Nueva prórroga a nombramientos de directores y fiscales en Asociaciones

Mediante la Ley No. 9844 publicada el pasado 30 de abril se prorrogaron en forma automática por un plazo de seis meses, los nombramientos de los directores y fiscales de las Asociaciones, Federaciones y Confederaciones inscritas en el Registro de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas.   (Ver más al respecto en nuestra nota en este […]

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Abogada y notaria. Especialista en administración de bases de datos de información jurídica, investigaciones jurisprudenciales y editora de contenidos legales. Consultora en proyectos de informática jurídica en la región centroamericana. Colaboradora del sitio www.leylaboral.com Encargada de la administración y actualización de Master Lex Cálculos Legales: timbres, honorarios profesionales, patentes, prestaciones laborales y otros. Moderadora del blog www.puntojuridico.com

5 de 5 Comentarios

  1. MARIA LOURDES DELGADO JIMENEZ • 13 octubre, 2020

    Buenas noches. Licenciada Pacheco, un saludo como siempre agradecida con usted. PREGUNTA. 1.) Porque la directriz la emite el MS. 2.9 Hay alguna directriz del Registro. Buenas noches.

  2. Magally • 24 septiembre, 2020

    Aplica la prórroga para los nombramientos de administradores de Condominios?

  3. Gabriela Alvarado • 24 septiembre, 2020

    Buenas, a pesar de la prórroga, se puede hacer nombramientos desde ya, en caso de que renuncien miembros?? Y se permite la virtualidad o como se estaria manejando… Gracias

    • Silvia Pacheco • 27 septiembre, 2020

      Según lo dispuesto en la Ley 9844 que es la que planteó lo de esta prórroga automática: “En caso de existir anotado un documento en trámite, que tenga como fin la prórroga del plazo de nombramientos de los órganos citados en el artículo 1 o que se lleguen a presentar a futuro, podrá concretarse su inscripción a fin de formalizar dicha prórroga, sin resultar aplicable lo señalado en la presente ley.”

      Por consiguiente, Asociaciones que sí consideren posible realizar las renovaciones de sus juntas directivas, pueden hacerlo. En cuanto a la alternativa de llevarlas a cabo en forma virtual puede leer nuestra nota en este mismo blog: https://puntojuridico.com/nueva-directriz-sobre-celebracion-virtual-de-asambleas-de-socios-y-sesiones-de-junta-directiva/ Mediante una Directriz del REgistro de Personas Jurídicas expresamente se contempla esa posibilidad de celebración virtual para las Asociaciones.