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	Comentarios en: Nuevo Reglamento haría por fin posible reinscripción de sociedades disueltas	</title>
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	<description>EL BLOG JURÍDICO DE COSTA RICA</description>
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		<title>
		Por: Lic. Silvia Pacheco. Editora General		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/nuevo-reglamento-haria-por-fin-posible-reinscripcion-de-sociedades-disueltas/#comment-77243</link>

		<dc:creator><![CDATA[Lic. Silvia Pacheco. Editora General]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 02 Sep 2022 17:15:01 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://puntojuridico.com/nuevo-reglamento-haria-por-fin-posible-reinscripcion-de-sociedades-disueltas/#comment-77242&quot;&gt;Francisco Ulloa&lt;/a&gt;.

Efectivamente al día de hoy no aparece aún publicación alguna de este REglamento en La Gaceta.   Puede leer más al respecto en nuestra nota: &lt;a href=&quot;https://puntojuridico.com/reinscripcion-de-sociedades-disueltas-ultimas-noticias/&quot; rel=&quot;noopener&quot; target=&quot;_blank&quot;&gt;https://puntojuridico.com/reinscripcion-de-sociedades-disueltas-ultimas-noticias/&lt;/a&gt;]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://puntojuridico.com/nuevo-reglamento-haria-por-fin-posible-reinscripcion-de-sociedades-disueltas/#comment-77242">Francisco Ulloa</a>.</p>
<p>Efectivamente al día de hoy no aparece aún publicación alguna de este REglamento en La Gaceta.   Puede leer más al respecto en nuestra nota: <a href="https://puntojuridico.com/reinscripcion-de-sociedades-disueltas-ultimas-noticias/" rel="noopener" target="_blank">https://puntojuridico.com/reinscripcion-de-sociedades-disueltas-ultimas-noticias/</a></p>
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		<title>
		Por: Francisco Ulloa		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/nuevo-reglamento-haria-por-fin-posible-reinscripcion-de-sociedades-disueltas/#comment-77242</link>

		<dc:creator><![CDATA[Francisco Ulloa]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 02 Sep 2022 17:00:11 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Pasaron los 3 meses y no hay Reglamento publicado.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Pasaron los 3 meses y no hay Reglamento publicado.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
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		<title>
		Por: Rodrigo		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/nuevo-reglamento-haria-por-fin-posible-reinscripcion-de-sociedades-disueltas/#comment-77241</link>

		<dc:creator><![CDATA[Rodrigo]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 02 Sep 2022 15:07:54 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Buenos días, 
No es cierto que Hacienda tenia tiempo hasta el 30 de agosto par presentar el reglamento? Ahora están en contra de lo que dice la ley? Que se va a hacer como se va a actuar entonces. 
Gracias]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Buenos días,<br />
No es cierto que Hacienda tenia tiempo hasta el 30 de agosto par presentar el reglamento? Ahora están en contra de lo que dice la ley? Que se va a hacer como se va a actuar entonces.<br />
Gracias</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Lic. Silvia Pacheco. Editora General		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/nuevo-reglamento-haria-por-fin-posible-reinscripcion-de-sociedades-disueltas/#comment-77231</link>

		<dc:creator><![CDATA[Lic. Silvia Pacheco. Editora General]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 31 Aug 2022 14:01:40 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://puntojuridico.com/nuevo-reglamento-haria-por-fin-posible-reinscripcion-de-sociedades-disueltas/#comment-77226&quot;&gt;¿Ya se puede solicitar anular el cierre de la S.A por ley 9428? Y como?&lt;/a&gt;.

Todavía no es posible.  Se está a la espera de la publicación ya sea de una Resolución Conjunta del Registro Nacional y Hacienda,  o de un Reglamento del Poder Ejecutivo que por fin aclaren los requisitos y pasos a seguir para lograr la reinscripción de las sociedades disueltas.  Puede leer al respecto en nuestra nota:  &lt;a href=&quot;https://puntojuridico.com/reinscripcion-de-sociedades-disueltas-ultimas-noticias/&quot; rel=&quot;noopener&quot; target=&quot;_blank&quot;&gt;https://puntojuridico.com/reinscripcion-de-sociedades-disueltas-ultimas-noticias/&lt;/a&gt;]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://puntojuridico.com/nuevo-reglamento-haria-por-fin-posible-reinscripcion-de-sociedades-disueltas/#comment-77226">¿Ya se puede solicitar anular el cierre de la S.A por ley 9428? Y como?</a>.</p>
<p>Todavía no es posible.  Se está a la espera de la publicación ya sea de una Resolución Conjunta del Registro Nacional y Hacienda,  o de un Reglamento del Poder Ejecutivo que por fin aclaren los requisitos y pasos a seguir para lograr la reinscripción de las sociedades disueltas.  Puede leer al respecto en nuestra nota:  <a href="https://puntojuridico.com/reinscripcion-de-sociedades-disueltas-ultimas-noticias/" rel="noopener" target="_blank">https://puntojuridico.com/reinscripcion-de-sociedades-disueltas-ultimas-noticias/</a></p>
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		<title>
		Por: Lic. Silvia Pacheco. Editora General		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/nuevo-reglamento-haria-por-fin-posible-reinscripcion-de-sociedades-disueltas/#comment-77228</link>

		<dc:creator><![CDATA[Lic. Silvia Pacheco. Editora General]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 30 Aug 2022 18:36:55 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://puntojuridico.com/nuevo-reglamento-haria-por-fin-posible-reinscripcion-de-sociedades-disueltas/#comment-77227&quot;&gt;Karolina&lt;/a&gt;.

De acuerdo con la Ley 10220 efectivamente son los accionistas quienes deben comparecer ante notario público a solicitar el cese de disolución.   En cambio con la segunda norma que se publicó el 31 de mayo, la Ley 10255, corresponderá más bien a los últimos representantes legales que aparezcan inscritos en el Registro antes de la disolución de la sociedad,  la gestión.   En ausencia de ellos, serían los apoderados generales o generalísimos inscritos los que soliciten la reinscripción.

Puede leer más sobre las diferencias entre estas dos normas en la nota que publicamos hoy en nuestro blog:   &lt;a href=&quot;https://puntojuridico.com/reinscripcion-de-sociedades-disueltas-ultimas-noticias/&quot; rel=&quot;noopener&quot; target=&quot;_blank&quot;&gt;https://puntojuridico.com/reinscripcion-de-sociedades-disueltas-ultimas-noticias/&lt;/a&gt;]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://puntojuridico.com/nuevo-reglamento-haria-por-fin-posible-reinscripcion-de-sociedades-disueltas/#comment-77227">Karolina</a>.</p>
<p>De acuerdo con la Ley 10220 efectivamente son los accionistas quienes deben comparecer ante notario público a solicitar el cese de disolución.   En cambio con la segunda norma que se publicó el 31 de mayo, la Ley 10255, corresponderá más bien a los últimos representantes legales que aparezcan inscritos en el Registro antes de la disolución de la sociedad,  la gestión.   En ausencia de ellos, serían los apoderados generales o generalísimos inscritos los que soliciten la reinscripción.</p>
<p>Puede leer más sobre las diferencias entre estas dos normas en la nota que publicamos hoy en nuestro blog:   <a href="https://puntojuridico.com/reinscripcion-de-sociedades-disueltas-ultimas-noticias/" rel="noopener" target="_blank">https://puntojuridico.com/reinscripcion-de-sociedades-disueltas-ultimas-noticias/</a></p>
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			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Karolina		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/nuevo-reglamento-haria-por-fin-posible-reinscripcion-de-sociedades-disueltas/#comment-77227</link>

		<dc:creator><![CDATA[Karolina]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 30 Aug 2022 17:13:38 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Pero no es cierto que  quien podía solicitar  el cese de la disolución eran los accionistas de hecho ustedes lo tiene así en un machote]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Pero no es cierto que  quien podía solicitar  el cese de la disolución eran los accionistas de hecho ustedes lo tiene así en un machote</p>
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			</item>
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		<title>
		Por: ¿Ya se puede solicitar anular el cierre de la S.A por ley 9428? Y como?		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/nuevo-reglamento-haria-por-fin-posible-reinscripcion-de-sociedades-disueltas/#comment-77226</link>

		<dc:creator><![CDATA[¿Ya se puede solicitar anular el cierre de la S.A por ley 9428? Y como?]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 30 Aug 2022 15:55:07 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[¿Ya se puede solicitar anular el cierre de la S.A por ley 9428? Y como?]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>¿Ya se puede solicitar anular el cierre de la S.A por ley 9428? Y como?</p>
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			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Lic. Silvia Pacheco. Editora General		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/nuevo-reglamento-haria-por-fin-posible-reinscripcion-de-sociedades-disueltas/#comment-77222</link>

		<dc:creator><![CDATA[Lic. Silvia Pacheco. Editora General]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 29 Aug 2022 21:36:33 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://puntojuridico.com/nuevo-reglamento-haria-por-fin-posible-reinscripcion-de-sociedades-disueltas/#comment-77220&quot;&gt;CINTHYA ALVARADO&lt;/a&gt;.

Nos informan en el Registro Nacional que si bien en un inicio la prescripción de las deudas con la Ley 9024 tenían que que tramitarse ante el Registro Nacional, concretamente ante la Controloría de Servicios, ahora debe hacerse directamente ante el Ministerio de Hacienda como con cualquier otra deuda tributaria.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://puntojuridico.com/nuevo-reglamento-haria-por-fin-posible-reinscripcion-de-sociedades-disueltas/#comment-77220">CINTHYA ALVARADO</a>.</p>
<p>Nos informan en el Registro Nacional que si bien en un inicio la prescripción de las deudas con la Ley 9024 tenían que que tramitarse ante el Registro Nacional, concretamente ante la Controloría de Servicios, ahora debe hacerse directamente ante el Ministerio de Hacienda como con cualquier otra deuda tributaria.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: CINTHYA ALVARADO		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/nuevo-reglamento-haria-por-fin-posible-reinscripcion-de-sociedades-disueltas/#comment-77220</link>

		<dc:creator><![CDATA[CINTHYA ALVARADO]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 29 Aug 2022 18:23:42 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Habría que solicitar la prescripción del  cobro de las deudas contempladas en la Ley anterior, 9024, Esta gestión se presenta ante el Registro o ante Hacienda? y cuánto duran?. Digo vale la pena valorar si en el caso de esa deuda esta será una solución más realista]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Habría que solicitar la prescripción del  cobro de las deudas contempladas en la Ley anterior, 9024, Esta gestión se presenta ante el Registro o ante Hacienda? y cuánto duran?. Digo vale la pena valorar si en el caso de esa deuda esta será una solución más realista</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Lic. Silvia Pacheco. Editora General		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/nuevo-reglamento-haria-por-fin-posible-reinscripcion-de-sociedades-disueltas/#comment-77217</link>

		<dc:creator><![CDATA[Lic. Silvia Pacheco. Editora General]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 29 Aug 2022 02:07:53 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">https://puntojuridico.com/?p=15821#comment-77217</guid>

					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://puntojuridico.com/nuevo-reglamento-haria-por-fin-posible-reinscripcion-de-sociedades-disueltas/#comment-77216&quot;&gt;Rodrigo Robles&lt;/a&gt;.

El borrador de Reglamento a la Ley 10255 que circuló hace algunos días refería al art. 19 del Código de Comercio que dispone lo siguiente:

&lt;strong&gt;Artículo 19.-   La constitución de la sociedad, sus modificaciones, disolución, fusión y cualesquiera otros actos que en alguna forma modifiquen su estructura, deberán ser necesariamente consignados en escritura pública, publicados en extracto en el periódico oficial e inscritos en el Registro Mercantil.&lt;/strong&gt;

Nos parece entonces que al igual que sucede actualmente con las constituciones de sociedad, reformas de pacto constitutivo, disoluciones, fusiones,   lo único que se necesita es que el Notario redacte el edicto haciendo saber que en su Notaría se solicitó la reinscripción de una sociedad disuelta.   Una vez publicado dicho edicto, el notario debe introducir una razón en la misma escritura de solicitud de reinscripción,  dando fe del aviso publicado en La Gaceta.

No se requieren otorgar dos escrituras; se trata de la misma de solicitud de reinscripción a la que se le introduce una razón notarial al final sobre este requisito del edicto en La Gaceta.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://puntojuridico.com/nuevo-reglamento-haria-por-fin-posible-reinscripcion-de-sociedades-disueltas/#comment-77216">Rodrigo Robles</a>.</p>
<p>El borrador de Reglamento a la Ley 10255 que circuló hace algunos días refería al art. 19 del Código de Comercio que dispone lo siguiente:</p>
<p><strong>Artículo 19.-   La constitución de la sociedad, sus modificaciones, disolución, fusión y cualesquiera otros actos que en alguna forma modifiquen su estructura, deberán ser necesariamente consignados en escritura pública, publicados en extracto en el periódico oficial e inscritos en el Registro Mercantil.</strong></p>
<p>Nos parece entonces que al igual que sucede actualmente con las constituciones de sociedad, reformas de pacto constitutivo, disoluciones, fusiones,   lo único que se necesita es que el Notario redacte el edicto haciendo saber que en su Notaría se solicitó la reinscripción de una sociedad disuelta.   Una vez publicado dicho edicto, el notario debe introducir una razón en la misma escritura de solicitud de reinscripción,  dando fe del aviso publicado en La Gaceta.</p>
<p>No se requieren otorgar dos escrituras; se trata de la misma de solicitud de reinscripción a la que se le introduce una razón notarial al final sobre este requisito del edicto en La Gaceta.</p>
]]></content:encoded>
		
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