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	Comentarios en: Nueva Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas	</title>
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	<description>EL BLOG JURÍDICO DE COSTA RICA</description>
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		<title>
		Por: Jimmy matarrita		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/nueva-ley-de-impuesto-a-las-personas-juridicas/#comment-22734</link>

		<dc:creator><![CDATA[Jimmy matarrita]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Aug 2012 21:01:23 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Esta es la ley en contra de las nano empresas, con bastante furia y odio hacia este gobierno el día de hoy tomo la decisión de cerrar la pequeña empresa que con tanto esfuerzo inicié hace un par de años, mi meta era contratar un par de empleados en unos meses, pero teniendo por ahora un salario superior al base en solo c100.000 me veo obligado a regresar al modelo de &quot;trabajador independiente&quot; y cambiar mis planes a algo donde el estado no me saque plata que no se merece.

Es indignante que el pueblo reciba el garrote del estado por las deudas en las que ellos se meten. Muy bien doña Laura, la felicito por desalentar el trabajo de las micro empresas y por destruir los sueños de los micro empresarios.

Nota: Lo de incluirse como PYME en el MEIC es una mala burla al tener que pagar mas de 1.000.000 a la CCSS en gastos, en especial si es una empresa de un solo empleado, ¿Cómo es que un solo empleado paga el 37% de C.C.S.S, impuestos de venta, impuestos de renta, facturas, permisos, certificaciones, etc, etc cuando un empleado normal solo debe pagar un 9% de su salario?]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Esta es la ley en contra de las nano empresas, con bastante furia y odio hacia este gobierno el día de hoy tomo la decisión de cerrar la pequeña empresa que con tanto esfuerzo inicié hace un par de años, mi meta era contratar un par de empleados en unos meses, pero teniendo por ahora un salario superior al base en solo c100.000 me veo obligado a regresar al modelo de &#8220;trabajador independiente&#8221; y cambiar mis planes a algo donde el estado no me saque plata que no se merece.</p>
<p>Es indignante que el pueblo reciba el garrote del estado por las deudas en las que ellos se meten. Muy bien doña Laura, la felicito por desalentar el trabajo de las micro empresas y por destruir los sueños de los micro empresarios.</p>
<p>Nota: Lo de incluirse como PYME en el MEIC es una mala burla al tener que pagar mas de 1.000.000 a la CCSS en gastos, en especial si es una empresa de un solo empleado, ¿Cómo es que un solo empleado paga el 37% de C.C.S.S, impuestos de venta, impuestos de renta, facturas, permisos, certificaciones, etc, etc cuando un empleado normal solo debe pagar un 9% de su salario?</p>
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		<title>
		Por: jazmin mora		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/nueva-ley-de-impuesto-a-las-personas-juridicas/#comment-20765</link>

		<dc:creator><![CDATA[jazmin mora]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 25 Apr 2012 00:33:51 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Si  la demanda de inscripciones de constituciones de sociedades son muy escasas despues de la aplicacion de esta ley 9024, ya que posiblemente nadie quiera constituir una sociedad despues de este impuesto. Que cambio sufriria un registro de personas juridicas en el cual me inmagino se inscribian muchas sociedades otorgando trabajo tanto como los funcionarios de dicha institucion, como para abogados notarios, si ya una vez liquidadas muchas sociedades por acuerdo unanime de disolucion o por el articulo 6 de ley del no pago del impuesto por tres años siendo causal de disolucion, despues que se de todo eso que se va inscribir en ese registro]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Si  la demanda de inscripciones de constituciones de sociedades son muy escasas despues de la aplicacion de esta ley 9024, ya que posiblemente nadie quiera constituir una sociedad despues de este impuesto. Que cambio sufriria un registro de personas juridicas en el cual me inmagino se inscribian muchas sociedades otorgando trabajo tanto como los funcionarios de dicha institucion, como para abogados notarios, si ya una vez liquidadas muchas sociedades por acuerdo unanime de disolucion o por el articulo 6 de ley del no pago del impuesto por tres años siendo causal de disolucion, despues que se de todo eso que se va inscribir en ese registro</p>
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		<title>
		Por: Cecilia		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/nueva-ley-de-impuesto-a-las-personas-juridicas/#comment-20692</link>

		<dc:creator><![CDATA[Cecilia]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 20 Apr 2012 22:39:51 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Siendo un proceso de conformidad con el 129 del CN, habrá que hacer la publicación del acuerdo de disolución del 207 del CC, que da 1 mes para oposiciones.  Y si según esto, vencido el plazo de 3 meses que da la ley para disolver la sociedad, hay que pagar el impuesto, entonces es muy probable (casi completa certeza) que todas las sociedades van a pagar el impuesto, porque dudo muchísimo que el proceso tarde menos de 3 meses, particularmente en este país.  Especialmente considerando que muchas de estas sociedades son viejas e inactivas, lo que quiere decir, que muchas probablemente no tienen ni libros o están extraviados...]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Siendo un proceso de conformidad con el 129 del CN, habrá que hacer la publicación del acuerdo de disolución del 207 del CC, que da 1 mes para oposiciones.  Y si según esto, vencido el plazo de 3 meses que da la ley para disolver la sociedad, hay que pagar el impuesto, entonces es muy probable (casi completa certeza) que todas las sociedades van a pagar el impuesto, porque dudo muchísimo que el proceso tarde menos de 3 meses, particularmente en este país.  Especialmente considerando que muchas de estas sociedades son viejas e inactivas, lo que quiere decir, que muchas probablemente no tienen ni libros o están extraviados&#8230;</p>
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		<title>
		Por: Arlie Sibaja González		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/nueva-ley-de-impuesto-a-las-personas-juridicas/#comment-20580</link>

		<dc:creator><![CDATA[Arlie Sibaja González]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 13 Apr 2012 18:11:40 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Fui a preguntar por el monto a pagar por una sociendad y en B.C.R. me dieron un monto de 135.471,00 colones, no entiende porque contradice de acuerdo a como se realiza el cáculo. Por otra parte quiciera saber cual es la diferencia de una activa y otra inactiva. Tributariamente se considera inactiva a una Sociedad inscrita pero que no tiene actividad económica, pero en el caso que estamos tratando no lo entiendo.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Fui a preguntar por el monto a pagar por una sociendad y en B.C.R. me dieron un monto de 135.471,00 colones, no entiende porque contradice de acuerdo a como se realiza el cáculo. Por otra parte quiciera saber cual es la diferencia de una activa y otra inactiva. Tributariamente se considera inactiva a una Sociedad inscrita pero que no tiene actividad económica, pero en el caso que estamos tratando no lo entiendo.</p>
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		Por: Gustavo Salas		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/nueva-ley-de-impuesto-a-las-personas-juridicas/#comment-20506</link>

		<dc:creator><![CDATA[Gustavo Salas]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 10 Apr 2012 17:56:39 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Les cobraria impuesto territorial a los terrenos de las sociedades inctivas con la presente ley o bien el pago de ese nuevo impuesto no habria que preocuparse en pagar otros impuestos adicionales.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Les cobraria impuesto territorial a los terrenos de las sociedades inctivas con la presente ley o bien el pago de ese nuevo impuesto no habria que preocuparse en pagar otros impuestos adicionales.</p>
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		<title>
		Por: Nelly		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/nueva-ley-de-impuesto-a-las-personas-juridicas/#comment-20377</link>

		<dc:creator><![CDATA[Nelly]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 04 Apr 2012 02:10:35 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Tengo una sociedad que está inactiva y tiene el plazo social vencido desde el año pasado. Tiene que pagar el impuesto?]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Tengo una sociedad que está inactiva y tiene el plazo social vencido desde el año pasado. Tiene que pagar el impuesto?</p>
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		<title>
		Por: Fernando		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/nueva-ley-de-impuesto-a-las-personas-juridicas/#comment-20252</link>

		<dc:creator><![CDATA[Fernando]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 29 Mar 2012 21:51:50 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Estando trabajando con una Asociacion Solidarista en 1990 fundamos una sociedad un grupo para un negocio de descuento de facturas con la asociacion, donde yo soy el presidente y en la constitucion se escribio que el poder mio duraba 10 años, 22 años despues la sociedad nunca se utilizo y no se inscribio en tributacion porque nunca genero nada, los socios no aparecen no hay libros legales es probable que algunos por su edad esten muertos, que hago yo al respecto como presidente]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Estando trabajando con una Asociacion Solidarista en 1990 fundamos una sociedad un grupo para un negocio de descuento de facturas con la asociacion, donde yo soy el presidente y en la constitucion se escribio que el poder mio duraba 10 años, 22 años despues la sociedad nunca se utilizo y no se inscribio en tributacion porque nunca genero nada, los socios no aparecen no hay libros legales es probable que algunos por su edad esten muertos, que hago yo al respecto como presidente</p>
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		<title>
		Por: Carolina		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/nueva-ley-de-impuesto-a-las-personas-juridicas/#comment-17665</link>

		<dc:creator><![CDATA[Carolina]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 16 Jan 2012 23:08:47 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Hay una contradicción. Se supone que uno puede disolver las sociedades hasta antes del 1ero de abril sin tener que pagar el nuevo impuesto. Pero, si quiero gozar del beneficio que me otorga la ley cuanto a los traspasos de los bienes de sociedades inactivas tengo que esperarme hasta el 1 de abril? Entonces, o pago el traspaso o pago el impuesto.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Hay una contradicción. Se supone que uno puede disolver las sociedades hasta antes del 1ero de abril sin tener que pagar el nuevo impuesto. Pero, si quiero gozar del beneficio que me otorga la ley cuanto a los traspasos de los bienes de sociedades inactivas tengo que esperarme hasta el 1 de abril? Entonces, o pago el traspaso o pago el impuesto.</p>
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		<title>
		Por: Deivis Granados		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/nueva-ley-de-impuesto-a-las-personas-juridicas/#comment-17664</link>

		<dc:creator><![CDATA[Deivis Granados]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 16 Jan 2012 22:34:35 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[En cuanto a los seis meses de exención sobre timbres e impuestos para traspasos de bienes de las sociedades, se establece que opera para aquellas que al menos tengan veinticuatro meses de inactividad. ¿Qué sucede con sociedades inactivas -de reciente constitución- que tenga menos de ese periodo?]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En cuanto a los seis meses de exención sobre timbres e impuestos para traspasos de bienes de las sociedades, se establece que opera para aquellas que al menos tengan veinticuatro meses de inactividad. ¿Qué sucede con sociedades inactivas -de reciente constitución- que tenga menos de ese periodo?</p>
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		<title>
		Por: Maria Lourdes		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/nueva-ley-de-impuesto-a-las-personas-juridicas/#comment-17660</link>

		<dc:creator><![CDATA[Maria Lourdes]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 16 Jan 2012 15:07:18 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Lo que no me quedea claro, y creo que es un tema de mucho cuidado.  Que sucede si alguna sociedad &quot;inactiva o activa&quot;, se ha comprometido firmando un pagare o letra de cambio y se disuelve, o que sucede con aquellas sociedades que presentan un litigio, o  de las que ya hay sentencia.  El registro verificara todo esto?, en el caso de procesos activos o fallados todavia creo que sera un poco dificil pero no imposible, pero en cuanto a documentos donde la sociedad se compromete como los mencionados y no hay manera de determinarlo, como se haria?, el acreedor se quedara parado en un broque de hielo. Yo esperaria que todo esto lo hayan valorado, porue no se trata de cobrar impuestos como locos, sin determinar las consecuencias.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Lo que no me quedea claro, y creo que es un tema de mucho cuidado.  Que sucede si alguna sociedad &#8220;inactiva o activa&#8221;, se ha comprometido firmando un pagare o letra de cambio y se disuelve, o que sucede con aquellas sociedades que presentan un litigio, o  de las que ya hay sentencia.  El registro verificara todo esto?, en el caso de procesos activos o fallados todavia creo que sera un poco dificil pero no imposible, pero en cuanto a documentos donde la sociedad se compromete como los mencionados y no hay manera de determinarlo, como se haria?, el acreedor se quedara parado en un broque de hielo. Yo esperaria que todo esto lo hayan valorado, porue no se trata de cobrar impuestos como locos, sin determinar las consecuencias.</p>
]]></content:encoded>
		
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