Registro Nacional emite circular sobre boletas de seguridad

Mediante la Circular DGL-0002-2023 de la Dirección General del Registro Nacional publicada ayer en La Gaceta se emiten nuevas regulaciones para la entrega, devolución e inhabilitación de boletas de seguridad.  Para descargar su contenido haga clic aquí. Se señala en los Considerandos de la Circular que con la entrada en funcionamiento del servicio de  Ventanilla […]

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Abogada y notaria. Especialista en administración de bases de datos de información jurídica, investigaciones jurisprudenciales y editora de contenidos legales. Consultora en proyectos de informática jurídica en la región centroamericana. Encargada de la administración y actualización de Tirant Cálculos Legales: timbres, honorarios profesionales, patentes, prestaciones laborales y otros. Moderadora del blog www.puntojuridico.com

4 de 4 Comentarios

  1. Susana Waterhouse • 01 febrero, 2023

    Estimada Licenciada
    Cuando estuve presente en la conferencia sobre TRAMITE YA me acuerdo que nos dijeron que no sería necesario utiizar más las boletas, lo que es correcto, excepto en los traspasos de fincas y vehículos, donde el respectivo formulario no se puede enviar a Tributación si antes no le hemos puesto el número de boleta. PORQUE NO ELIMINAN LA BOLETA DE DICHO FORMULARIO? Gracias

    • Silvia Pacheco • 02 febrero, 2023

      Definitivamente es urgente que Hacienda actualice esos formularios de impuesto de traspaso de inmuebles y vehículos para eliminar el campo en el que solicita al contribuyente indicar el número de boleta de seguridad.

  2. Olman Aguilar Castro • 01 febrero, 2023

    Estimada Silvia, como siempre muy importantes los avisos que nos dan. En mi caso tengo talonarios que están sin uso por el uso de la ventanilla digital, pero ocasionalmente surge algún tema por el que hay que presentar una boleta normal. Mi consulta es que si al cumplirse los dos años, el sistema va a hacer la cancelación de oficio de las boletas existentes? Será necesario hacer algo? La razón es que cuando se venzan por seguridad será necesario sacar nuevas boletas para esas emergencias. Quedo atento a la respuesta a la consulta y nuevamente muy agradecido por toda la información que nos aportan.

    • Silvia Pacheco • 01 febrero, 2023

      De acuerdo con el texto de la Disposición Transitoria de la Circular, la cancelación que se producirá dentro de dos años de las boletas existentes al día de hoy que no hayan sido utilizadas en ningún instrumento público, será automática, por lo que no será necesario que los notarios acudan a realizar algún trámite ante el Registro Nacional. Lo importante será que tomen nota antes de que se produzca dicha caducidad automática para obtener nuevos talonarios en caso de que, como usted bien lo señala, existan todavía en ese momento algunos actos que requieran de una tramitación en formato papel. De lo contrario, seguramente ya no volveríamos a ver estas boletas de seguridad.