Nueva Circular sobre daciones de fe de las firmas en las actas

Agradecemos al Dr. Kendall Ruiz Jiménez por ponernos al tanto de la Circular DPJ-008-2025 del Registro de Personas Jurídicas relativa a las daciones de fe notarial de las firmas en las actas de sociedades anónimas y de responsabilidad limitada. Puede descargar el contenido de esta nueva Circular aquí. De inmediato vamos a empezar el análisis […]

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2 de 2 Comentarios

  1. Luis Ricardo Garino Granados • 08 agosto, 2025

    Revisando tanto el nuevo Reglamento como la guía de calificación registral, no se hace referencia a las asambleas VIRTUALES, si las mismas se encuentran legalmente permitidas, que pasaría con las daciones de FE???, toda vez, que en sana teoría, al celebrarse este tipo de asambleas, lo que se indica al final de la misma, que se autoriza a una o varias personas a transcribir el acta en libros y firmarla, sin embargo, en base a lo que se ha venido comentado, sería materialmente imposible que para dichas asambleas virtuales, los accionistas, Presidente y Secretario de Asamblea puedan firmar el libro, pues precesimante dichas asambleas se autorizan en razón de poder estar físicamente los interesados. En esos casos como se procedería???

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    • Silvia Pacheco • 11 agosto, 2025

      El hecho de que las asambleas se celebren virtualmente no exime de la obligación de que las actas sean asentadas en los los libros respectivos y que luego se deban recoger las firmas de todas las personas obligadas a suscribirlas. Distinto cuando los libros se llevan en formato electrónico, debiendo en estos casos contar todas las personas llamadas a firmar las actas con certificados de firma digital debidamente validados por el Banco Central de Costa Rica.

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