Sala Constitucional emite nuevo voto sobre cartas de despido

El pasado 12 de noviembre, la Sala Constitucional emitió el voto 2021-025441 dentro del recurso de amparo tramitado bajo el expediente número 21-020540-0007-CO que presentara un trabajador despedido con responsabilidad patronal.   El recurrente reclamó que se le despidiera sin informarle las causas o motivos para ello en la respectiva carta de despido, y sin que […]

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Abogada y notaria. Especialista en administración de bases de datos de información jurídica, investigaciones jurisprudenciales y editora de contenidos legales. Consultora en proyectos de informática jurídica en la región centroamericana. Colaboradora del sitio www.leylaboral.com Encargada de la administración y actualización de Master Lex Cálculos Legales: timbres, honorarios profesionales, patentes, prestaciones laborales y otros. Moderadora del blog www.puntojuridico.com

5 de 5 Comentarios

  1. Kimberly Bolaños • 27 junio, 2022

    Buenas noches que pasa si la carta de despido dice con responsabilidad patronal pero la copia no viene firmada por el patrono gracias.

  2. Lic. Luis Rodríguez Morera • 01 diciembre, 2021

    Gracias.

  3. Jorge Hidalgo Berrocal • 27 noviembre, 2021

    Me parece muy importante la aclarion de la Sala IV, lo cual permite que las empresas y los colaboradores, puedan hacer efectiva, sus derechos laborales. Gracias

  4. Carlos luis Suazo. • 27 noviembre, 2021

    Buenas.
    Que pasa si el despedido no esta conforme con su liquidacion, en cuanto a lo que le corresponde?Gracias.

    • Silvia Pacheco • 28 noviembre, 2021

      Si el trabajador no está conforme con la liquidación de sus prestaciones debe acudir a la vía judicial o bien a un proceso de Conciliación o de Arbitraje en el Ministerio de Trabajo. Cuenta con el plazo de un año a partir del momento de la terminación del contrato laboral, de lo contrario, prescribe su posibilidad de realizar el reclamo.