Fideicomisos cumplirán también con el Registro de Transparencia
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Salió publicado en el Alcance N° 122 de la Gaceta N° 116 del 17 de junio de 2021. Se trata de la Resolución N° DGT-ICD-R-020-2021 denominada “Modificaciones a la Resolución Conjunta de Alcance General para el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales Nº DGT-ICD-R-06-2020”.
Buenas, la declaración de RTBF de Fideicomisos corresponde únicamente a fideicomisos privados de personas jurídicas, o también personas físicas?
En la resolución que estableció la obligación para los Fideicomisos de cumplir con el RTBF no se especifica nada en cuanto a que solamente deban hacerlo los fideicomisos que involucren personas jurídicas:
«Los fiduciarios de los fideicomisos privados, nacionales o extranjeros que realicen actividades en el país deben ingresar en la página web Central Directo del Banco Central de Costa Rica: https://www.centraldirecto. fi.cr, para suministrar y mantener actualizada la información requerida para completar la declaración, incluyendo la información sobre el objeto del contrato y cada una de sus partes, sea el fideicomitente o fideicomitentes, el fiduciario o los fiduciarios, fideicomisario o fideicomisarios u otras denominaciones, además, cuando corresponda deben indicar los datos del protector y cualquier otro beneficiario que ejerza control por otro medio, de forma tal que se identifique en el RTBF a todas las partes del fideicomiso, así como cualquier otra persona física que ejerza control, por otros medios o perciba los beneficios del fideicomiso, entendidos éstos como beneficiarios finales.»
Buenas, sobre este tema quisiera conocer su pocisión con respecto a la aplicaición de esta resolución a los Fideicomisos públicos, como por ejemplo FIDEICOMISO 872 MS-CTAMS-BNCR, FIDEICOMISO FONDO SOCIAL MIGRATORIO JADGME – BCR, CONTRATO FIDEICOMISO INMOBILIARIO PODER JUDICIAL 2015. Gracias
Unicamente los fideicomisos privados están obligados a cumplir con el RTBF, no así los Fideicomisos públicos como el que indica. Así lo encontramos claramente establecido en el art. 3 del Reglamento del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales, Decreto Ejecutivo No. 41040-H.
Muchas gracias queda muy claro.
Angela • 18 junio, 2021
Buenos días, me puede confirmar ¿En cuál Gaceta salió publicado?