constituyen la hipoteca a favor de su patrono. Para eso es mejor que los Bancos acudan a notarios externos, elegidos por Licitación, ahí hay una relación contractual Notario-Cliente, es bien diferente de ser empleado a sueldo del Banco.