Juzgados de Familia enviarán directamente sentencias al Registro Civil

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La Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia emitió la Circular 170-2020  para comunicar el acuerdo tomado por el Consejo Superior en sesión Nº 77-2020 celebrada el pasado 5 de agosto, mediante el cual se hace saber a todos los los despachos del país que conocen la  materia de Familia, que en toda sentencia firme que sea objeto de inscripción en el Registro Civil, deberán remitir de oficio las sentencias judiciales que tengan algún efecto de aplicación en los registros de hechos vitales y civiles.

El acuerdo se tomó en respuesta al oficio  DGRC-0355-2020, remitido por el director del Registro Civil.    Transcribimos a continuación la respuesta que brindó a dicho documento la Comisión de la Jurisdicción de Familia, Niñez y Adolescencia:

«Esta Comisión acoge el mismo con sumo beneplácito por los beneficios que el mismo trae a los Despachos Judiciales, a las personas usuarias y al medio ambiente, además porque una pronta inscripción evita impugnaciones de paternidad, declaratorias de hijos (as) extramatrimoniales, autorizaciones de reconocimientos de hijos (as) de mujer unida en matrimonio, con los efectos que esto tiene en el costo de la Administración de Justicia, reactivos de pruebas de ADN, espacios en agendas, tiempo de audiencias, etc.»

La Circular 170-2020 fue publicada en el Boletín Judicial No. 163 del 26 de agosto del año en curso.

CIRCULAR Nº 170-2020
Asunto: Sentencias dictadas que sean objeto de inscripción en el
Registro Civil.
A TODOS LOS DESPACHOS QUE CONOCEN
MATERIA DE FAMILIA
SE LES HACE SABER QUE:

Que el Consejo Superior en sesión Nº 77-2020 celebrada el 05 de agosto de 2020, artículo XL, acordó comunicar a todos los despachos del país que conocen la materia de Familia, en toda sentencia dictada que sea objeto de inscripción en el Registro Civil una vez frmes las mismas, deberán remitir de ofcio al correo electrónico ejecutorias@tse.go.cr, las sentencias judiciales que tienen algún efecto de aplicación en los registros de hechos vitales y civiles solamente desde la cuenta ofcial del Despacho. Además, cualquier solicitud de certifcaciones y estudios registrales realizada por parte de los Juzgados de Familia al Registro Civil, se deberán realizar, de manera exclusiva desde la cuenta ofcial de correo del Juzgado al correo electrónico mandamientos@tse.go.cr.
San José, 12 de agosto de 2020.

Lic. Carlos Toscano Mora Rodríguez
Subsecretario general a.í.

1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—
( IN2020477799 ).

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Abogada y notaria. Especialista en administración de bases de datos de información jurídica, investigaciones jurisprudenciales y editora de contenidos legales. Consultora en proyectos de informática jurídica en la región centroamericana. Colaboradora del sitio www.leylaboral.com Encargada de la administración y actualización de Master Lex Cálculos Legales: timbres, honorarios profesionales, patentes, prestaciones laborales y otros. Moderadora del blog www.puntojuridico.com

3 de 3 Comentarios

  1. Jahaira • 09 febrero, 2022

    Una vez enviada ejecutoria de divorcio por Mutuo Acuerdo, cuanto tiempo se tarda para que quede inscrito.

  2. Lic Victorino Jiménez R+++++++++++++++ • 03 septiembre, 2020

    ME ADHIERO A LA CONSULTA DEL LIC CHACON. ADEMAS, COMO HACE EL USUARIO EN QUE LA SENTENCIA TENGA ERRORES MATERIALES , POR EJEMPLO EN NOMBRE, PARA TENER CONTROL DEL ESTADO EN QUE ESTA LA INSCRIPCION.

  3. Lic. Misael Chacón Corrales • 02 septiembre, 2020

    Para lo que compete al Registro de Bienes Muebles e Inmuebles, se mantiene la ejecutoria,