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	Comentarios en: Más sobre la restricción para consultar infracciones en el COSEVI	</title>
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	<description>EL BLOG JURÍDICO DE COSTA RICA</description>
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		<title>
		Por: Lic. Silvia Pacheco. Editora General		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/mas-sobre-la-restriccion-para-la-consulta-publica-de-infracciones-de-transito/#comment-53110</link>

		<dc:creator><![CDATA[Lic. Silvia Pacheco. Editora General]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 27 Feb 2018 23:43:31 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://puntojuridico.com/mas-sobre-la-restriccion-para-la-consulta-publica-de-infracciones-de-transito/#comment-53109&quot;&gt;victor rojas aguilar&lt;/a&gt;.

Nos acaban de avisar que la Sala Constitucional acogió el recurso de amparo presentado contra el COSEVI y lo obligan a habilitar nuevamente la consulta pública de infracciones.   El LIc. Orlando Baltodano nos hizo llegar copia de la resolución y estamos preparando una nota que publicaremos mañana temprano en este blog.  Sin duda, será celebrada por muchos colegas preocupados ante la dificultad de hacer una debida revisión de los automotores, de previo al otorgamiento de traspasos y otros actos de vehículos.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://puntojuridico.com/mas-sobre-la-restriccion-para-la-consulta-publica-de-infracciones-de-transito/#comment-53109">victor rojas aguilar</a>.</p>
<p>Nos acaban de avisar que la Sala Constitucional acogió el recurso de amparo presentado contra el COSEVI y lo obligan a habilitar nuevamente la consulta pública de infracciones.   El LIc. Orlando Baltodano nos hizo llegar copia de la resolución y estamos preparando una nota que publicaremos mañana temprano en este blog.  Sin duda, será celebrada por muchos colegas preocupados ante la dificultad de hacer una debida revisión de los automotores, de previo al otorgamiento de traspasos y otros actos de vehículos.</p>
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			</item>
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		<title>
		Por: victor rojas aguilar		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/mas-sobre-la-restriccion-para-la-consulta-publica-de-infracciones-de-transito/#comment-53109</link>

		<dc:creator><![CDATA[victor rojas aguilar]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 27 Feb 2018 18:07:39 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Estimada Lic. Pacheco, el link que se nos había indicado  https://www.csv.go.cr/web/10179/44, funcionó durante algunas semanas, pero actualmente no funciona, será que nuevamente se le podrá hacer la consulta al Lic. Gabriel Jerez de Cosevi, para ver si existe algún otro link que nos pueda proporcionar???]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Estimada Lic. Pacheco, el link que se nos había indicado  <a href="https://www.csv.go.cr/web/10179/44" rel="nofollow ugc">https://www.csv.go.cr/web/10179/44</a>, funcionó durante algunas semanas, pero actualmente no funciona, será que nuevamente se le podrá hacer la consulta al Lic. Gabriel Jerez de Cosevi, para ver si existe algún otro link que nos pueda proporcionar???</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Lic. Silvia Pacheco. Editora General		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/mas-sobre-la-restriccion-para-la-consulta-publica-de-infracciones-de-transito/#comment-52931</link>

		<dc:creator><![CDATA[Lic. Silvia Pacheco. Editora General]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 31 Jan 2018 14:50:38 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://puntojuridico.com/mas-sobre-la-restriccion-para-la-consulta-publica-de-infracciones-de-transito/#comment-52930&quot;&gt;orlando baltodano&lt;/a&gt;.

Estimado don Orlando,  Muy importante lo que nos informa.  Si desea preparar algún comentario sobre este particular, con mucho gusto lo publicamos en este blog para la atención de todos los estimados colegas que lo consultan. Nos lo puede enviar a la dirección de correo electrónico: legal@masterlex.com   Muchas gracias]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://puntojuridico.com/mas-sobre-la-restriccion-para-la-consulta-publica-de-infracciones-de-transito/#comment-52930">orlando baltodano</a>.</p>
<p>Estimado don Orlando,  Muy importante lo que nos informa.  Si desea preparar algún comentario sobre este particular, con mucho gusto lo publicamos en este blog para la atención de todos los estimados colegas que lo consultan. Nos lo puede enviar a la dirección de correo electrónico: <a href="mailto:legal@masterlex.com">legal@masterlex.com</a>   Muchas gracias</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
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		<title>
		Por: orlando baltodano		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/mas-sobre-la-restriccion-para-la-consulta-publica-de-infracciones-de-transito/#comment-52930</link>

		<dc:creator><![CDATA[orlando baltodano]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 31 Jan 2018 14:33:43 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[¡Buenos días estimados colegas! Les informo que el pasado 24/01/18, bajo el expediente número: 18-001114-0007-CO, se incoa recurso de amparo contra el COSEVI por dicha determinación. 

Asimismo, considero de mucho interés para el gremio informarles que en Proceso Contencioso Administrativo, contra el Colegio de Abogados de Costa Rica, que rola bajo el expediente:  16-008384-5664-CA, el colega Javier Francisco Quirós Quirós solicitó constituirse en parte demandada y alegando la inconstitucionalidad de la ley   3245 (Ley de Creación del Timbre del CA). La Sala solicitó el expediente y el Contencioso ya suspendió la tramitación. Cualquier interesado en conocer más sobre este importante tópico puede contactarme y con gusto les informaré. Lic. Orlando Baltodano V.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>¡Buenos días estimados colegas! Les informo que el pasado 24/01/18, bajo el expediente número: 18-001114-0007-CO, se incoa recurso de amparo contra el COSEVI por dicha determinación. </p>
<p>Asimismo, considero de mucho interés para el gremio informarles que en Proceso Contencioso Administrativo, contra el Colegio de Abogados de Costa Rica, que rola bajo el expediente:  16-008384-5664-CA, el colega Javier Francisco Quirós Quirós solicitó constituirse en parte demandada y alegando la inconstitucionalidad de la ley   3245 (Ley de Creación del Timbre del CA). La Sala solicitó el expediente y el Contencioso ya suspendió la tramitación. Cualquier interesado en conocer más sobre este importante tópico puede contactarme y con gusto les informaré. Lic. Orlando Baltodano V.</p>
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		<title>
		Por: Carlos Alpízar Alfaro		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/mas-sobre-la-restriccion-para-la-consulta-publica-de-infracciones-de-transito/#comment-52186</link>

		<dc:creator><![CDATA[Carlos Alpízar Alfaro]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 29 Nov 2017 17:40:47 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[En mi criterio COSEVI - más alla de proteger la información privada de las personas - está violentando el derecho sagrado a la información pública que debe tener todo ciudadano cuando pretende adquirir un bien sin ningún tipo de gravamen, al igual que cuando se accesa a Registro Inmobiliario para saber si la Finca que va comprar está libre de gravamenes o no, a fin de tener certeza de lo que le venden y evitar ser defraudado mediante la información pública que debe estar a su alcance, como un derecho fundamental amparado por nuestra Cosntitución. En este sentido considero - salvo mejor criterio - que un Recurso de Amparo es la vía directa, ante una Institución que está protegiendo intereses muy cuestionados, en perjuicio del ciudadano de a pie y la función notarial que ejercemos.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En mi criterio COSEVI &#8211; más alla de proteger la información privada de las personas &#8211; está violentando el derecho sagrado a la información pública que debe tener todo ciudadano cuando pretende adquirir un bien sin ningún tipo de gravamen, al igual que cuando se accesa a Registro Inmobiliario para saber si la Finca que va comprar está libre de gravamenes o no, a fin de tener certeza de lo que le venden y evitar ser defraudado mediante la información pública que debe estar a su alcance, como un derecho fundamental amparado por nuestra Cosntitución. En este sentido considero &#8211; salvo mejor criterio &#8211; que un Recurso de Amparo es la vía directa, ante una Institución que está protegiendo intereses muy cuestionados, en perjuicio del ciudadano de a pie y la función notarial que ejercemos.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Ronald Araya Barboza		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/mas-sobre-la-restriccion-para-la-consulta-publica-de-infracciones-de-transito/#comment-52135</link>

		<dc:creator><![CDATA[Ronald Araya Barboza]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 28 Nov 2017 01:25:49 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[completamente de acuerdo con la colega que dice que los notarios debemos tener acceso a las bases de datos públicas, y la DNN debería velar porque eso sea de esa manera (podría ser un acceso por medio de firma digital y el numero de carné de cada uno).
Ese link que apunta la Licenciada al final del articulo, de momento es efectivo para corroborar las infracciones.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>completamente de acuerdo con la colega que dice que los notarios debemos tener acceso a las bases de datos públicas, y la DNN debería velar porque eso sea de esa manera (podría ser un acceso por medio de firma digital y el numero de carné de cada uno).<br />
Ese link que apunta la Licenciada al final del articulo, de momento es efectivo para corroborar las infracciones.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Hilda Porras		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/mas-sobre-la-restriccion-para-la-consulta-publica-de-infracciones-de-transito/#comment-52128</link>

		<dc:creator><![CDATA[Hilda Porras]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 27 Nov 2017 15:23:38 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Los Notarios debemos tener acceso a esas bases &quot;públicas&quot; de datos con el fin de ejercer nuestra función notarial, que también es &quot;pública&quot;, sin restricciones ni limitaciones.
Ya es hora de que la DDN resuelva este tipo de situaciones. 
Pronto nos limitarán el acceso al Registro Civil para ver datos , en vez de darnos acceso al registro fotográfico. 
No se puede exigir responsabilidad de esa manera.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Los Notarios debemos tener acceso a esas bases &#8220;públicas&#8221; de datos con el fin de ejercer nuestra función notarial, que también es &#8220;pública&#8221;, sin restricciones ni limitaciones.<br />
Ya es hora de que la DDN resuelva este tipo de situaciones.<br />
Pronto nos limitarán el acceso al Registro Civil para ver datos , en vez de darnos acceso al registro fotográfico.<br />
No se puede exigir responsabilidad de esa manera.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Edgar Salazar		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/mas-sobre-la-restriccion-para-la-consulta-publica-de-infracciones-de-transito/#comment-52102</link>

		<dc:creator><![CDATA[Edgar Salazar]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 25 Nov 2017 16:36:53 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[No entiendo como nos siguen dificultando el trabajo a los Notarios, y la DNN y el Colegio de Abogados continuan mudos a pesar de los constantes perjuicios al gremio de profesionales en Derecho]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>No entiendo como nos siguen dificultando el trabajo a los Notarios, y la DNN y el Colegio de Abogados continuan mudos a pesar de los constantes perjuicios al gremio de profesionales en Derecho</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: lic Rolando Soto		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/mas-sobre-la-restriccion-para-la-consulta-publica-de-infracciones-de-transito/#comment-52101</link>

		<dc:creator><![CDATA[lic Rolando Soto]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 25 Nov 2017 16:23:09 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Muy de acuerdo con lo expresado por el Lic Marcelo Vega.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Muy de acuerdo con lo expresado por el Lic Marcelo Vega.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: JULIO		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/mas-sobre-la-restriccion-para-la-consulta-publica-de-infracciones-de-transito/#comment-52099</link>

		<dc:creator><![CDATA[JULIO]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 25 Nov 2017 13:20:16 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">https://www.puntojuridico.com/?p=9107#comment-52099</guid>

					<description><![CDATA[LA INFORMACION DEBE SER CADA VEZ MAS PUBLICA para que no se convierta en mercancía. El secreto bancario existe para todos menos para los empleados del banco y sus amigos, lo mismo sucede con la información tributaria. A quièn quieren proteger ? , a mi no, yo no tengo partes. Seguro algún político irresponsable con muchas infracciones se quejò. Lo cierto es que los empleados de COSEVI y sus amigos, si tienen acceso a la información.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>LA INFORMACION DEBE SER CADA VEZ MAS PUBLICA para que no se convierta en mercancía. El secreto bancario existe para todos menos para los empleados del banco y sus amigos, lo mismo sucede con la información tributaria. A quièn quieren proteger ? , a mi no, yo no tengo partes. Seguro algún político irresponsable con muchas infracciones se quejò. Lo cierto es que los empleados de COSEVI y sus amigos, si tienen acceso a la información.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
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