A tomar en cuenta ahora para el pago de los impuestos de traspaso de inmuebles y de muebles

Según habíamos informado en setiembre del año pasado  (NUEVO PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO DE LOS IMPUESTOS DE TRASPASO DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES),  a partir de ahora quienes requieran cancelar estos impuestos tendrán dos alternativas: 1.-  Utilizar el sistema EDDI-7 del Ministerio de Hacienda para completar el formulario respectivo e  imprimir  tres tantos  para su […]

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Abogada y notaria. Especialista en administración de bases de datos de información jurídica, investigaciones jurisprudenciales y editora de contenidos legales. Consultora en proyectos de informática jurídica en la región centroamericana. Encargada de la administración y actualización de Tirant Cálculos Legales: timbres, honorarios profesionales, patentes, prestaciones laborales y otros. Moderadora del blog www.puntojuridico.com

8 de 8 Comentarios

  1. Omar Retana Quirós • 29 abril, 2014

    Quisiera se hiciera referencia a la inclusión de extranjeros en los formularios de traspaso…

    • Jeimy • 05 mayo, 2014

      al menos yo he tenido la costumbre que cuando se refiere a cédula de extrajero o pasaporte, digito la identificación como si correspondiera a una persona juridica

  2. Kenia P • 29 abril, 2014

    Si, en días pasados intente descargar ese programa y no hubo forma, la verdad en vez de hacer los trámites más ágiles lo que hacen es complicarlos.

  3. Jaime Amador • 29 abril, 2014

    l programa EDDI 7 es más difícil de descargar y usar que conseguir un almuerzo con el presidente Obama

  4. Esequias Lobo • 29 abril, 2014

    Es posible preguntar, si es más fácil que se llene el D120 o el D 120 Sin necesidad de imprimir los 3 tantos, y que el Banco solo consulte el número de operación, a la hora de pago, y que el mismo sistema indique en el recibo bancario el monto normal del pago del impuesto de traspaso? por lo que considero que lejos de agilizar el tramite mas bien lo hace mas engorroso, pudiendo utilizar el mismo sistema que tiene el Banco para cancelar si el notario tiene cuenta en dicho Banco, gracias….

    • Silvia Pacheco • 29 abril, 2014

      Vamos a hacer la consulta. Esperamos tener la respuesta muy pronto.

  5. laura • 29 abril, 2014

    Hoy precisamente fui devuelta del banco por cuanto no me acordaba que ya habia empezado a regir el nuevo procedimiento. Hace unos días incluso intenté pagar un traspaso de vehículo por tasaban pero a la hora de llenado del formulario en la página del banco, me solicitó indicar el porcentaje de traspaso (casilla 31): no había manera de indicar 2.5 por cuanto daba un error, y si ponía el monto que debía de pagarse, la formula automáticamente cambiaba, obviamente teniendo que pagar un monto muchisimo mayor. ¿Alguien sabe qué debe de indicarse? Saludos.

    • Silvia Pacheco • 29 abril, 2014

      Estimada Laura.- Cuando en la fórmula de TASABAN, que en realidad es la misma de Tributación, se consulta por el PORCENTAJE DE TRASPASO, lo que hay que indicar es si el vehículo está siendo traspasado en un 100% o en un porcentaje distinto, por ejemplo en caso de que sea vendido a favor de dos compradores. De hecho, el monto del impuesto de traspaso debe ser digitado por el propio interesado. Es decir, calcular ese 2.5% (en el caso de los vehículos) y el 1.5% (inmuebles) y anotarlo en el espacio correspondiente, pues la fórmula o el sistema no realizan ese cálculo en forma automática.