Prohibiciones de carácter político-electoral para funcionarios públicos

El Lic. Nicolás Miranda Moya, especialista en Derecho Tributario, gentilmente ha puesto a nuestra disposición el siguiente artículo de su autoría sobre un tema muy interesante dada la proximidad de las elecciones presidenciales en nuestro país.  Le agradecemos mucho su aporte a este blog. —————————————- “Estamos en año electoral, razón por la cual, la dinámica político-electoral […]

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Nicolás Miranda Moya: Abogado. Licenciado en Derecho con énfasis en Derecho Tributario por la Universidad de Costa Rica y actualmente estudiante de la Maestría Profesional en Derecho Constitucional de la Universidad Estatal a Distancia.

3 de 3 Comentarios

  1. Jairo Lara • 08 julio, 2020

    Puede un policía de Fuerza Pública, participar por un puesto en elecciones Municipales como regidor o algún otro puesto sin violentar la norma del código electoral en su artículo 146?
    Beligerancia política o otra norma que restrinja su participación.
    si amerita su despido de la institución Msp.

  2. Luis Pablo Blanco Zúñiga • 25 abril, 2017

    Hola Buenos días , yo como funcionario interino de la Universidad de Costa Rica soy funcionario público? Ya que la universidad es una empresa Autónoma

  3. Carlos Cartín • 24 abril, 2017

    Artículo con un matiz muy interesante, a raíz del contexto en el que estamos actualmente y del que se avecina en las próximas semanas. El autor toca diligentemente un tema que da para discusión: las prohibiciones absolutas, las cuales pueden incluso llegar a ser difíciles de detectar o fiscalizar en ciertos ámbitos; o bien, pueden incluso resultar hasta desconocidas para ciertos funcionarios públicos, por más increíble que parezca. Gracias al autor.