<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><rss version="2.0"
	xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/"
	xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/"
	xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom"
	xmlns:sy="http://purl.org/rss/1.0/modules/syndication/"
	
	>
<channel>
	<title>
	Comentarios en: Inscripción y declaración de sociedades inactivas	</title>
	<atom:link href="https://puntojuridico.com/inscripcion-y-declaracion-de-sociedades-inactivas/feed/" rel="self" type="application/rss+xml" />
	<link>https://puntojuridico.com/inscripcion-y-declaracion-de-sociedades-inactivas/</link>
	<description>EL BLOG JURÍDICO DE COSTA RICA</description>
	<lastBuildDate>Tue, 13 Apr 2021 15:14:54 +0000</lastBuildDate>
	<sy:updatePeriod>
	hourly	</sy:updatePeriod>
	<sy:updateFrequency>
	1	</sy:updateFrequency>
	
	<item>
		<title>
		Por: Lic. Silvia Pacheco. Editora General		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/inscripcion-y-declaracion-de-sociedades-inactivas/#comment-73016</link>

		<dc:creator><![CDATA[Lic. Silvia Pacheco. Editora General]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 13 Apr 2021 15:14:54 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">https://www.puntojuridico.com/?p=11983#comment-73016</guid>

					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://puntojuridico.com/inscripcion-y-declaracion-de-sociedades-inactivas/#comment-72990&quot;&gt;Angelica&lt;/a&gt;.

Mientras la sociedad siga apareciendo inscrita en el Registro de Personas Jurídicas, es decir con plazo vigente, se mantiene la obligación de cumplir con la presentación de las Declaraciones Ordinarias del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales.   Igualmente tendrá que cumplir con las Declaraciones patrimoniales ante el Ministerio de Hacienda en el momento en que sea obligatorio.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://puntojuridico.com/inscripcion-y-declaracion-de-sociedades-inactivas/#comment-72990">Angelica</a>.</p>
<p>Mientras la sociedad siga apareciendo inscrita en el Registro de Personas Jurídicas, es decir con plazo vigente, se mantiene la obligación de cumplir con la presentación de las Declaraciones Ordinarias del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales.   Igualmente tendrá que cumplir con las Declaraciones patrimoniales ante el Ministerio de Hacienda en el momento en que sea obligatorio.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Angelica		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/inscripcion-y-declaracion-de-sociedades-inactivas/#comment-72990</link>

		<dc:creator><![CDATA[Angelica]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 13 Apr 2021 04:00:04 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">https://www.puntojuridico.com/?p=11983#comment-72990</guid>

					<description><![CDATA[Si tengo una sociedad que estaba inactiva, e intente cerrar pero por mala práctica del abogado no quedó cerrada en el registro nacional, por lo tanto luego el ministerio de hacienda hizo una inscripción de oficio y la sociedad no realiza ninguna actividad ni tiene ningún patrimonio, tiene que declarar? Y tiene que declarar los accionistas?]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Si tengo una sociedad que estaba inactiva, e intente cerrar pero por mala práctica del abogado no quedó cerrada en el registro nacional, por lo tanto luego el ministerio de hacienda hizo una inscripción de oficio y la sociedad no realiza ninguna actividad ni tiene ningún patrimonio, tiene que declarar? Y tiene que declarar los accionistas?</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Lic. Silvia Pacheco. Editora General		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/inscripcion-y-declaracion-de-sociedades-inactivas/#comment-70857</link>

		<dc:creator><![CDATA[Lic. Silvia Pacheco. Editora General]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 14 Jan 2021 04:16:03 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">https://www.puntojuridico.com/?p=11983#comment-70857</guid>

					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://puntojuridico.com/inscripcion-y-declaracion-de-sociedades-inactivas/#comment-70853&quot;&gt;Pedro Letras&lt;/a&gt;.

La persona que en nombre de una sociedad inactiva (así como las que tienen actividad comercial)  debe presentar la declaración de bienes, lo mismo que la Declaración del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales, es el &lt;strong&gt;representante legal.&lt;/strong&gt;   Por consiguiente, si el extranjero dueño de la sociedad, es además el representante legal de la sociedad y se encuentra así inscrito dentro del sistema ATV de Hacienda, podrá cumplir sin problema alguno con la Declaración de Bienes, incluso desde su país de origen pues el cumplimiento de esta obligación se realiza directamente en dicha plataforma.  En el caso del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales (RTBF) el extranjero que quiera realizar la declaración personalmente deberá tener necesariamente certificado de firma digital, el cual únicamente es entregado a extranjeros que portan DIMEX. En caso contrario sí deberá dicho extranjero contratar los servicios de un notario para poderLle otorgar poder especial a favor de un tercero que cumpla con el RTBF en nombre de la sociedad.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://puntojuridico.com/inscripcion-y-declaracion-de-sociedades-inactivas/#comment-70853">Pedro Letras</a>.</p>
<p>La persona que en nombre de una sociedad inactiva (así como las que tienen actividad comercial)  debe presentar la declaración de bienes, lo mismo que la Declaración del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales, es el <strong>representante legal.</strong>   Por consiguiente, si el extranjero dueño de la sociedad, es además el representante legal de la sociedad y se encuentra así inscrito dentro del sistema ATV de Hacienda, podrá cumplir sin problema alguno con la Declaración de Bienes, incluso desde su país de origen pues el cumplimiento de esta obligación se realiza directamente en dicha plataforma.  En el caso del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales (RTBF) el extranjero que quiera realizar la declaración personalmente deberá tener necesariamente certificado de firma digital, el cual únicamente es entregado a extranjeros que portan DIMEX. En caso contrario sí deberá dicho extranjero contratar los servicios de un notario para poderLle otorgar poder especial a favor de un tercero que cumpla con el RTBF en nombre de la sociedad.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Pedro Letras		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/inscripcion-y-declaracion-de-sociedades-inactivas/#comment-70853</link>

		<dc:creator><![CDATA[Pedro Letras]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 13 Jan 2021 23:54:46 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">https://www.puntojuridico.com/?p=11983#comment-70853</guid>

					<description><![CDATA[Tengo una duda, más bien una reflexión o incluso un ejercicio hipotético. 
Si una persona extranjera viene a Costa Rica, constituye una sociedad para comprar un carro, una casa o incluso es parte de un contrato donde se le ceden las acciones de una sociedad mercantil. ¿En este caso si la sociedad es INACTIVA como haría esta persona para realizar la declaración de sociedades inactivas en los términos que se esbozan en el artículo?
Tendría que incurrir en el gasto o costo de contratar un abogado, notario, o contador o incluso otorgar un poder en su país de residencia para que alguien realice el trámite por él o ella?
Espero haberme explicado.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Tengo una duda, más bien una reflexión o incluso un ejercicio hipotético.<br />
Si una persona extranjera viene a Costa Rica, constituye una sociedad para comprar un carro, una casa o incluso es parte de un contrato donde se le ceden las acciones de una sociedad mercantil. ¿En este caso si la sociedad es INACTIVA como haría esta persona para realizar la declaración de sociedades inactivas en los términos que se esbozan en el artículo?<br />
Tendría que incurrir en el gasto o costo de contratar un abogado, notario, o contador o incluso otorgar un poder en su país de residencia para que alguien realice el trámite por él o ella?<br />
Espero haberme explicado.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Will		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/inscripcion-y-declaracion-de-sociedades-inactivas/#comment-70450</link>

		<dc:creator><![CDATA[Will]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 05 Dec 2020 04:08:14 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">https://www.puntojuridico.com/?p=11983#comment-70450</guid>

					<description><![CDATA[buenas Lic. Silvia viera no sabia que habia que hacer la declaracion D-140 y creo que la Hacienda lo hizo automatico la pregunta tendre que pagar multa por ello, gracias]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>buenas Lic. Silvia viera no sabia que habia que hacer la declaracion D-140 y creo que la Hacienda lo hizo automatico la pregunta tendre que pagar multa por ello, gracias</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Lic. Silvia Pacheco. Editora General		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/inscripcion-y-declaracion-de-sociedades-inactivas/#comment-67289</link>

		<dc:creator><![CDATA[Lic. Silvia Pacheco. Editora General]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 06 Jul 2020 02:38:04 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">https://www.puntojuridico.com/?p=11983#comment-67289</guid>

					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://puntojuridico.com/inscripcion-y-declaracion-de-sociedades-inactivas/#comment-67263&quot;&gt;Elena&lt;/a&gt;.

Estimada Elena, definitivamente existe un error en ese mensaje que le enviaron de Hacienda.  El código 960113  es exclusivamente para sociedades inactivas.   Conviene que eleve la consulta directamente a la administración tributaria que corresponda al domicilio de su sociedad.   Puede empezar por verificar cuál código aparece asignado a su sociedad en la Consulta Pública en la página web de Hacienda:   &lt;a href=&quot;https://www.hacienda.go.cr/ATV/frmConsultaSituTributaria.aspx&quot; target=&quot;_blank&quot; rel=&quot;noopener noreferrer nofollow&quot;&gt;https://www.hacienda.go.cr/ATV/frmConsultaSituTributaria.aspx&lt;/a&gt;]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://puntojuridico.com/inscripcion-y-declaracion-de-sociedades-inactivas/#comment-67263">Elena</a>.</p>
<p>Estimada Elena, definitivamente existe un error en ese mensaje que le enviaron de Hacienda.  El código 960113  es exclusivamente para sociedades inactivas.   Conviene que eleve la consulta directamente a la administración tributaria que corresponda al domicilio de su sociedad.   Puede empezar por verificar cuál código aparece asignado a su sociedad en la Consulta Pública en la página web de Hacienda:   <a href="https://www.hacienda.go.cr/ATV/frmConsultaSituTributaria.aspx" target="_blank" rel="noopener noreferrer nofollow">https://www.hacienda.go.cr/ATV/frmConsultaSituTributaria.aspx</a></p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Elena		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/inscripcion-y-declaracion-de-sociedades-inactivas/#comment-67263</link>

		<dc:creator><![CDATA[Elena]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 03 Jul 2020 16:51:04 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">https://www.puntojuridico.com/?p=11983#comment-67263</guid>

					<description><![CDATA[Buenos días,
una pregunta, por favor.
Yo tengo una sociedad activa que está regularmente declarando IVA y renta con las declaraciones D104 y D125.
En Febrero llegó en ATV este mensaje: 
&quot;se cambió el código de actividad económica del 1960104 Impuesto a las personas jurídicas al 960113 Personas jurídicas constituidas en el país que no desarrollan actividad económica de fuente costaricense&quot;
Pero este código 960113 no es para sociedades inactivas?
Mi sociedad no es inactiva y la actividad económica de la misma (alquiler de apartamentos) se encuentra en el país y por esto paga impuestos en Costa Rica!
Alguien podría aclararme que tengo que hacer? Muchísimas gracias!]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Buenos días,<br />
una pregunta, por favor.<br />
Yo tengo una sociedad activa que está regularmente declarando IVA y renta con las declaraciones D104 y D125.<br />
En Febrero llegó en ATV este mensaje:<br />
&#8220;se cambió el código de actividad económica del 1960104 Impuesto a las personas jurídicas al 960113 Personas jurídicas constituidas en el país que no desarrollan actividad económica de fuente costaricense&#8221;<br />
Pero este código 960113 no es para sociedades inactivas?<br />
Mi sociedad no es inactiva y la actividad económica de la misma (alquiler de apartamentos) se encuentra en el país y por esto paga impuestos en Costa Rica!<br />
Alguien podría aclararme que tengo que hacer? Muchísimas gracias!</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Lic. Silvia Pacheco. Editora General		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/inscripcion-y-declaracion-de-sociedades-inactivas/#comment-66996</link>

		<dc:creator><![CDATA[Lic. Silvia Pacheco. Editora General]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 09 Jun 2020 13:33:32 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">https://www.puntojuridico.com/?p=11983#comment-66996</guid>

					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://puntojuridico.com/inscripcion-y-declaracion-de-sociedades-inactivas/#comment-66992&quot;&gt;Stephanie Solis&lt;/a&gt;.

Las sociedades civiles, es decir las que no son mercantiles, no tienen la obligación de pagar anualmente el impuesto a las personas jurídicas,  pero sí deben cumplir con el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales así como con la inscripción en el Registro Ünico Tributario y a partir del próximo año 2021, deberán presentar además una Declaración sobre los bienes inscritos a su nombre, otros activos, pasivos, etc.  No se nos ocurre algún tipo de organización que le permita a las personas tener bienes sin cumplir con estas nuevas obligaciones.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://puntojuridico.com/inscripcion-y-declaracion-de-sociedades-inactivas/#comment-66992">Stephanie Solis</a>.</p>
<p>Las sociedades civiles, es decir las que no son mercantiles, no tienen la obligación de pagar anualmente el impuesto a las personas jurídicas,  pero sí deben cumplir con el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales así como con la inscripción en el Registro Ünico Tributario y a partir del próximo año 2021, deberán presentar además una Declaración sobre los bienes inscritos a su nombre, otros activos, pasivos, etc.  No se nos ocurre algún tipo de organización que le permita a las personas tener bienes sin cumplir con estas nuevas obligaciones.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Stephanie Solis		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/inscripcion-y-declaracion-de-sociedades-inactivas/#comment-66992</link>

		<dc:creator><![CDATA[Stephanie Solis]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 09 Jun 2020 00:08:00 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">https://www.puntojuridico.com/?p=11983#comment-66992</guid>

					<description><![CDATA[Buen día.
Quisiera consultar, tengo un vehículo en una sociedad anónima inactiva , existe alguna otro tipo de  sociedad que pueda pasar ese activo, donde no tenga que estar declarando tanto y pagar todos los años por esa sociedad cuando lo único que tengo es un vehiculo.
Gracias por su respuesta.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Buen día.<br />
Quisiera consultar, tengo un vehículo en una sociedad anónima inactiva , existe alguna otro tipo de  sociedad que pueda pasar ese activo, donde no tenga que estar declarando tanto y pagar todos los años por esa sociedad cuando lo único que tengo es un vehiculo.<br />
Gracias por su respuesta.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: alonso		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/inscripcion-y-declaracion-de-sociedades-inactivas/#comment-65696</link>

		<dc:creator><![CDATA[alonso]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 26 Mar 2020 16:57:40 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">https://www.puntojuridico.com/?p=11983#comment-65696</guid>

					<description><![CDATA[una pregunta a futuro para una revision de hacienda el valor del activo segun el registro de la propiedad debe concsidir con el valor de las acciones de la sociedad o no ?]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>una pregunta a futuro para una revision de hacienda el valor del activo segun el registro de la propiedad debe concsidir con el valor de las acciones de la sociedad o no ?</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
	</channel>
</rss>

<!--
Performance optimized by W3 Total Cache. Learn more: https://www.boldgrid.com/w3-total-cache/?utm_source=w3tc&utm_medium=footer_comment&utm_campaign=free_plugin

Almacenamiento en caché de páginas con Disk: Enhanced 
Red de entrega de contenidos mediante www.puntojuridico.masterlex.cr
Minified using Disk
Caché de base de datos 702/711 consultas en 0.176 segundos usando Disk

Served from: puntojuridico.com @ 2026-07-25 09:44:53 by W3 Total Cache
-->