Cambia procedimiento de boletas de seguridad por uso de Ventanilla Digital

Al día de hoy, se gestionan a través de la plataforma de Ventanilla Digital, el 98.73% de los documentos que se inscriben en el Registro Inmobiliario,  de Muebles, Personas Jurídicas. Así aparece indicado en la Circular DGL-006-2025 de fecha 29 de setiembre publicada el pasado 9 de octubre en La Gaceta. La notable reducción en […]

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Abogada y notaria. Especialista en administración de bases de datos de información jurídica, investigaciones jurisprudenciales y editora de contenidos legales. Consultora en proyectos de informática jurídica en la región centroamericana. Encargada de la administración y actualización de Tirant Cálculos Legales: timbres, honorarios profesionales, patentes, prestaciones laborales y otros. Moderadora del blog www.puntojuridico.com

8 de 8 Comentarios

  1. Rafael Angel Fallas Fallas • 21 octubre, 2025

    Cuándo finaliza el plazo de dos años, es importante para determinar si es posible utilizar alguna que se encuentra en nuestro poder o si por el contrario es necesario solicitar un nuevo talonario. SEGUNDA CONSULTA: En los tramites de bienes muebles se está utilizando alguna boleta para determinado acto?

    • Silvia Pacheco • 22 octubre, 2025

      Al vencer el plazo de dos años de las boletas entregadas antes de la entrada en vigencia de la nueva Circular, deberá solicitarse un nuevo talonario el cual no tendrá ya fecha de vencimiento. La totalidad de trámites relacionados con bienes muebles deben gestionarse de manera electrónica en Ventanilla Digital. Por consiguiente no se requiere la utilización de boletas de seguridad en ningún caso. Según se establece en la Circular en comentario, únicamente las solicitudes de cancelación de cédulas hipotecarias requieren la tramitación física del documento por cuanto resulta imprescindible la entrega de las respectivas cédulas para su destrucción.

  2. Olman Aguilar Castro • 20 octubre, 2025

    Tengo la misma consulta que la colega. Me parece entender que si por el último párrafo pero sería bueno confirmar. De hecho creo que olvidan que para pagar el impuesto de traspaso de vehículos, se debe indicar el número de boleta aunque no se utiliza. Entonces es importante continuar teniendo dichas boletas para esos dos trámites.

    • Silvia Pacheco • 20 octubre, 2025

      Nos aclararon en el Departamento encargado de entrega de boletas que en los traspasos de vehículos no se requiere utilizar boletas de seguridad. Si bien al momento de completar el entero bancario y la Declaración para el pago del impuesto de transferencia, se solicita completar dicho dato, es suficiente con poner un número 1. Indicó el funcionario que la firma digital del notario en los testimonios electrónicos sustituyó el requisito de las boletas de seguridad, sello blanco, papel de seguridad. Unicamente se requieren las boletas de seguridad en las cancelaciones de cédulas hipotecarias por cuanto conjuntamente con el respectivo testimonio, deben entregarse físicamente las cédulas para que sean destruidas en el Registro Nacional.

  3. Glenda Bolívar • 18 octubre, 2025

    ¿ y las que tenemos designadas, ya con 2 años de expedidas , seguirán vigentes, sea se pueden seguir usando hasta finalizarlas? siguen vigentes?

    • Silvia Pacheco • 20 octubre, 2025

      Las boletas anteriores que contaban con plazo de vigencia de dos años, se mantienen vigentes hasta el cumplimiento del plazo.

      • Olman Aguilar Castro • 20 octubre, 2025

        Me parece que lo que dice el párrafo final es que ya no dejan de estar vigentes a los dos años, sino cuando se terminen. Les agradezco la aclaración.

        • Silvia Pacheco • 20 octubre, 2025

          Nos indicaron que los talonarios nuevos que sean entregados a partir del 9 de este mes de octubre, fecha de vigencia de esta nueva Circular en La Gaceta, ya no tendrán fecha de vencimiento. Los talonarios que fueron entregados antes de ese día, vencen en el plazo de 2 años que se tenía dispuesto con las anteriores regulaciones.