Número identificador de fideicomisos cambiará en 30 días

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En el año 2008 mediante el Decreto Ejecutivo número 34691-J y el criterio registral DGRN-01-2008  se asignaron números de cédula jurídica a “entidades” que, sin ser personas jurídicas, así lo requerían para su correcta identificación, entre ellas los fideicomisos públicos y privados, los partidos políticos, etc  Se consideró pertinente en aquel momento identificar a todas estas entidades bajo la misma clase  3-110-

Con la entrada en vigencia de algunas normas en los últimos años, entre ellas las que ordenan el suministro de información por parte de los fideicomisos al Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales, surge la conveniencia de que los fideicomisos cuenten con su propia clase identificadora.

Para lograrlo, aparece publicado en el Alcance a La Gaceta número 205 y nuevamente ayer en el Alcance 207, el expediente número DPJ-FID-001-2022  de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas que establece la asignación automática que en un plazo de 30 días se va a realizar a todos los fideicomisos privados y públicos  bajo la numeración 3-111 y 3-112 respectivamente.

Como parte del comunicado se incluyen varias tablas con el nombre y número identificador de los fideicomisos actualmente inscritos en el Registro de Personas Jurídicas.

«Acorde a lo expuesto, el cambio de clase en el número identificador de los fideicomisos debe ser comunicado mediante la publicación pertinente, en el diario oficial La Gaceta, a todos los interesados y a la colectividad en general con la finalidad de que se tomen las previsiones que correspondan.
POR TANTO
Con base en las razones expuestas, la normativa citada y los principios que rigen el actuar de la Administración Pública, SE RESUELVE:
I. Proceder con el cambio de clase a 111 o 112, según corresponda, para aquellos fideicomisos a los que se les ha asignado un número identificador bajo la clase 110.
II. Para tales efectos, publíquese la presente resolución en el dia rio oficial La Gaceta, para conocimiento de los interesados sobre la modificación que será realizada transcurridos 30 días desde el momento de la publicación, a todos los fideicomisos a los que les ha sido asignado un número identificador bajo la clase 110.
III. Para el cumplimiento de la presente resolución administrativa el subproceso de Normalización Técnica de este Registro realizará las diligencias correspondientes. NOTIFÍQUESE. «   (Tomado textualmente de la publicación en La Gaceta del Expediente  DPJ-FID-001-2022  de la Dirección del Registro de Personas Jurídica.)
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Abogada y notaria. Especialista en administración de bases de datos de información jurídica, investigaciones jurisprudenciales y editora de contenidos legales. Consultora en proyectos de informática jurídica en la región centroamericana. Colaboradora del sitio www.leylaboral.com Encargada de la administración y actualización de Master Lex Cálculos Legales: timbres, honorarios profesionales, patentes, prestaciones laborales y otros. Moderadora del blog www.puntojuridico.com

1 Comentario

  1. PLENITUD NOTARIAL • 01 octubre, 2022

    Recordemos que el número de identificación a los fideicomisos es meramente instrumental; tiene un interés básicamente asociado a lo tributario y al tema de legitimación de capitales; la individualización por medio de número de cédula jurídica no le confiere a los fideicomisos ni personalidad ni personería juridicas propias.