Nuevo procedimiento para el pago de los impuestos de traspaso de inmuebles y muebles
La Dirección General de Tributación ha emitido varios comunicados avisando que a partir del próximo 1 de octubre, se pondrán a disposición en el programa EDDI-7 (para la elaboración digital de declaraciones de impuestos), los nuevos formularios para el pago del impuesto de traspaso de bienes inmuebles (D-120) y para el pago del impuesto de la transferencia de vehículos (D-121)
Expresamente se señala que el uso del EDDI-7 para la elaboración de estos formularios será obligatorio. Sin embargo, se permitirá seguir utilizando los formularios normalizados de llenado manual hasta el 15 de abril del próximo año 2014 o hasta agotar existencias, lo que ocurra primero. Se indica además que los formularios confeccionados en el EDDI-7 deberán imprimirse en tres tantos para su presentación y pago del impuesto en las cajas de las entidades recaudadoras autorizadas.
Acabamos de comunicarnos al Banco de Costa Rica a fin de conocer si le existencia de estos nuevos formularios afectará el trámite que electrónicamente realizan aquellos notarios que prefieren completar estos formularios al momento de realizar la tasación y pago de los timbres de sus escrituras de traspaso de inmuebles y muebles a través del sistema TASABAN en www.bancobcr.com Nos señalaron que para quienes realizan este trámite en forma electrónica no se producirá ningún cambio pues seguirá disponible la posibilidad de completar digitalmente estas fórmulas así como realizar su pago conjunto con el resto de los timbres correspondientes.
Vamos de todas maneras a consultar lo señalado por los representantes del BCR con funcionarios de Tributación, para avisarles tan pronto nos llegue su confirmación. Nos parece que sería definitivamente un gran retroceso que se obligue a los notarios a realizar el pago de estos impuestos de traspaso presencialmente en los bancos, cuando ya existe la posibilidad de realizar la declaración y pago de los mismos en forma electrónica.
De momento, pareciera entonces que la obligación de completar los formularios de pago de estos impuestos de traspaso a través del sistema EDDI-7 afectará únicamente a quienes todavía acostumbran comprar dichas fórmulas en el banco para completarlas manualmente y realizar su pago en las ventanillas del Banco de Costa Rica. Pues en estos casos deberán necesariamente utilizar el sistema EDDI-7 para completar las fórmulas, imprimirlas en tres tantos y presentarse con dichas copias a realizar su pago en el Banco de Costa Rica.
Para descargar el AVISO de la DGT haga clic a continuación: VER AVISO DGT
Esta mañana entramos a la página del Ministerio de Hacienda a fin de confirmar si ya están disponibles estos nuevos formularios dentro del sistema EDDI-7, pero todavía no las encontramos en el listado. La ruta para accesar dicha página web es la siguiente, en caso de que desee conocer los requerimientos técnicos para la utilizacion de este sistema tributario:
grettel • 22 agosto, 2019
Buenas noches!
Estimada Licenciada
según estuve investigando en el tema de la venta de bienes, existen dos formas para el pago de impuesto en la venta de un inmueble:
1. pagar el 15% sobre la ganancia de la venta, osea la diferencia entre el precio de compra y el precio de venta.
2. pagar el 2.5% sobre el valor del monto total de la venta.
estoy en lo correcto? o me podría explicar como se procede.
gracias, quedo atenta y como siempre muy agradecida con su pronta ayuda a nuestras consultas,
saludos!