Más sobre la restricción para consultar infracciones en el COSEVI
Ayer publicamos una nota sobre la restricción que existe desde el pasado 15 de noviembre en la página web del Consejo de Seguridad Vial para la consulta pública de infracciones de tránsito.
La situación, genera preocupación en la comunidad notarial toda vez que se dificulta la posibilidad de confirmar, en forma previa al otorgamiento de las escrituras de traspaso, que los respectivos automotores se encuentren libres de infracciones a fin de hacerlo contar en los instrumentos para garantía de las partes contratantes.
Esta mañana, el Departamento Legal del COSEVI gentilmente nos puso al tanto de la resolución de la Agencia de Protección de Datos de los Habitantes (Prohab) emitió en setiembre pasado, mediante la cual le ordenó a dicha dependencia deshabilitar la consulta pública de infracciones a fin de garantizar el Derecho de Autodeterminación Informativa de los propietarios vehiculares:
«Es cierto que el Consejo de Seguridad Vial otorga la facilidad a los ciudadanos que tienen otorgada licencia de conducir, para que puedan consultar su situación como conductores, ya sea por infracciones cometidas a la legislación de tránsito, como por colisiones sustanciadas ante la jurisdicción de tránsito, así como el detalle de las mismas». No obstante esta Agencia procedió a la revisión del sitio web indicado y se logra observar en el mismo que la consulta de infracciones no tiene restricción para quien la utiliza pues se puede tener acceso a la información de cualquier ciudadano con tan solo su número de cédula o placa del vehículo. (…) por lo que se le concede el PLAZO IMPRORROGABLE DE UN MES para que deshabilite la consulta en las condiciones actuales … « (Tomado de la resolución No 3 de la Agencia de Protección de Datos de los Habitantes de las 15:00 hrs del 1 de setiembre de 2017)
Se generó la inquietud sobre la posibilidad que tendrían los notarios de adicionar alguna leyenda o razón en las escrituras de traspaso de vehículos mediante la cual las partes pudieran eximirlos expresamente de su responsabilidad en cuanto a esa constatación de infracciones sobre los vehículos traspasados.
Sin embargo, del segundo párrafo del artículo 15 del Código Notarial se desprende con claridad que dichas eximentes de responsabilidad resultan inválidas:
Artículo 15.- Responsabilidades. Los notarios públicos son responsables por el incumplimiento de sus obligaciones y deberes profesionales, así como por la violación de las leyes y sus reglamentos. Esta responsabilidad puede ser disciplinaria, civil o penal.
Carecerá de validez cualquier manifestación de las partes en que el notario sea relevado de responsabilidad por el incumplimiento de sus obligaciones. (Subrayado no es del original)
Por consiguiente, no sería factible incorporar a las escrituras de traspaso, notas en las que las partes eximan de responsabilidad a los notarios.
En el COSEVI sugirieron como posibilidad para solventar la incertidumbre que la restricción a la consulta pública de infracciones genera, que los notarios soliciten a los vendedores su inscripción en el sistema, para que de previo a la firma de las escrituras, y ante el propio Notario, ingresen los vendedores con su nombre de usuario y clave, y realicen la consulta constatando la existencia o inexistencia de infracciones.
En la página del COSEVI se explican los pasos que deben seguir los interesados en inscribirse como usuarios del sistema de consulta de infracciones.
Otra posibilidad es que los vendedores aporten certificaciones que hayan gestionado previamente en las oficinas del COSEVI. En caso de que los propios vendedores no puedan hacer el trámite, podrán autorizar a cualquier persona que lo realice en su nombre.
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El Lic. José Gabriel Jerez gentilmente nos compartió un link que dentro de la página del COSEVI permite aún realizar consultas de infracciones por número de placa. Hicimos varias pruebas y pareciera que su funcionamiento es correcto. Se trata de la siguiente dirección: https://www.csv.go.cr/web/10179/44
Habrá que ver por cuánto tiempo se mantendrá disponible esta funcionalidad en la página.
victor rojas aguilar • 27 febrero, 2018
Estimada Lic. Pacheco, el link que se nos había indicado https://www.csv.go.cr/web/10179/44, funcionó durante algunas semanas, pero actualmente no funciona, será que nuevamente se le podrá hacer la consulta al Lic. Gabriel Jerez de Cosevi, para ver si existe algún otro link que nos pueda proporcionar???