Historias del Protocolo XI. Fiscalizaciones notariales: aspectos que se toman en cuenta.

El Dr. Herman Mora nos ofrece esta semana una nueva entrega de sus Historias del Protocolo. ———————- Antes de brindarles el listado de los aspectos que la Dirección Nacional de Notariado toma en cuenta durante las inspecciones que lleva a cabo en las oficinas notariales, me permito esta breve felicitación con ocasión de la fiesta que estaremos celebrando este […]

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Experto en Derecho Notarial. Coredactor del Código Notarial. Redactor del Libro Manual de Derecho Notarial. Miembro de la Academia Notarial Americana. Profesor universitario en varias universidades de América Latina.Master Lex no hace necesariamente suyas, las opiniones o comentarios que se publican en este foro. Ofrecemos el espacio como un servicio a nuestra comunidad de suscriptores. No se admiten comentarios contrarios a las leyes o injuriosos. Nos reservamos el derecho de eliminar aquéllos que consideremos inapropiados, así como de editar o eliminar cualquier documento, información u otro componente que aparezca en esta publicación. La veracidad de la información es responsabilidad de las fuentes citadas.

2 de 2 Comentarios

  1. Eugenia delgado • 11 octubre, 2016

    Don Herman mil gracias por su aporte, ésta guía nos facilitó y nos guió exitosamente en la fiscalización hecha por la DNN a nuestra oficina en días pasados… gracias por sus aportes desinteresados, realmente nos ayudan muchísimo a mejorar nuestra función notarial.

  2. Melvin • 25 junio, 2016

    El Notario se “encrizpa” cuando se le dice que le toca una cita con un Fiscal Notarial o siguiera se le hace mención de la DNN asociado a algo consigo mismo; claro, el sentimiento y la reacción es más que lógica y natural. Pero quiero decirles en abono al estigma que ha existido y ha quedado en la memoria de algunos o muchos, que el Fiscal Notarial y la Fiscalización Notarial contemporáneos son personaje e instrumento muy nobles, y lo más importante, que han sido también Notarios activos y en ejercicio. El Notario, muy lejos de inquietarse y preocuparse, debe echar mano de la Fiscalización Notarial y sacarle provecho a la diligencia de inspección para solventar y aclarar todas las dudas e inquietudes que tenga. Ningún Notario que sea estudioso, que esté al día con el ordenamiento jurídico en general y en especial con la normativa notarial vigente, particularmente que esté en orden y al día con todos y cada uno de sus deberes funcionales directos e indirectos que conlleva ser un delegatario del Estado de una función pública (función notarial y fe pública), y que confeccione los documentos notariales protocolares y extraprotocolares ajustándose a la normativa notarial, sustantiva y procesal vigente, ninguno de esos Notarios tienen razón de inquietarse ni preocuparse ni asustarse por una Fiscalización o Inspección Notarial.