Notarios activos contarán con seis meses para tramitar inscripción ante la CCSS
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EL BLOG JURÍDICO DE COSTA RICA
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Colegas, quisiera saber sobre alguno que haya presentado los requisitos que pide la CCSS, cuáles son, además de los índices de los últimos seis meses.
Creo que nosotros, como profesionales en la materia, debemos ser más activos y estudiar qué recursos legales nos ofrece nuestro ordenamiento jurídico. He estado analizando someramente el artículo 74 de la Ley Constitutiva de la CSS y el 73 de nuestra CPOL y podría existir la posibilidad de impugnar ya sea la interpretación del artículo que ha hecho la CSS o la redacción de su texto en concordancia con el articulo constitucional mencionado, pues si la finalidad es que se cotice para efectos de tener protección contra riesgos de enfermedad, vejez y muerte, ya los pensionados lo tenemos y estamos cotizando para ello, de manera que obligarnos a tomar otro seguro para los mismos efectos es exigirnos doble pago por el mismo servicio. Me gustaría que si alguno de los estimables colegas que acuden a este foro tuviera interés en el asunto, se comunicara conmigo mediante el correo vcamacho@paradigmacr.com, pues nos quedan 6 meses para analizar entre varios -pues es más productivo-la posibilidad de impugnación ante la Sala Constitucional y así no quedarnos de brazos cruzados esperando que alguien acuda en nuestra defensa.
Sigue dando palos de ciego la DNN, ignoran el argumento de fondo contra esta disposición y es que el régimen sancionatorio, es reserva de Ley , de previo a disponer nuevos requisitos o sanciones , se debe pasar por el proceso legislativo. Una disposición de un órgano administrativo, puede regular sobre los alcances de la Ley, pero no puede arrogarse la potestad legislativa. Esta moratoria es una cortina de humo, y las demandas de Medida Cautelar en el Contencioso y los procesos de fondo, vendrán a aclarar el panorama.
Buen dia Lic. Olman Aguilar Castro, con respecto a los pensionados, igual se tienen que asegurar. Preguntará usted el por qué? Creo que la respuesta es: Por esas absurdas leyes que los diputados aprueban a ojos cerrados o sin tener conocimiento del tema.
Alguien sabe que pasa con los Notarios Pensionados ? Pretenden que ellos también se inscriban para poder considerarlos al día con esta disposición. Pregunto por otro notario amigo que ya está pensionado. Como comentario adicional, en mi caso, hace como 2 años, llegó a la oficina un inspector de la Caja y pese a que yo estaba asegurado en mi propia sociedad, me exigió que me inscribiera como profesional liberal o cerraba la oficina. Pelear con la Caja no es de las cosas más agradables, por las que mejor procedí a inscribirme de esa forma y darme de baja en mi propia empresa.
Luis Fernando Moya Mata • 08 octubre, 2015
Estoy jubilado por el Poder Judicial, sigo cotizando y pagando la seguridad social, y salvo el pago de alguna incapacidad si me inscribo, no encuentro otro beneficio que pueda obtener inscribiéndome en dicho régimen, ni siquiera de posibilidad de incremento de mi pensión, pues los regímenes de pensiones son distintos entre el del Poder Judicial y el de la Caja. De tal manera que, no entiendo en qué me beneficia y sí entiendo en qué podría beneficiar a la Caja si todos los que estamos dentro de mis circunstancias debemos inscribirnos.